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Otras convocatorias

     
             


Tarjeta Sanitaria Europea La Tarjeta Sanitaria Europea es necesaria para acceder, con más facilidad, a los servicios de atención sanitaria durante las visitas temporales en el extranjero de las personas procedentes de los 27 Estados miembros de la Unión Europea, incluyendo Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza deben obtener la Tarjeta Sanitaria Europea. Con ella tendrán el mismo acceso a la atención sanitaria pública que los ciudadanos del país que estén visitando. Información sobre Tarjeta Sanitaria Europea: http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=es&catId=509 La tarjeta está disponible gratuitamente a través de su autoridad sanitaria local. Obtención de la Tarjeta Sanitaria Europea en la Región de Murcia: Acudiendo a una de las oficinas CAISS (Centros de Atención e Información de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social). Presentando el DNI le harán entrega inmediata de la tarjeta solicitada: http://www.solicitartarjetasanitariaeuropea.es/murcia-provincia Certificado Provisional Sustitutorio El Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) es el documento personal e intransferible, acreditativo del derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante su estancia temporal por motivos de trabajo, estudios, turismo, en el territorio de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y en Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia, de acuerdo con la legislación del país de estancia. Obtención del Certificado Provisional Sustitutorio en la Región de Murcia: Acudiendo a una de las oficinas CAISS (Centros de Atención e Información de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social) https://n9.cl/xw5x6m Página del Ministerio de Trabajo e Inmigración: Desplazamientos por Europa: https://n9.cl/lwhyv Fuera de Europa Si vas a un estado extranjero que no tenga convenio de Seguridad Social con España y necesitas asistencia sanitaria por una urgencia vital, puedes utilizar los servicios sanitarios y solicitar el abono de los gastos ocasionados cuando vuelvas a nuestro país. Más información: Línea gratuita del INSS 901 16 65 65.

Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo. Puntos fundamentales del Real Decreto-ley: Una semana más de permiso por nacimiento y cuidado del menor · Pasa de 16 a 17 semanas por progenitor/a. · Entrada en vigor inmediata. · La semana adicional debe disfrutarse antes de que el menor cumpla 12 meses. Dos semanas más de permiso parental retribuido al 100% · Aplicación retroactiva desde agosto de 2024, como exige la directiva europea. · Hasta que el menor cumpla 8 años. Treinta y dos semanas para familias monoparentales · Se reconoce que una sola persona asume ambos roles. · Tendrán 32 semanas de permiso por nacimiento y cuidado. · Cuatro de estas semanas pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años. La ampliación del permiso por nacimiento a Diecisiete semanas afectará a los progenitores de los niños que nazcan a partir de la publicación en el BOE de esta norma. La retribución de las dos semanas del permiso paternal para el cuidado de menores de hasta ocho años de edad se aplicará de forma retroactiva para los nacidos a partir del 2 de agosto de 2024. Esto será así para cumplir con la Directiva europea de conciliación que obligaba a que España retribuyera parte de este permiso desde la fecha citada. Fuente: Confederación Sindical de Comisiones Obreras

La Consejería de Educación y Formación Profesional convoca las pruebas de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de ciclo Inicial de grado medio en Vela con Aparejo Fijo y Aparejo Libre, establecida en el Anexo VIII del Real Decreto 935/2010, de 23 de julio, que establece el título de Técnico Deportivo en Vela con Aparejo Fijo y Técnico Deportivo en Vela con Aparejo Libre, en el Anexo VII del Real Decreto 932/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso y en el Anexo VI del Real Decreto 427/2023, de 6 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso. El número mínimo de participantes para la celebración de cada prueba será 10. De no alcanzar este número en alguna de las citadas modalidades deportivas convocadas, no se celebrará. Los participantes deberán ir provistos del correspondiente documento de identificación en el momento de la realización de las pruebas de acceso. El tribunal podrá cancelar la celebración de alguna de las pruebas por motivos meteorológicos o de otra índole de fuerza mayor, aplazándola a fecha posterior Instalaciones deportivas para la celebración de las pruebas: 1. Las pruebas específicas de acceso de la modalidad de Vela con Aparejo Fijo y Vela con Aparejo Libre se realizaran en las instalaciones deportivas del IES Mar Menor de San Javier, (Murcia). 2. Las pruebas específicas de acceso de la modalidad de Atletismo se realizaran en la Pista Municipal de Atletismo Juan Manuel Molina de Cieza (Murcia). 3. Las pruebas específicas de acceso de la modalidad de Buceo con Escafandra Autónoma se realizaran en el CIFP Hespérides de Cartagena (Murcia). Requisitos para hacer la solicitud a las pruebas específicas de acceso convocadas: 1. Con carácter general, para el acceso al ciclo inicial de grado medio de las modalidades deportivas correspondientes será necesario estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente a efectos académicos. 2. En el caso de Buceo Deportivo con Escafandra Autónoma deberán acreditar el título de aptitud de buceador de primera clase, de acuerdo con lo establecido por el Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, o certificaciones declaradas equivalentes por cualquiera de las comunidades autónomas que tengan transferidas las competencias en la expedición de títulos de buceo deportivo. CALENDARIO: Plazo de inscripción Celebración de las pruebas VELA: 1-15 septiemb 2025 3 octubre 2025 ATLETISMO: 1-15 septiemb 2025 7 octubre 2025 BUCEO: 1-15 septiemb 2025 10 octubre 2025 Fuente: BORM

