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Becas

     
             


Primero.-Solicitantes. 1. Podrán ser beneficiarias, según el apartado 5 de las bases reguladoras, aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan los siguientes requisitos: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o extranjeros/as residentes en España, que hayan finalizado los estudios a los que se refiere el apartado b) en los tres años anteriores al de la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de grado universitario, de formación profesional o certificado de profesionalidad relacionado con las materias y especialidades de las becas para la formación objeto de la correspondiente convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. c) Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos/as no españoles y que lleven residiendo en España un periodo inferior a dos años. d) No estar incurso en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 2. Los solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Segundo.-Objeto. El objeto de la convocatoria es conceder, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, 5 becas destinadas a personas con titulación universitaria, de formación profesional o certificado de profesionalidad en el ámbito de las competencias de la FB, de acuerdo con los perfiles requeridos. Tercero.-Bases reguladoras Resolución de 14 de enero de 2019, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publ

Periodo de inscripción Del 27/03/2023 al 17/05/2023 Se convocan becas para estudiantes que en el curso académico 2023-2024, cursen enseñanzas postobligatorias con validez en todo el territorio nacional. Podrán solicitar las becas de esta convocatoria los estudiantes que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, que cumplan unos determinados requisitos de aprovechamiento académico y se encuentren cursando algunas de las siguientes enseñanzas: 1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional: Primer y segundo cursos de bachillerato. Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de formación profesional realizados en los centros docentes militares. Enseñanzas artísticas profesionales. Enseñanzas deportivas. Enseñanzas artísticas superiores. Estudios religiosos superiores. Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia. Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional. Ciclos Formativos de Grado Básico. 2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional: Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de grado y de máster, incluidos los estudios de grado y máster cursados en los centros universitarios de la defensa y de la guardia civil, así como los cursados en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas. Complementos de formación

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