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Ayudas

     
             


Se ha publicado en el BOE nº 75, de 26 de marzo de 2026, Extracto de Resolución de 18 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan ayudas a la música y la lírica, correspondientes al año 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894813) Finalidad, objeto y ámbito de aplicación. Ayudas a la música y la lírica, en el marco de las competencias de la Secretaría de Estado de Cultura, a través de la Dirección General de Artes Escénicas y Música, y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados, en orden a la preservación del patrimonio lírico y musical y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación cultural entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de toda la ciudadanía en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos. En todo caso, la cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar el 65% del coste total del proyecto, excepto en la modalidad 2. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realización de actividades de música y lírica, cuando la entidad sin ánimo de lucro solicitante esté integrada, a su vez, por asociaciones, en cuyos casos este límite se podrá ampliar hasta el 80% del coste total del proyecto y en la 5. Programas de apoyo a encargos de composición vinculados a estreno, en cuyo caso este límite se podrá ampliar hasta el 100% del coste total del proyecto. Las modalidades de ayudas a la música y la lírica son las siguientes: 1. Programas de apoyo para giras por España. 2. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realización de actividades de música y lírica. 3. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes, congresos y residencias artísticas. 4. Programas de apoyo a temporadas líricas. 5. Programas de apoyo a encargos de composición vinculados a estreno. 6. Programas de apoyo a la internacionalización y giras en el extranjero. Fuente: BOE

Se ha publicado en el BORM nº 70, del jueves 26 de marzo de 2026, Extracto de la Resolución del Rector de la Universidad de Murcia, R-360/2026, de 18 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a favor de asociaciones universitarias de la Universidad de Murcia, para el desarrollo de proyectos estudiantiles en el año 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894577) Objeto: incentivar el asociacionismo universitario y estudiantil mediante el fomento de la realización de actividades y proyectos promovidos por asociaciones universitarias de la Universidad de Murcia. Número y cuantía de ayudas: cuantía total de 6800 euros, para su distribución entre las solicitudes objeto de concesión Bases reguladoras: resolución R-360/2026, 18 de marzo, del Rector de la Universidad de Murcia, por la que se convocan ayudas a favor de asociaciones universitarias de la Universidad de Murcia, para el desarrollo de proyectos estudiantiles en el año 2026. Presentación de solicitudes: las solicitudes se cumplimentarán por medio de instancia básica en la Sede Electrónica de la Universidad de Murcia y presentación por medio del Registro Electrónico de la Universidad de Murcia, en la URL: https://sede.um.es/alumnos/asociaciones/ Fuente: BORM

Se ha publicado en el BOE nº 74, de 25 de marzo de 2026, Extracto de Resolución de la Secretaría de estado de cultura, por la que se convocan ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, correspondientes al año 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894859) Objeto: Ayudas para la exhibición, investigación, formación e infraestructuras teatrales y circenses, en el marco de las competencias de la Secretaría de Estado de Cultura, a través de la Dirección General de Artes Escénicas y Música, y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados, en orden a preservar y difundir el patrimonio cultural teatral y circense dentro y fuera de España, fomentando la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos. La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar el 65% del coste total del proyecto, con la salvedad de las modalidades 6 y 7, en los que la cuantía máxima no podrá superar el 80%. Por otro lado, tanto la ayuda solicitada como la concedida, no sobrepasará las siguientes cuantías por modalidad o submodalidad: 1. Ayudas a programaciones en espacios escénicos de titularidad privada: a. Programaciones anuales: 60.000 € b. Programaciones bienales: 140.000 € 2. Ayudas a residencias artísticas: 40.000 € 3. Ayudas a proyectos estables de creación, exhibición, investigación y formación: 210.000 € 4. Ayudas a festivales, ferias y muestras: 110.000 € 5. Ayudas a certámenes, jornadas profesionales y congresos: 55.000 € 6. Ayudas a circuitos: 200.000 € 7. Ayudas a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección nacional e internacional para actividades teatrales, circenses y de ilusionismo: 140.000 € 8. Ayudas a infraestructuras circenses: a. Infraestructuras de circo itinerante: 40.000 € b. Infraestructuras circenses en espacios escénicos de titularidad privada, para un periodo bienal: 40.000 € Fuente: BOE

Se ha publicado en el BORM nº 66, del sábado 21 de marzo, Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno, de fecha 6 de marzo de 2026, por el que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, concesión de subvenciones para la realización de programas, proyectos y/o actividades que impulsen la empleabilidad en el municipio de Murcia durante el ejercicio 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/893571) Las líneas de actuación subvencionables son las siguientes: Línea 1. Orientación. Comprende las actuaciones de información, orientación profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación laboral y, actuaciones de apoyo a la inserción de personas beneficiarias. Línea 2. Formación. Actuaciones de formación en el trabajo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral, teniendo en cuenta la brecha digital existente y garantizando la atención presencial a la población que la padece. Línea 3. Oportunidades de empleo. Incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo. También incluye las dirigidas a facilitar la movilidad geográfica o promover la contratación en sectores de actividad diferentes de aquellos en los que se hubiera trabajado habitualmente. Línea 4. Emprendimiento. Comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local. Se fija en 15.000 euros el importe máximo que se podrá asignar a cada entidad solicitante. Solamente se podrá subvencionar un proyecto por entidad. En caso de que la entidad presente varios proyectos, será subvencionado, en su caso, el que alcance mayor puntuación. Las solicitudes se formalizarán según modelo normalizado disponible en el área de Educación, Formación y Empleo de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10007), y deberán ir acompañadas de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos en la convocatoria. Fuente: BORM

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