¿Qué es un permiso de trabajo?
El permiso de trabajo es una autorización que pueden obtener los extranjeros que cumplen los requisitos para trabajar en España, por cuenta ajena o por cuenta propia.
Existen distintas modalidades de permisos de trabajo, y aunque se suele hablar de permisos, legalmente se llaman autorizaciones.
¿Dónde se regula el permiso de trabajo?
Se encuentra regulado en:
El Capítulo III (De las autorizaciones para la realización de actividades lucrativas) del Título II (Régimen jurídico de los extranjeros) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley de Extranjería).
El Título IV (Residencia temporal) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 (Reglamento de la Ley de Extranjería). Concretamente, en los siguientes capítulos:
Capítulo III (Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena).
Capítulo V (Residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE).
Capítulo VII (Residencia temporal y trabajo por cuenta propia).
Capítulo VIII (Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios).
¿Quiénes necesitan un permiso de trabajo para trabajar en España?
Solo lo necesitan los extranjeros que no tienen la nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea, de los firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de la Confederación Suiza. Los trabajadores de estos países están amparados por el régimen de libre circulación del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
Hay otras situaciones excepcionales para las que no es necesario solicitar permiso de trabajo, en base a las características de la actividad laboral:
Técnicos y científicos extranjeros, invitados o contratados por el Estado, las Comunidades Autónomas o los entes locales o los organismos, para la promoción y desarrollo de la investigación promovidos o participados mayoritariamente por los mismos.
Profesores extranjeros que sean invitados o contratados por una universidad española.
Personal directivo y profesores extranjeros, de instituciones culturales y docentes dependientes de otros Estados, o privadas, de acreditado prestigio, oficialmente reconocidas por España, que desarrollen en este país programas culturales y docentes de sus países respectivos, siempre que limiten su actividad a la ejecución de dichos programas.
Funcionarios civiles o militares de las Administraciones estatales extranjeras que vengan a España para desarrollar actividades en virtud de acuerdos de cooperación con la Administración española.
Corresponsales de medios de comunicación social extranjeros, debidamente acreditados, para ejercer la actividad informativa.
Miembros de misiones científicas internacionales que realicen trabajos e investigaciones en España, autorizados por el Estado.
Artistas que vengan a España para realizar actuaciones concretas que no supongan una actividad continuada.
Ministros, religiosos o representantes de las diferentes iglesias y confesiones, debidamente inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, siempre que limiten su actividad a funciones estrictamente religiosas.
Extranjeros que formen parte de los órganos de representación, gobierno y administración de los sindicatos homologados internacionalmente, cuando limiten su actividad a funciones estrictamente sindicales.
Menores extranjeros en edad laboral tutelados por la entidad de protección de menores competente, para aquellas actividades que, a propuesta de dicha entidad, mientras permanezcan en esa situación, favorezcan su integración social.
¿Qué tipos de permisos de trabajo existen?
Los permisos de trabajo que existen actualmente son los siguientes:
Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia.
Autorización de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
Fuente: conceptosjuridicos.com
https://www.conceptosjuridicos.com/permiso-de-trabajo/
Otra información de interés:
Vivir en España. ¿Qué opciones tengo? Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/tipos-de-autorizacion
Visa de trabajo para España: guía completa del proceso de solicitud
https://acortar.link/g1KrOj
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