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Equivalencias académicas y Convalidaciones. Gestión de títulos

Equivalencias académicas y Convalidaciones

Convalidaciones

La convalidación es confirmar que una determinada formación está superada por el interesado dando validez académica a la formación aportada por éste y siempre con la finalidad de continuar estudios en el sistema educativo español evitando, de esa manera, volver a cursar las materias objeto de dicha convalidación.

Convalidaciones de estudios nacionales con estudios de Formación Profesional del Sistema Educativo

Procedimiento de solicitud y concesión de las correspondientes convalidaciones que requieren resolución personalizada, para el alumnado que cursa enseñanzas de Ciclos Formativos de grado medio y de grado superior de la Formación Profesional del Sistema Educativo y que aporta otros estudios con validez académica en el Sistema Educativo Español.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto permanentemente

Abierto a lo largo de todo el curso escolar con preferencia los expedientes presentados desde el inicio del plazo para realizar la matrícula hasta la finalización del mes de octubre de cada curso escolar.

Presentación de la solicitud

El alumno presentará la solicitud de convalidación en el centro educativo donde se encuentre matriculado, puesto que el organismo tramitador es el centro educativo.

Más información AQUÍ

 

CONVALIDACIÓN DE MÓDULOS

https://www.todofp.es/convalidaciones-equivalencias-homologaciones/convalidaciones.html

 

Son objeto de convalidación los módulos profesionales de los ciclos formativos regulados en los Reales Decretos por los que se establecen los títulos de Formación Profesional del sistema educativo.

Siempre que exista normativa vigente a aplicar, estas convalidaciones serán reconocidas por el director del centro docente público donde conste el expediente académico del alumno, o en su caso, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

El procedimiento requiere trámite administrativo individualizado.

REQUISITOS NECESARIOS PARA LA SOLICITUD DE CONVALIDACIÓN

    Estar matriculado en las enseñanzas que se pretenden convalidar.

    Haber superado alguno de los siguientes estudios o acreditaciones:

Que la formación superada corresponda con una titulación académica e incluya totalmente las capacidades terminales o resultados de aprendizaje y  contenidos mínimos de los módulos profesionales susceptibles de convalidación de los ciclos formativos de los que solicita convalidación.

Un certificado de profesionalidad derivado del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Alguna unidad de competencia de las vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Presentación de la documentación

Las convalidaciones se solicitan a través del director del centro educativo donde el interesado se encuentra matriculado.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER LAS CONVALIDACIONES

    Siempre que exista normativa vigente a aplicar, las convalidaciones deben ser resueltas por el director del centro docente público donde conste el expediente académico del alumno.

    La resolución de las solicitudes de convalidación procedentes de los centros de titularidad privada, o de los centros públicos dependientes de otras Administraciones distintas de la educativa, corresponde al director del centro público al que se encuentren adscritos.

    El resto de casos, serán resueltas, de forma individualizada, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

 

Equivalencias académicas
 
La extinción de Planes de Estudios y su sustitución por otros más actuales, implica una determinada equivalencia entre las titulaciones antiguas y las nuevas.

Consisten en el reconocimiento por el que un título de carácter oficial tiene los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro.

Las equivalencias están recogidas de manera específica en disposiciones legales, no necesitan de resolución individualizada ya que la propia normativa determina la naturaleza de dicha equivalencia y sus efectos. Aquellas no recogidas en legislación, podrán solicitarse de forma individualizada al Ministerio de Educación.

La equivalencia es el reconocimiento de un título (o un conjunto de estudios superados por el interesado) para que tenga los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro, si bien dicho reconocimiento no da derecho al interesado a obtener el título con el que se establece la equivalencia.

Las equivalencias reconocidas de manera específica en disposiciones legales, no necesitan de resolución individualizada, ya que la propia normativa determina la equivalencia de sus efectos.

Documentación acreditativa necesaria: justificación documental de los estudios cursados (original o fotocopia compulsada de certificación académica oficial o, en su caso, título o libro de calificaciones).

Equivalencias de títulos de FP, en el link que te proporcionamos tienes una  herramienta de caracter orientativo: para resolver duda sobre si estudiaste FP hace años averigua si tu título es equivalente a uno concreto de la oferta actual
 

Puedes consultar la información AQUÍ

Equivalencias de estudios españoles con los Títulos de Formación Profesional

Equivalencias de títulos de FP, en el link que te proporcionamos tienes una  herramienta de caracter orientativo: para resolver duda sobre si estudiaste FP hace años averigua si tu título es equivalente a uno concreto de la oferta actual

Gestión de títulos: expedición, acreditación, homologación, equivalencia, reconocimiento y convalidación:

https://www.educacionfpydeportes.gob.es/gl/servicios-al-ciudadano/catalogo/gestion-titulos.html

Títulos españoles no universitarios

En este enlace se encuentra toda la información

- Títulos extranjeros no universitarios

En este enlace se encuentra toda la información

- Convalidación y homologación de títulos y estudios extranjeros no universitarios

En este enlace se encuentra toda la información

 

Fuente: educacionyfp.gob.es

Convalidaciones de FP a Grado Universitario

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tiene firmados convenios con las tres Universidades murcianas que permiten convalidar directamente módulos de un ciclo formativo de grado superior con asignaturas de grado. A continuación se detallan los convenios:

 

 

 

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