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Ayudas

     
             


Se ha publicado en el BORM nº 150, del jueves 2 de julio de 2026, Extracto de la Resolución de 26 de junio de 2026 de la Dirección General del SEF, de convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de planes de formación, correspondientes a la formación de oferta dirigida a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2026 (SEPE). El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915889) Las subvenciones que se conceden al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad atender a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, a las necesidades de adaptación a los cambios operados en el puesto de trabajo y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores de la Región de Murcia, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad. Igualmente, tiene como finalidad cubrir las necesidades no cubiertas por la formación programada por las empresas para sus trabajadores a través de una oferta formativa basada en el informe anual del artículo 4 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. Fuente: BORM

Se ha publicado en el BORM nº 150, del jueves 2 de julio de 2026, Extracto de la Orden de 29 de junio de 2026 de la Consejería de Presidencia, Juventud, Acción Exterior y Emergencias, por la que se convocan ayudas a empresas y entidades públicas y privadas de la Región de Murcia, destinadas a financiar prácticas laborales formativas de jóvenes procedentes de regiones europeas adheridas al programa Eurodisea para el ejercicio 2026, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+). El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915960) Es objeto de la presente orden convocar la concesión de ayudas económicas a empresas y entidades públicas y privadas de la Región de Murcia, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar prácticas laborales formativas de jóvenes, cuya edad oscile entre 18 y 30 años, procedentes de regiones europeas adheridas al programa Eurodisea en el año 2026, conforme a lo establecido en la Orden de 4 de julio de 2023 de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, por la que se aprueban las Bases reguladoras de estas ayudas. La cuantía de la ayuda que se conceda por cada oferta de práctica laboral formativa, se establecerá en función de los meses de duración de las prácticas, por lo que será 2.849,00 € por dos meses o de 7.122,50 € por cinco meses. El importe de la mensualidad a abonar al joven se establece en un coste unitario de mil cuatrocientos veinticuatro euros con cincuenta céntimos (1.424,50 €), teniendo como referencia el salario mínimo interprofesional, más el incremento correspondiente a las gratificaciones extraordinarias, incluidos todos los gastos. Fuente: BORM

Se ha publicado en el BORM nº 146, del sábado 27 de junio de 2026, Resolución de la Directora General de Servicios Sociales, Tercer Sector y Gestión de la Diversidad de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes para participar en el Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la convocatoria 2026. El Programa BÁSICO se articula a través de una modalidad indirecta de provisión de productos de alimentación y de asistencia material básica mediante un sistema de tarjetas canjeables según la definición del art 2 del Reglamento FSE+, en concreto artículos de higiene tales como jabón, champú y pasta de dientes, así como de higiene femenina menstrual, y pañales infantiles. El Programa se dirige a familias con al menos un menor a cargo, que se encuentren por debajo del umbral de pobreza severa. El Programa BÁSICO incluye, además, una serie de medidas de acompañamiento, dirigidas a la inclusión social de las personas beneficiarias. La participación en el Programa BÁSICO tiene una duración de 12 meses con efectos de septiembre de 2026 a agosto de 2027. Corrección de errores en el BORM de 2 de julio de 2026: Las solicitudes de participación en el Programa BÁSICO se podrán realizar por tres vías: SEDE ELECTRÓNICA. A través del Procedimiento 4416 “Solicitud de participación en el Programa de Asistencia Material Básica. (FSE+ 2021-2027)”. Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve. PRESENCIALMENTE POR REGISTRO. Las personas que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre las que se encuentran las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros del Servicio de Atención al Ciudadano, a las que se deberá acudir mediante cita previa. A TRAVÉS DE FORMULARIO ELECTRÓNICO. Podrán utilizar este medio las personas que previamente hayan recibido mediante SMS una carta informativa con las instrucciones (miestudioproba.carm.es) para confirmar la solicitud a través de formulario electrónico (no requiere certificado). Fuente: BORM

