Se considera persona con capacidades diferentes a todo ser humano que presente temporal o permanentemente una limitación, pérdida o disminución de sus facultades físicas, intelectuales o sensoriales, para realizar sus actividades connaturales.
Se reconoce que las personas con capacidades diferentes, sufren marginación y discriminación, no sólo por parte de la sociedad, sino también a vecesde su familia, lo que las orilla a tener además de un problema físico, una baja autoestima.
El último Censo de Población y Vivienda, muestra queen la entidad existen poco más de 56 mil presentan algún tipo de discapacidad permanente o de largo plazo, que representa casi el 2 por ciento de la población total estatal, destacando el 48 por ciento con discapacidad neuromotora, el 19.1 visual y las auditivas e intelectuales con poco más del 14 por ciento cada una.
En este marco, si una democracia bien entendida tiene como objetivo fundamental igualar condiciones para que todos puedan participar en la vida común, es innegable que el poder público debe formular y aplicar programas, recursos, políticas y acciones orientados a atemperar las desigualdades físicas o morales de la discapacidad y lograr que ésta se convierta en capacidad.
OBSERVATORIO DE LA DISCAPACIDAD
Instrumento técnico al servicio de las personas con discapacidad y del resto de ciudadanos
El Observatorio Estatal de la Discapacidad (OED) es un instrumento técnico que la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (Dirección General de Políticas de Discapacidad y Real Patronato sobre Discapacidad), y la Junta de Extremadura, a través del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, SEPAD, ponen al servicio de la ciudadanía, las Administraciones Públicas, la Universidad y el Tercer Sector, para la recopilación, sistematización, actualización, generación y difusión de información relacionada con el ámbito de la discapacidad.
El OED tiene su amparo en el artículo 73 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Se configura como instrumento de promoción y orientación de las políticas públicas de conformidad con la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Las instituciones promotoras del OED son el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Dirección General de Políticas de Discapacidad y el Real Patronato sobre Discapacidad, la Junta de Extremadura, a través del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, SEPAD, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad y la Universidad de Extremadura.
GUÍA DE INTEGRACIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Las personas con discapacidad conforman un grupo vulnerable y numeroso al que la sociedad ha mantenido habitualmente en conocidas condiciones de exclusión. Este hecho ha comportado la restricción de sus derechos básicos y libertades condicionando u obstaculizando su desarrollo personal así como el disfrute de los recursos y servicios disponibles para toda la población y la posibilidad de contribuir con sus capacidades al progreso de la sociedad.
La integración social de las personas con discapacidad es un derecho constitucional, y corresponde a los poderes públicos llevar a cabo políticas que eliminen las barreras que la impiden o dificultan. La incorporación al mercado laboral de este colectivo es un factor destacado para conseguir su plena integración.
En este folleto se resumen los tipos de contratación y las ayudas que se destinan a la inserción laboral de las personas con discapacidad. Se trata de un compendio de las medidas existentes hasta el momento que pretende servir de guía tanto a empresas e instituciones como a los trabajadores.
https://bit.ly/30i0Ili
Empleo para personas con Capacidades Diferentes. SEFCARM
Bonificaciones y Reducciones a la Contratación de Personas con Discapacidad
https://acortar.link/0h5OmF
FUNDACIÓN ONCE
La FUNDACIÓN ONCE apuesta decididamente por un mercado de trabajo inclusivo que, desde el paradigma de la igualdad de oportunidades y la no discriminación, aborde el empleo de las personas con discapacidad como una oportunidad para todos y todas.
El programa INSERTA de la Fundación ONCE, ante la necesidad de aunar esfuerzos y adoptar proyectos y acciones dirigidas a promover y posibilitar la inclusión plena de las personas con discapacidad en la sociedad, y siendo conscientes de que para la consecución de su objetivo son necesarios todos los medios disponibles por los poderes públicos, las instituciones, los agentes sociales, empresariales y la sociedad en general, desarrolla programas como el Programa INSERTA.
El Programa INSERTA se dirige a empresas que incluyen dentro de sus políticas estratégicas la implementación de un sistema de gestión basado en los principios que propugna la Responsabilidad Social Corporativa, fundamentalmente a través de la integración voluntaria de las preocupaciones sociales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus Grupos de Interés, y específicamente fomentando su compromiso con el colectivo de personas con discapacidad, para lo cual Fundación ONCE pone a disposición de la empresa su asesoramiento especializado.
https://www.fundaciononce.es/es/que-hacemos/formacion-y-empleo
LEGISLACIÓN:
Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-17105
Convenio Especial para personas con discapacidad que tengan especiales dificultades de inserción laboral (R.D. 156/2013 de 1 de marzo)
http://ow.ly/jSAJR
Orden SSI/2371/2013, de 17 de diciembre, por la que se regula el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-13231
Real Decreto 291/2015, de 17 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-4786
Ley 8/2021: claves de la reforma civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad
La Ley 8/2021, de 2 de junio, propicia un sistema basado en el respeto a la voluntad y preferencias de las personas con discapacidad, y en la promoción de su autonomía.
La nueva la Ley 8/2021, de 2 de junio, reforma la legislación civil y procesal con la intención de promover el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
El texto pretende adecuar nuestro ordenamiento a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. Su artículo 12 proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, y obliga a los Estados Partes a adoptar medidas para proporcionar a estas personas el apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.
BOE núm. 132, de 3 de junio de 2021
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9233
https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-16650
Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-16651
Orden DSA/934/2023, de 19 de julio, por la que se modifican los baremos
que figuran como Anexos I, II, III, IV, V y VI del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
Fuente: BOE número 185 de 04/08/2023
Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el desarrollo del Marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia; y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2023.
BOE de 10 de noviembre de 2023
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-22846
Organismos de Interés
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