Inicio > Convocatorias > Becas

Becas

     
             


Objeto: 12 de becas de investigación y formación de especialistas en Conservación, Restauración, Museología, Desarrollo Digital y Gestión Cultural. Becas Museo Nacional del Prado: 1 beca en Coordinación de Exposiciones 1 beca en Edición 1 beca en Producción Audiovisual 1 beca en Arquitectura Becas Fundación Iberdrola España – Museo del Prado de Restauración: 1 beca en Restauración de Pintura 1 beca en Restauración de Marcos 1 beca en el Servicio de Documentación Técnica Becas Banco de España – Museo del Prado: 1 beca en Conservación de Pintura Italiana y Francesa del Barroco 1 beca en Conservación de Colección de Marcos Beca Fundación María Cristina Masaveu Peterson – Museo del Prado: 1 beca en Desarrollo Digital Beca Senado de España – Museo del Prado 1 beca en Conservación de Pintura del siglo XIX Beca Congreso de los Diputados – Museo del Prado 1 beca en Restauración de Pintura del siglo XIX Beneficiarios: Los aspirantes, siempre personas físicas, deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca con un dominio del idioma español - hablado y escrito- que les permita desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo. 2. Poseer la titulación exigida: - Grado Universitario en Conservación Restauración de Bienes Culturales, Licenciatura en Bellas Artes, especialidad o itinerario curricular en Conservación Restauración, Título superior, Grado o equivalente, en Conservación Restauración de Bienes Culturales, especialidad pintura. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente serán desestimados (por debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7 puntos en una escala de 0 a 10). - Será válido el Título universitario obtenido en cualquier país de la Unión Europea. - Los solicitantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los solicitantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su calificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario. 3. Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido con posterioridad a enero de 2020. En cuanto al plazo, se atenderá exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros estudios de postgrado. 4. Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente, y no ser deudor por obligaciones de reintegro. 5. No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca en el MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios Cátedra del Prado). 6. No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quienes concurran cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS. De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la LPACAP, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Órgano de Instrucción. Bases reguladoras: Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, (BOE de 13 de noviembre de 2010) Cuantía y duración: Cada una de las becas tendrá una duración de veinticuatro meses consecutivos (24) y está dotada con treinta y seis mil euros (36.000 euros) Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán, en el plazo de quince días hábiles (15) a contar desde el día siguiente de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Fuente: BOE 3 abril 2025 Injuve

Objeto: Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 192 ayudas (96 ayudas para grupos de alumnos/as de 6º de Educación Primaria y 96 ayudas para grupos de alumnos/as de 2.º de ESO) para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en lengua inglesa durante el curso 2025/2026, realizado en dos periodos diferenciados en otoño de 2025 y primavera de 2026. Beneficiarios: Grupos de alumnos/as matriculados en centros educativos públicos o concertados de 6º de Educación Primaria o 2º de ESO. Bases reguladoras: Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15 de junio), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia Importe: La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente Resolución, se abonará directamente a las empresas que resulten adjudicatarias de la licitación pública convocada a tal efecto y serán financiadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con cargo al crédito 18.08.322L.489.02 o el que le sustituya de los Presupuestos de Gastos para 2025 y 2026, por un importe máximo de 583.200 € para el ejercicio de 2025 para atender las actividades del periodo de otoño 2025 y de 972.000 € para el ejercicio 2026 para atender las actividades del periodo de primavera 2026. Dicho importe representa una cuantía individual por grupo de centro educativo participante de hasta 8.100 euros. Dichas ayudas cubrirán todos los gastos relacionados con la actividad desarrollada en el centro de inmersión sin incluir los gastos derivados del transporte, tanto de ida entre el centro educativo y las instalaciones donde se realizará la inmersión como de su regreso. No obstante, atendiendo a su propio ámbito de competencia, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes aportará una ayuda complementaria para los centros de Ceuta, Melilla y centros de titularidad del Estado español en el exterior, a razón de un máximo de 3.500 euros por centro. Dichas ayudas se financiarán con cargo al crédito 18.08.322L.489.02 de los Presupuestos de Gastos para 2025 y 2026, por un importe máximo de 21.000 € para el ejercicio de 2025 y de 31.500 € para el de 2026, y se librarán a los centros educativos beneficiarios. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes finalizará en un plazo de 25 días naturales contados a partir de la publicación de este extracto en el BOE. Registro de solicitudes: Una vez cumplimentada, la solicitud se presentará por registro electrónico por el procedimiento telemático establecido a través de la Sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes Solicitudes y documentación: El Director/a del centro o Secretario/a en su representación, deberá acceder con el usuario y contraseña de centro en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la dirección https://sede.educacion.gob.es para cumplimentar la solicitud mediante el formulario que estará disponible. La documentación precisa para participar en esta convocatoria, que deberá adjuntarse en la solicitud en formato electrónico, será la siguiente: - Proyecto de participación elaborado por los profesores/as acompañantes del grupo, de acuerdo con las instrucciones y orientaciones que se fijan en el Anexo IV de la Resolución de convocatoria. - Certificado de la Dirección por el que se acredita la autorización del Consejo Escolar para la participación del centro educativo en el programa de inmersión y la constatación de los profesores de acompañamiento conforme al modelo que se fija en el Anexo VI de la Resolución de convocatoria. * La no presentación del proyecto de participación será causa de exclusión. Condición del programa: La realización del presente programa de inmersión para el que se convocan las presentes ayudas, queda condicionada a la adjudicación del procedimiento de licitación abierto por el que se seleccionarán y contratarán a las empresas beneficiarias, que aportarán los medios y recursos necesarios que faciliten su desarrollo, conforme a lo establecido en la disposición adicional de la Resolución de convocatoria Fuente: BOE 2 abril 2025

