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Ayudas

     
             


Se ha publicado en el BORM nº 57, del martes 10 de marzo de 2026, Extracto de la Resolución de 5 de marzo de 2026 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento de las practicas no laborales en la Región de Murcia, para jóvenes beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil de 2026. El acuerdo que suscriba la empresa y la persona joven no podrá ser inferior a 6 meses y la beca de apoyo que percibirá el joven no podrá ser inferior al 110 por cien del IPREM mensual vigente en cada momento y que deberá constar en el citado acuerdo desde el inicio del mismo. El importe a subvencionar será: De 2.000 euros si el acuerdo de prácticas no laborales se realiza a un hombre. De 2.200 euros si el acuerdo de prácticas no laborales se realiza a una mujer. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las solicitudes de subvención se presentarán, a los efectos de solicitar las subvenciones recogidas en la orden de bases, a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es, para lo cual se necesitará disponer de firma electrónica. El plazo general de la convocatoria se encontrará abierto desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM hasta el 15 de octubre de 2026, sin perjuicio del plazo individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud. Plazo individualizado de las solicitudes: El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social por la realización de las prácticas no laborales (fecha de inicio de las prácticas no laborales) Fuente: BORM

Se ha publicado en el BORM nº 55, del sábado 7 de marzo de 2026, Extracto de la Orden de 5 de marzo de 2026, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común de España, periodo 2023-2027. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones en el siguiente enlace: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/891315 Esta ayuda tiene por objetivo atraer y apoyar a las personas jóvenes agricultoras y facilitar el desarrollo empresarial sostenible en las zonas rurales, así como promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible, contribuyendo al relevo generacional, así como a la fijación de población rural mediante la creación de empleo. Las solicitudes se formularán mediante acceso a la sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), procedimiento 3125, de acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual se ha habilitado el correspondiente trámite on line. Para su cumplimentación se requerirá certificado digital o DNI electrónico. El plazo de ejecución, justificación y presentación de la solicitud de pago para cada anualidad se realizará conforme a las siguientes fechas (inclusive): Anualidad para la que se otorgó la concesión: 2027 Fecha de inicio: 1 de enero de 2027 Fecha de fin: 1 de junio de 2027 Anualidad para la que se otorgó la concesión: 2028 Fecha de inicio: 1 de enero de 2028 Fecha de fin: 1 de junio de 2028 Fuente: BORM

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