Se ha publicado en el BOE nº 158, de 30 de junio de 2026, Extracto de la Resolución del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el mantenimiento y funcionamiento de asociaciones juveniles, organizaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito estatal, para el año 2026. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/915833) Beneficiarios: Entidades y organizaciones de carácter no gubernamental que estén legalmente constituidas y en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo de ámbito estatal como: a) Asociaciones juveniles, Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Juveniles. b) Secciones Juveniles de entidades sociales u organizaciones no gubernamentales, integradas por los miembros de la entidad de entre 14 y 30 años, que tengan reconocidos en sus Estatutos autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles. c) Entidades prestadoras de servicios a la juventud, dedicadas con carácter exclusivo a la realización de actividades en favor de la juventud según previsión expresa en sus estatutos. Finalidad: Fomentar el movimiento asociativo juvenil de ámbito estatal contribuyendo al mantenimiento y funcionamiento de las sedes e infraestructuras centrales de las asociaciones juveniles y las entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito estatal. Las entidades solicitantes cumplimentarán y presentarán sus solicitudes a través de la aplicación informática SIGES, a la que se accederá en la página web del Injuve, cuya dirección es http://www.injuve.es. Las solicitudes se dirigirán a la Directora General del Instituto de la Juventud. Fuente: BOE

El Bono Cultural Joven es una ayuda directa de 400 euros a quienes cumplen 18 años para adquirir y disfrutar de productos y actividades culturales y creativas. Una invitación a entrar en la edad adulta de la mano de la cultura. En 2026 pueden solicitarlo los jóvenes nacidos en 2008 que posean la nacionalidad española o residencia legal en España, asi como las personas solicitantes de asilo en España; quienes hayan solicitado protección temporal; y personas extranjeras extuteladas que se encuentren en trámite de obtención del permiso de residencia legal en España. El plazo para solicitarlo se inicia hoy, 22 de junio, y finalizará a las 23:59 horas (hora peninsular española) del 31 de octubre de 2026. El Bono Cultural Joven solamente funciona en las empresas que forman parte del programa. Aunque sean culturales, si no están adheridas, el Bono no funcionará en ellas. Consulta aquí la lista de empresas y entidades adheridas. Este año, el BCJ tiene novedades en la forma en la que te puedes gastar los 400€. A la totalidad de los productos y actividades subvencionables desde el inicio del programa, se incorporan otros nuevos relacionados más directamente con la creación, como son la asistencia a cursos presenciales y en línea sobre materias relacionadas con la cultura y la adquisición de instrumentos musicales y de material artístico y creativo. Así, las personas beneficiarias podrán optar entre incorporar a las categorías ya existentes del Bono Cultural Joven los nuevos gastos subvencionables o bien destinar el importe íntegro de la ayuda, en una única categoría de gasto. Por consiguiente, al iniciar el proceso de solicitud, el solicitante deberá escoger en qué modalidad de gasto quiere utilizar su ayuda. Las modalidades serán dos: Descubre Cultura: que incluye los siguientes gastos: Hasta un máximo de 200 euros en Artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural y medios de creación artística y material artístico: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones, cursos en modalidad presencial sobre materias relacionadas con la cultura (en particular aquellos vinculados a las artes, el patrimonio, la creación, la gestión cultural y otros ámbitos afines), festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, instrumentos musicales, partituras musicales, cámaras fotográficas, programas informáticos orientados específicamente a la producción, creación y práctica creativa, y espectáculos taurinos. Hasta un máximo de 100 euros en productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas, videojuegos, discos de vinilo, CD, DVD y Blu-ray. Hasta un máximo de 100 euros en consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales, compra de canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música, suscripción para descarga de archivos multimedia (incluyendo pódcast), suscripciones a videojuegos en la nube o en línea, cursos en modalidad en línea sobre materias relacionadas con la cultura (en particular aquellos vinculados a las artes, el patrimonio, la creación, la gestión cultural y otros ámbitos afines) y suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas. Crea Cultura: Hasta un máximo de 400 euros destinada a cursos y talleres de contenido cultural en modalidad presencial y en línea; instrumentos musicales y medios de creación y material artísticos. Más información y solicitud del bono: https://bonoculturajoven.gob.es/ Si necesitas ayuda para solicitar el certificado electrónico o el sistema cl@ve, que te facilitarán la solicitud del bono cultural, tienes información en este enlace: https://www.informajoven.org/juventud/noticias/382/certificado-digital-sistema-clve-comunicarte-administracion

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