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, publicada en el BOE del 16 de julio de 2025. Se trata de la primera planificación plurianual que se realiza en el marco de la nueva Ley de Empleo, que aborda las políticas de empleo con un enfoque de derechos subjetivos, centrado en las personas y en las empresas, mediante el acompañamiento profesional a lo largo de toda la vida laboral para las personas trabajadoras y para las empresas, particularmente pequeñas y medianas. La nueva Estrategia no sólo responde a las recomendaciones del Pilar Social Europeo y a los marcos de referencia internacionales sobre el papel que deben asumir los servicios públicos de empleo para asegurar las transiciones laborales justas y eficientes, sino que garantizará el ejercicio efectivo de los derechos previstos legalmente mediante recursos y actuaciones de carácter estable y suficiente. Con la nueva estrategia se refuerza la gobernanza del Sistema Nacional de Empleo. La ejecución correrá a cargo de los Planes Anuales para el Fomento del Empleo Digno (PAFED) y su seguimiento se realizará a través de un modelo integrado de evaluación. Además, se cuenta con los Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (COEs), creados con el PRTR y que se han constituido como una red de encuentro físico y virtual del personal que desempeña la tarea de la orientación laboral del Sistema Nacional de Empleo y de la red de otros profesionales de la orientación laboral. Objetivos generales La estrategia está alineada con los siete ejes operativos de la Ley de empleo: orientación, formación, oportunidades de empleo, oportunidades para personas con discapacidad, igualdad de oportunidades, emprendimiento y mejora del marco institucional y, por primera vez, se concretan y se comprometen seis metas: Mejora de la empleabilidad. Mejora de la intermediación. Aumento de la cobertura en la atención a personas perceptoras de prestaciones. Consolidación y mejora de la calidad de las redes de orientación profesional. Incremento de la participación en la formación. Impulso y sistematización de la atención a las empresas. Atención específica La nueva Estrategia incluye atención prioritaria a colectivos como los de jóvenes, personas en desempleo de larga duración o de más edad, personas con discapacidad, personas cuidadoras de enfermos de ELA personas migrantes y población gitana. Se incorpora mayor fortaleza en innovación tecnológica que potenciarán la calidad y cantidad del trabajo, como la herramienta especialmente en el ámbito del perfilado de servicios, en la detección de necesidades formativas y en el intercambio de información y coordinación con distintas instituciones y bases de datos. A partir de esta Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, se elaborará una Estrategia Global en favor de las personas en desempleo de larga duración o de más edad, se aprobará un Plan de empleo en favor de las personas jóvenes y el primer Plan de actuación para la mejora de la empleabilidad del pueblo gitano. Además, se incluye un Plan Estratégico de Transversalización de la Igualdad con el objetivo de incorporar la perspectiva de género de forma transversal. En cuanto a territorios, se incluyen medidas específicas para Ceuta y Melilla. Evaluación continua La evaluación de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo se realizará de forma anual, bienal y a su finalización: Tras la conclusión de cada Plan anual para el Fomento del Empleo Digno, se evaluará el cumplimiento de los objetivos clave, estratégicos y estructurales recogidos en cada plan. A los dos años de iniciada la Estrategia, se realizará una evaluación intermedia con la finalidad de mejorar el desarrollo de la Estrategia vigente en su etapa final. Al tercer año se realizará una evaluación ex ante de la próxima Estrategia de Empleo, incorporando las lecciones aprendidas de los procesos evaluativos llevados a cabo, y un diagnóstico del contexto normativo y del mercado laboral vigentes de cara a elaborar la próxima Estrategia. Como parte de la evaluación del cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo y de los Planes anuales que la componen, se elaborará un cuadro de mando desglosado por comunidad autónoma. En dicho cuadro de mando se propone incluir y evaluar los siguientes indicadores principales: 1. Mejora de la empleabilidad de las personas atendidas en un 10%. Durante la evaluación de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo anterior, se ha observado que existen patrones de atención que mejoran los resultados en cuanto a inserción en el mercado laboral de las personas atendidas: así, por ejemplo, se ha constatado que las personas que reciben una combinación de varios servicios como formación, itinerario o tutorización obtienen mejores resultados que las personas que únicamente reciben un servicio. El impacto se determina mediante el análisis de datos desde seis meses antes de la actuación de los servicios de empleo y los seis meses posteriores identificando grupos de tratamiento y de control de composición sociodemográfica similar que permitan una comparativa homogénea. 2. Intermediación. Se establecen indicadores para medir la calidad en el empleo y la evolución de la de la inserción laboral que se calcularán cada tres meses. 3. Esfuerzo en la mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo. Refuerzo de la garantía de acceso al itinerario personalizado que facilite el acceso al empleo y la mejora de la empleabilidad de las personas beneficiarias del subsidio. 4. Consolidación de las redes de orientación y prospección. Se proponen 3 indicadores que serán evaluados de manera conjunta: Ratio de demandantes por personal orientador y prospector. Escala de personal orientador o prospector establecida. Porcentaje de personas orientadoras y prospectoras con contrato indefinido o posición consolidada sobre el total de personas orientadoras y prospectoras. Para poder hacer seguimiento de estos indicadores, se deberá poner en marcha un Registro de personal orientador y prospector en el que se pueda conocer a qué personas demandantes atienden, así como características contractuales de cada persona orientadora y prospectora. 5. Seguimiento de la formación. Se definirá un indicador para realizar el seguimiento y medir el impacto de los programas públicos mixtos de empleo – formación, y de la formación con compromiso de contratación. En este indicador tendrá especial relevancia el dato de las personas que obtienen un empleo y lo mantienen como resultado de la participación en esas acciones y programas. Además, se definirán también indicadores que permitan mostrar el grado de adecuación de las acciones formativas a las necesidades de formación detectadas en el mercado laboral. 6. Seguimiento presupuestario. El indicador mensual acumulado, ha de establecer el porcentaje de ejecución presupuestaria realizado: fondos comprometidos sobre total de fondos asignados para cada anualidad. Fuente: SEPE

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