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Consejo Local de la Juventud de Murcia

 

Los consejos de juventud son órganos abiertos a la integración de todas las formas organizadas de participación juvenil existentes, sin discriminación alguna por razones ideológicas, políticas, confesionales o de cualquier otra índole, dentro del respeto debido a la Constitución Española y al Estatuto de Autonomía de cada ámbito territorial.

Las organizaciones y entidades que pretendan integrarse en un consejo de juventud actúan sin ánimo de lucro.

Los Consejos Locales de la Juventud son corporaciones públicas sectoriales de base privada con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, creados en desarrollo de lo establecido en los artículos 48 de la Constitución y 9.2 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, y que se rigen por la Ley 6/2007, de 4 de abril, de la Juventud de la Región de Murcia, su Reglamento y demás normas que le sean de aplicación.

Los Consejos Locales de la Juventud son el máximo órgano de representación de las asociaciones, de las entidades juveniles y de la juventud participativa, entendiendo como juventud participativa aquella regulada en el artículo 48 j) de la citada Ley 6/2007, de 4 de abril, e interlocutor de las mismas frente a su ayuntamiento, ya que su fin y sus funciones son en el ámbito municipal.

Su finalidad esencial es el fomento de la participación de la población joven en el desarrollo político, social, cultural y económico de su municipio.

La Ley 6/2007, de 4 de abril, de la Juventud de la Región de Murcia, en su TÍTULO III, denominado PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD: DE LOS CONSEJOS DE LA JUVENTUD, indica lo siguiente

Artículo 53.- Constitución y reconocimiento de Consejos Locales de Juventud.

Para constituir un Consejo Local de Juventud será necesaria la realización del siguiente proceso:

a) Al menos tres asociaciones y/o entidades juveniles con implantación en el municipio designarán un mínimo de tres de sus miembros para formar parte de una junta promotora.
b) La junta promotora invitará a todas las asociaciones y entidades juveniles con implantación en el municipio a participar en el proceso de constitución, adjuntando un proyecto de reglamento e indicando la fecha para la celebración de la sesión constitutiva del Consejo Local, que no será antes de un mes, ni posterior a tres meses desde la invitación.
c) Las asociaciones y entidades juveniles interesadas manifestarán a la junta promotora su voluntad de participar mediante acuerdo de su máximo órgano, en el que, además, se designen sus miembros para la Asamblea General, y un candidato, en su caso, para el Consejo de Entidades.
d) En la sesión constitutiva se acordará constituirse en Consejo Local, aprobar su reglamento, y se procederá a elegir a los miembros del Consejo de Entidades y de la Comisión Permanente, haciendo constar los asistentes que pasan a ser miembros de la Asamblea General en representación de cada entidad, de todo lo cual se levantará el acta correspondiente.
e) Este acta de la sesión constitutiva se elevará al ayuntamiento correspondiente solicitando su reconocimiento como Consejo Local y único interlocutor válido de las asociaciones y entidades juveniles del municipio ante dicha Corporación.
f) Comprobado por el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos exigidos por este procedimiento, por el órgano competente se dictará acto administrativo de reconocimiento del Consejo Local.
g) Recibido el acuerdo municipal de reconocimiento, la Comisión Permanente lo remitirá al Instituto de la Juventud de la Región de Murcia, adjuntando asimismo certificación íntegra del acta de la sesión constitutiva y del reglamento aprobado en ella, y solicitando la inscripción en el Registro de Consejos Locales.

Más info:

http://www.cje.org/en/our-work/consejos-de-juventud/que-proponemos/que-proponemos-sobre-consejos-de-la-juventud/
https://www.mundojoven.org/consejos-de-la-juventud
https://cjrmurcia.org/que-es-el-cjrm/
http://www.cje.org/en/que-es-cje/




 

Organismos de Interés



Consejo Local de la Juventud de Murcia
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- - MURCIA MURCIA
ESPAÑA
Telefono: 968 215820

http://www.murciatotal.org
email: consejo@murciatotal.org


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