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Cómo constituir una asociación juvenil


Las asociaciones juveniles se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas (de 14 a 29 años) o jurídicas que se comprometen a poner en común distintos medios para conseguir unos fines comunes. Los pasos a seguir son los siguientes:

1º Creación de Estatutos.
Modelo de Estatutos de una asociación juvenil (PDF)

Los estatutos se firmarán por todos los promotores de la asociación en todas sus hojas.

Ámbito: Puedes indicar de "ámbito regional o nacional" en función del ámbito de actuación de la asociación.

Edad para formar parte de órganos directivos:
Incluir estas dos normativas en los Estatutos y Acta de constitución para que sea posible formar parte de los órganos directivos sin la mayoría de edad:
Art. 3.b. "Capacidad" de la Ley O. 1/2002 :
Menores no emancipados de más de 14 años con el consentimiento documentalmente acreditado de las personas que deban suplir su capacidad.
R.D. 397/1988: desde los 14 a los 29.

2º Creación de Acta de Constitución o Fundacional.

Modelo de Acta de Constitución (PDF)

El Acta Fundacional reflejará  el expreso deseo de constituir la asociación, aprobación de estatutos, fines de la asociación y el nombre. También reflejará los nombres y apellidos, DNI y domicilio de los miembros de la Junta Directiva.

 3º Registro de Asociaciones:
Para ser incluido en el Registro de Asociaciones los Estatutos y el Acta de Constitución deberán presentarse originales por duplicado y firmados por:

-La Asociación compuesta como mínimo por tres personas con cargo:
Obligatorios:
Presidente/a
Secretario/a
Tesorero/a

Opcionales:
Vicepresidente/s
Vocal/es
etc.


- OCAG de las Consejerías de Presidencia y Empleo y de Industria, Turismo, Empresa e Innovación
http://goo.gl/RyU4aQ
- Entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 y Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro:
http://goo.gl/hNXAOO
- LA OFICINA DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES NO ATIENDE CONSULTAS GENERALES, ÚNICAMENTE CONSULTAS ESPECÍFICAS SOBRE PROCEDIMIENTOS EN TRÁMITE (también desde el 012)

 

Presentación de solicitud de inicio. Requiere DNI electrónico o certificado digital.

- Revise los requisitos, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
- El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Registro de Asociaciones de la Región de Murcia

 

4º Solicitud del C.I.F.
El Certificado de Identificación Fiscal se solicita a la Agencia Tributaria.

Documentos necesarios:
Modelo 036 de Alta de Datos Censales (Agencia Tributaria)
Certificado de inscripción como asociación en el Registro correpondiente.
Fotocopia compulsada de Estatutos (Acompañar original)
Fotocopia compulsada del Acta de Constitución (Acompañar original)
Fotocopia del DNI del representante.

 5º Solicitud de Cuenta Corriente de la Asociación.

Documentos necesarios:
C.I.F. de la Asociación.
Certificado de inscripción de la asociación en el Registro correspondiente.
Fotocopia compulsada de Estatutos (Acompañar original)
Fotocopia compulsada del Acta de Constitución (Acompañar original)
Certificado del acuerdo del órgano de representación para la apertura de la cuenta corriente y la/s persona/s autorizada/s.

 6º Documentación de la Asociación.

Siempre actualizada en folios normales, firmada por el cargo correspondiente y con el sello y el VºBº del Presidente:
Libro de Actas de la Asociación: Firmada por el Secretario y VºBº del Presidente.
Libro de Actas de Socios: Firmada por el Secretario y VºBº del Presidente
Libros Contables: Firmada por el Tesorero.

Todos estos libros pueden llevarse tanto en papel como en formato electrónico, teniendo siempre en cuenta que deben estar actualizados.
Los libros se pueden registrar en el Registro Mercantíl para garantizar la legalidad de los datos expresados en ellos.

 

Más información en la página de Asociaciones de la CARM:

Organismos de Interés



Registro de Asociaciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Avenida Isaac Albéniz, nº 4, entresuelo
30071 - MURCIA MURCIA
ESPAÑA
Telefonos: 968 362636/Consultas Generales 968 36 20 00, Consultas Generales 012
Lugares presentación de solicitudes para registrar una asociación: - OCAG de las Consejerías de Presidencia y Empleo y de Industria, Turismo, Empresa e Innovación http://goo.gl/RyU4aQ - Entidades establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 y Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro: http://goo.gl/hNXAOO -LA OFICINA DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES NO ATIENDE CONSULTAS GENERALES, ÚNICAMENTE CONSULTAS ESPECÍFICAS SOBRE PROCEDIMIENTOS EN TRÁMITE (también desde el 012)
http://goo.gl/PhTh9e


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