Objeto: La iniciación de estudiantes universitarios en la carrera investigadora en las diferentes áreas globales del CSIC (Vida, Sociedad y Materia), mediante 200 becas para estancias de siete meses consecutivos. Se iniciarán el primer día del mes una vez resueltas las becas y se disfrutarán en los grupos de investigación que desarrollen su labor en las diferentes estructuras de investigación (EI) con las que cuenta el CSIC, donde se desarrolla la actividad científica y técnica del CSIC, institutos de investigación, centros nacionales, plataformas temáticas interdisciplinares (PTI) y redes científicas. Estas becas propician una aproximación al conocimiento de los problemas científico-técnicos de actualidad y a los métodos utilizados para su resolución. Personas beneficiarias: Podrán acceder a la condición de persona beneficiaria de estas becas las personas físicas mayores de edad, de nacionalidad española, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y extranjeros, que reúnan y acrediten los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud: Requisitos Académicos: Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones en el plazo de presentación de solicitudes: Estar matriculadas en un grado, título universitario oficial, de 240 "European Credit Transfer and Accumulation System" (en adelante ECTS), en el curso académico 2024-2025 y que tengan al menos 180 ECTS o el 75% completados correspondientes al grado que estén realizando. Estar matriculadas en un grado, título universitario oficial, de al menos 300 ECTS en el curso académico 2024-2025 y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando. Estar matriculadas en un doble grado, título universitario oficial, de 300 ECTS o más, en el curso académico 2024-2025, y que tengan al menos 240 ECTS o el 80% completados correspondientes al grado que estén realizando. Estar matriculadas en un Máster Universitario oficial durante el curso académico 2024-2025 o 2025-2026. Requisitos generales: Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan cada una de las siguientes condiciones: No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor/a. No haber sido persona beneficiaria de una beca del programa JAE. No haber disfrutado de una ayuda, beca o contrato de investigación. Requisitos relativos a la nota media mínima del expediente académico: Según el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: Acreditar una nota media de grado o licenciatura, en una escala decimal de 0-10 y con 2 decimales, igual o superior a 7.50 para todos los ámbitos del conocimiento, excepto para estudios de doble grado, aquellos pertenecientes a los ámbitos de industrias culturales: diseño, animación, cinematografía y producción audiovisual; ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica e ingeniería de la telecomunicación; ingeniería industrial, ingeniería mecánica, ingeniería automática, ingeniería de la organización industrial e ingeniería de la navegación; ingeniería informática y de sistemas; ingeniería química, ingeniería de los materiales e ingeniería del medio natural que será igual o superior a 6.50. Las personas solicitantes que no hayan finalizado los estudios de grado deberán acreditar estas notas medias para los créditos obtenidos hasta la fecha de presentación de su solicitud, en el plazo de presentación de solicitudes. Bases reguladoras: Orden CIN/895/2022, de 12 de septiembre, por la que se actualiza el Programa «Junta para la Ampliación de Estudios» y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las becas para la formación por la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Importe: La cuantía total de cada beca será de 4.200 euros y será abonada en 7 mensualidades de 600 euros. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las solicitudes se cumplimentarán únicamente utilizando la aplicación telemática https://acortar.link/Pq7IYu disponible en la sede electrónica del CSIC https://acortar.link/zN7FmK Fuente: BOE 2 abril 2025

