Simultaneidad de estudios
Podrán simultanear estudios en una segunda titulación de la Universidad de Murcia, aquellos estudiantes de otra titulación oficial de esta u otra Universidad, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a) que en la nueva titulación hayan sido admitidos en esta Universidad en el proceso de preinscripción del curso en el que pretendan simultanear estudios.
b) Que en la titulación que están cursando tengan superados al menos 60 créditos.
No obstante lo anterior, el estudiante que no cumpla el requisito de tener superados 60 créditos en uno de los estudios que pretende simultanear, podrá solicitar simultanear estudios si en alguna de las titulaciones que pretende simultanear han quedado plazas vacantes tras el proceso de preinscripción.
No se podrá autorizar la simultaneidad de estudios en una titulación de Grado con unos estudios del anterior sistema educativo universitario que han dado origen a dicha titulación de Grado.
Los estudiantes que deseen simultanear dos estudios deberán obtener plaza en ambos títulos según el procedimiento ordinario de solicitud de admisión.
La simultaneidad de estudios deberá solicitarse antes de que concluya el plazo establecido para la matrícula de cada curso académico. Ésta se hará mediante instancia dirigida al Rector de la Universidad de Murcia presentada en el Registro General de la Universidad.
Normativa sobre simultaneidad de estudios
https://sede.um.es/sede/normativa/normativa-de-simultaneidad-de-estudios/pdf/75.pdf
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