Ley 3/2019, de 1 de marzo, de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer.
Esta ley supone la ampliación de la prestación mínima a unos 600 euros para los hijos de víctimas que no hubieran cotizado o no cumplieran los requisitos mínimos (500 días en los últimos 5 años).
Para los huérfanos que si las perciben, se les aumenta del 52 al 70 % el cálculo de la base reguladora de las madres y en el supuesto de que hubiera más de una persona beneficiaria de esta pensión, el importe conjunto de las mismas podrá situarse en el 118 por ciento de la base reguladora con lo que se asegura que reciban ese mínimo de 600 euros al mes.
Tendrán derecho a las pensiones los hijos de las víctimas que en el momento de la muerte sean menores de 21 años o estén incapacitados para el trabajo, aunque se podrán mantener hasta los 25 años cuando estén estudiando o no tengan recursos.
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