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COOPERACIÓN Y VOLUNTARIADO > Voluntariado > Legislación sobre el voluntariado >Legislación sobre el Voluntariado
LEGISLACIÓN EUROPEA
Carta Social Europea (Artículo 14):
Ratificación por parte de España de la Carta Social Europea, documento al que podríamos considerar la base legislativa de la Unión Europea. En su artículo 14 habla de los derechos de los servicios sociales.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1980-13567
Carta Europea de los Derechos y Responsabilidades de los Voluntarios:
Publicado por el European Youth Forum, cuenta con el apoyo de la Comisión Europea y de la Fundación Europea de la Juventud del Consejo de Europa.
http://ec.europa.eu/citizenship/pdf/volunteering_charter_en.pdf
LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado
La Ley de 2015 viene a sustituir a una primera normativa del año 96. Esta Ley da cobertura a una acción voluntaria sin adjetivos, sin excluir, ningún ámbito de actuación que pueda promoverse no sólo en el Tercer Sector, sino en otros ámbitos como son las empresas, las universidades o las propias Administraciones públicas.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-11072-consolidado.pdf
LEGISLACIÓN REGIÓN DE MURCIA
Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia (parcialmente modificada por la 12/2007):
Primer marco legal autonómico que regula la acción voluntaria. La ley busca un equilibrio adecuado entre flexibilidad y responsabilidad, de modo que las normas no se conviertan en obstáculo al esfuerzo no remunerado de los voluntarios y al tiempo garanticen que éstos realicen sus tareas de forma responsable.
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2004/numero/14340/pdf?id=35417
Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Amplía la acción y cobertura de la anterior ley introduciendo la ayuda a otros países, crea un comité de emergencias, y mejora la colaboración coordinada entre la Comunidad Autónoma y los distintos Ayuntamientos.
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2008/numero/802/pdf?id=336078
LEGISLACIÓN LOCAL DE MURCIA
Normas Reguladoras del Voluntariado Social en el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Murcia
Busca fomentar el movimiento asociativo de los voluntarios, establecer una regulación que permita garantizar la participación y la coordinación de las personas que asumen libremente el compromiso de cooperar en los proyectos promovidos por los servicios sociales municipales.
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2004/numero/1923/pdf?id=39110
Resumen de la ley de cobertura nacional 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado:
El objeto principal de esta ley es:
a) Promover y facilitar la participación solidaria de la ciudadanía en actuaciones de voluntariado realizadas a través de entidades de voluntariado, dentro y fuera del territorio del Estado y de acuerdo con los valores y principios del voluntariado.
b) Fijar los requisitos que deben reunir los/as voluntarios/as y el régimen jurídico de sus relaciones con las entidades de voluntariado y con las personas destinatarias de las actuaciones de voluntariado.
c) Describir la cooperación que, en el ámbito de sus respectivas competencias, pueden llevar a cabo las Administraciones Públicas, dentro del marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía en materia de voluntariado.
d) Determinar las funciones de la Administración General del Estado en el ámbito de sus competencias en materia de voluntariado.
El ámbito de actuación de esta ley es:
1. Los/as voluntarios/as, destinatarios y entidades de voluntariado que participen, se beneficien o lleven a cabo programas de voluntariado de ámbito estatal o supraautonómico, ya se desarrollen dentro o fuera de España.
2. Los programas de voluntariado desarrollados en aquellos ámbitos en los que el Estado tenga reconocida constitucionalmente su intervención, ya se lleven a cabo dentro o fuera del territorio español o en varias comunidades autónomas
La ley incluye o modifica varios aspectos de la ley anterior como:
Apostar por un voluntariado abierto, participativo e intergeneracional incluyendo ámbitos más novedosos, como son las empresas, las universidades o las propias Administraciones Públicas.
*Administración favorecerá a los/as trabajadores/as que hagan actividades de voluntariado.
*Las universidades crearán fórmulas de reconocimiento académico de las acciones de voluntariado.
*La acción voluntaria nunca podrá ser causa de la extinción de un contrato ni de la disminución de un servicio.
Nuevas formas de voluntariado como:
*Acciones concretas que no están integradas en programas globales o a largo plazo.
*Voluntariado con las tecnologías de la información y comunicación (presencia online)
Nuevas normas de acceso al voluntariado:
*12 años es el mínimo para participar como voluntario/a.
*Igualdad de acceso de las personas dependientes en condiciones acordes a sus circunstancias, no discriminación por identidad y orientación sexual.
*Regulará el acceso al voluntariado a personas condenadas por trata de seres humanos, violencia de género, violencia doméstica o terrorismo con respecto a su participación en proyectos especialmente de menores, familia y mujer.
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