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Opciones a seguir




ACCESO DIRECTO DESDE LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR A CENTROS UNIVERSITARIOS.

Según los artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, quienes estén en posesión de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional o títulos equivalentes, podrán acceder sin necesidad de prueba a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

A partir del año académico 2011-2012, para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las que exista limitación de plazas, los estudiantes que estén en posesión de los títulos antes mencionados podrán presentarse a la fase específica de las pruebas de acceso para mejorar su nota de admisión.

El Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, modificado por el Real Decreto 558/2010, de 10 de mayo, reconoce, en su artículo 26, el derecho a presentarse a la fase específica regulada en la citada norma para quienes estén en posesión de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior y equivalentes.

El contenido de los temarios sobre los que versarán los ejercicios de la prueba específica para los que en posesión de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Pláticas y Diseño, o Técnico Deportivo Superior, será el establecido para el currículo de las materias de modalidad de segundo de bachillerato de acuerdo con la distribución realizada por las administraciones educativas.

Los alumnos que concurran a la prueba de acceso en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia formalizarán su inscripción en los centros donde hayan finalizado el bachillerato, en los plazos y forma que determine la Comisión Organizadora.

Para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en las que exista limitación de plazas, de quienes estén en posesión de los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, las universidades públicas utilizarán para la adjudicación de dichas plazas la nota de admisión que corresponda, que se calculará con la siguiente fórmula:

NMC = Nota media del Ciclo Formativo.

M1, M2 = Las calificaciones de un máximo de dos ejercicios superados de la fase específica que proporcionen mejor nota de admisión.

C1, C2 = Parámetros de ponderación de los ejercicios de la fase específica.

Los parámetros de ponderación de cada una de las materias de la fase específica pueden variar de unas universidades a otras. Para más información sobre admisión, parámetros de ponderación y preinscripción en la Universidad, se pueden consultar las páginas web de la Universidad de Murcia www.um.es y la de la Universidad politécnica de Cartagena  www.upct.es

La nota de admisión incorporará las calificaciones de las materias de la fase específica en el caso de que dichas materias estén adscritas a la rama de conocimiento del título al que se quiera ser admitido.

FUENTE: murciaprofesional.es

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