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Becas

     
             


La Fundación Instituto Roche ha hecho público el nombre de los ganadores de la V Convocatoria de ayudas a la formación en el área de ciencia de datos en Medicina Personalizada de Precisión, que otorga el 80% del coste de la matrícula del Máster de Bioinformática y Ciencia de Datos en Medicina Personalizada de Precisión y Salud organizado conjuntamente por conjuntamente por el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), el Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO), el Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) y la Sociedad Española de Biotecnología (SEBiot). La Fundación Instituto Roche colabora aportando las presentes becas. * Descargue los documentos, rellénelos y envíelos por email a becacienciadedatos@institutoroche.es 1. Objetivo y nº de ayudas: El objetivo de esta convocatoria es adjudicar cuatro becas por valor del 80% del coste de la matrícula del Máster de Bioinformática aplicada a la Medicina Personalizada y la Salud organizado por el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO), Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación (BSC-CNS) y la Sociedad Española de Biotecnología (SEBiot). 2. Tipo de ayuda y dotación: La ayuda a la formación se materializará en la contribución relativa al 80% del pago del coste de la matrícula para la realización del Máster de Bioinformática aplicada a la Medicina Personalizada y la Salud. Las becas son financiadas por la Fundación Instituto Roche. 3. Requisitos de los candidatos: Los requisitos de los candidatos para solicitar las becas serán los siguientes: - Haber sido pre-admitido para cursar el Máster de Bioinformática aplicada a la Medicina Personalizada y la Salud. - Acreditar el nivel de dificultad de la economía, individual o familiar, para financiar la matrícula del Máster. - Presentar la solicitud en el plazo correspondiente. La beca se concede para la matrícula del máster que se curse en el año académi

- Objeto, finalidad y ámbito de aplicación: 1. Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de becas cuya finalidad es la realización de estancias formativas bilingües en el extranjero dirigidas al alumnado matriculado en primer y segundo curso de ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior, que cursan las enseñanzas en la modalidad bilingüe en los centros públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro de la acción transformación en bilingüe de ciclos formativos de formación profesional dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). 2. El disfrute de estas becas, configuradas como unas ayudas en especie, atendiendo a lo dispuesto en la Disposición Adicional 5.º, apartados 2.º y 3.º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se encuentra condicionada a la contratación de las mismas con las empresas adjudicatarias de la prestación del servicio. Si no se presentase ninguna empresa o si en la contratación de los servicios quedasen lotes desiertos, sólo se realizarán las estancias formativas que finalmente se adjudiquen a las empresas. - Requisitos de los solicitantes y forma de acreditarlos: Podrán solicitar la beca el alumnado que, a fecha fin del plazo de presentación de solicitudes, reúna los siguientes requisitos generales: a) Estar matriculado en primer o segundo curso de ciclos formativos de Grado Medio o Grado Superior, en la modalidad bilingüe, en centros públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) el Componente 20: Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional, Inversión I.03 Innovación e internacionalización de la Formación Profesional Proyecto P03, Subproyecto S14: Creación de ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior Bilingües de Formación Profesional. b) En atención a la naturaleza de esta ayuda, y a ten

- Objeto: Becas para la realización de actividades o prácticas formativas en la red de Consejerías de Turismo en el exterior dependientes del Instituto de Turismo de España o en los servicios centrales del mismo. - Beneficiarios: Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las becas reguladas en esta Resolución, las personas físicas que, además de los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, reúnan, al tiempo de la solicitud de la beca, los siguientes requisitos: a) Nacionalidad. Estar en posesión de la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. b) Titulación. Estar en posesión de los títulos universitarios de Graduado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, o Máster Oficial (RD 1509/2008 de 12 de septiembre), o de Diplomado en Turismo, Ciencias Económicas, Empresariales, Sociología, Gestión y Administración Pública, siempre que se hayan cursado los estudios y superado las pruebas para la obtención del correspondiente título en un período de tiempo comprendido entre los seis años anteriores al de la convocatoria de las becas y antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los solicitantes extranjeros habrán de presentar las titulaciones equivalentes a las exigidas a los españoles. c) Calificaciones. Los Graduados, Licenciados, Máster Oficial, Arquitectos o Ingenieros deben tener una nota media igual o superior a seis sobre diez; y una nota media igual o superior a siete sobre diez, se requiere para los Diplomados en Turismo, Ciencias Económicas, Empresariales, Sociología, Gestión y Administración Pública. d) Idiomas. Acreditar, mediante certificación de institución académica oficial, poseer conocimiento del idioma inglés, el nivel mínimo habrá de ser C1. Los extranjeros deberán poseer un conocimiento del castellano de nivel mínimo C1. - Bases reguladoras: La

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