Objeto: 1. La Universidad Internacional Menéndez Pelayo convoca, en régimen de concurrencia competitiva, becas dirigidas a estudiantes y titulados universitarios para la asistencia a las actividades académicas que se celebrarán en Santander durante el verano de 2025. El procedimiento de concesión de las referidas becas, recogido en la presente convocatoria, se regirá por los criterios de igualdad, mérito y capacidad. 2. La financiación de las ayudas previstas en esta convocatoria se imputará al concepto 28.101.323M.487 del presupuesto de gastos de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para el ejercicio 2023, prorrogados para los años 2024 y 2025. La cuantía total de estas ayudas asciende a doscientos setenta mil euros (270.000 euros). 3. Para el total de las actividades académicas enumeradas en el Anexo de esta resolución, se convocan becas hasta agotar la partida presupuestaria destinada al efecto. En sus distintas modalidades, cada beca concedida podrá cubrir: a) el precio de matrícula que el curso tenga asignada en el Anexo, hasta un máximo de 395 euros, en las cuantías establecidas en la Resolución de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de 24 de marzo de 2025, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos del organismo. b) el alojamiento: máximo de 45 euros/día hasta un máximo de 5 días, según la duración del curso especificada en el Anexo, de acuerdo con la Resolución de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de 24 de marzo de 2025, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos del organismo. c) la manutención, en régimen de pensión completa: máximo de 36,3 euros/día, de acuerdo con los precios unitarios máximos aprobados para el servicio de restauración en la Península de la Magdalena, hasta un máximo de 5 días, según la duración del curso especificada en el Anexo. Beneficiarios: Estas becas están dirigidas a estudiantes y titulados universitarios para la asistencia a las actividades académicas organizadas por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que se celebrarán Santander durante el verano de 2025. Podrán beneficiarse de las becas quienes cumplan los siguientes requisitos: a) Nacionalidad: los solicitantes deberán ser nacionales españoles, nacionales de otro país miembro de la Unión Europea o extracomunitarios con residencia legal en España. b) Titulación académica: 1.º Tener matrícula formalizada en el curso académico 2024-2025 en estudios oficiales de grado (o en cualquier otro estudio que equivalga a ellos, según la normativa vigente) en una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea y haber superado, al tiempo de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, al menos 60 ECTS; o 2.º Haber finalizado los estudios oficiales de grado (o equivalentes) con posterioridad al 31 de diciembre de 2018 en una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea. c) Nota media en la titulación: deberán acreditar una nota media en su expediente académico de grado (o equivalente) igual o superior a 6,0 puntos sobre base 10. En el caso de estudiantes que no pertenezcan al sistema universitario español, será necesario presentar la "declaración de equivalencia de nota media", que puede obtenerse en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades: https://acortar.link/uiGQBu La nota media de quienes no hubieran finalizado sus estudios de grado (o estudios considerados equivalentes) vendrá referida a las calificaciones obtenidas en las asignaturas que se hubieran superado al tiempo de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El solicitante que se encuentre en esta situación deberá acreditar que ha superado al menos 60 ECTS. Bases reguladoras: Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, publicada en el BOE de 12 de mayo de2005. Modalidades de las ayudas: 1. Las becas adoptarán las siguientes modalidades: a) Beca completa, que incluye matrícula en el curso solicitado (según las tarifas especifica-das en el Anexo) y alojamiento en habitación compartida y manutención en régimen de pensión completa. b) Beca de matrícula: en los casos en los que el solicitante considere que no precisa de las prestaciones de alojamiento y manutención. 2. La concesión de las becas no se realiza mediante abonos directos a los estudiantes, sino que consiste, según la modalidad de beca, en una ayuda en especie, a la que se refiere la Disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3. Mediante la ayuda en especie a la que se refiere el apartado anterior, quedarán cubiertos los correspondientes precios por los servicios académicos aprobados por la UIMP y, en su caso, el alojamiento y la manutención durante el desarrollo del curso de verano para el que se ha obtenido la ayuda. 4. La concesión de las becas no exime de la obligación de abonar los gastos de secretaría por la formalización de su expediente, cuya cuantía, establecida en la Resolución de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de 24 de marzo de 2025, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos del organismo, será de 22,5 euros. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes de beca para las actividades académicas organizadas en Santander en el verano de 2025 será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Fuente: BOE 2 abril 2025

Compartir en Facebook

Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00