Inicio > Temas > DERECHOS Y DEBERES

VIVIENDA > Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 >

Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025

 El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto  42/2022,  publicado en el BOE el 19 de enero de 2022 por el que se regula  el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.

    El Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 prestará especial atención a los sectores más desfavorecidos de la población y tiene los siguientes objetivos a corto plazo:

        Facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos con menos recursos mediante ayudas directas al alquiler a aquellos arrendatarios con menos recursos.
        Facilitar el acceso a la vivienda o a soluciones habitacionales lo más inmediatas posibles a las personas víctimas de violencia de género, las personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, las personas sin hogar y a otras personas especialmente vulnerables, incluidos los supuestos de vulnerabilidad sobrevenida, mediante ayudas directas al alquiler y a los gastos de suministros y comunidad de hasta el 100% de la renta del alquiler y de dichos gastos.
        Facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes con mayores ayudas al alquiler e incluso con ayudas a la adquisición de vivienda en municipios o núcleos de población de pequeño tamaño.
        Fomentar la oferta de vivienda en alquiler con ayudas a los arrendadores para el pago de un seguro de protección de la renta arrendaticia.
        Colaborar con los objetivos del reto demográfico mediante ayudas a los jóvenes para la adquisición de vivienda habitual y permanente en municipios o núcleos de población de menos de 10.000 habitantes.

    A medio plazo, el Plan tiene como objetivos:

        a) Incrementar la oferta de vivienda en alquiler social mediante el impulso del parque público de vivienda, para lo cual establece ayudas para la adquisición de viviendas por las administraciones públicas o sus entidades vinculadas o dependientes.

        b) Incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible para las personas mayores o con discapacidad, mediante ayudas a la promoción de viviendas con diseño, instalaciones y servicios que respondan a sus especiales circunstancias, ya sean de titularidad pública o privada, de nueva edificación o procedentes de la rehabilitación de edificios preexistentes que se vayan a destinar durante un plazo determinado al alquiler asequible con rentas limitadas y para arrendatarios con ingresos limitados.

        c) Incrementar la oferta de alojamientos y viviendas en alquiler, impulsando la promoción de alojamientos temporales, de modalidades residenciales tipo co-housing, de viviendas intergeneracionales y otras similares en las que, en todo caso, se reduzca la superficie privativa de alojamiento o vivienda y se incremente la superficie de interrelación en comparación con las soluciones habituales de viviendas, que vayan a ser destinados al alquiler, la cesión en uso o a cualquier régimen temporal similar admitido en derecho.

        d)Incrementar la oferta de vivienda en alquiler social mediante el impulso de la puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas a las comunidades autónomas y entidades locales, así como a sus entidades vinculadas o dependientes para que sean destinadas a dicho alquiler social.

        e) Incrementar la oferta de vivienda en alquiler asequible o social poniendo a disposición de las comunidades autónomas y entidades locales, así como de sus entidades vinculadas o dependientes, de viviendas libres de gestores privados de vivienda en alquiler para su alquiler como vivienda asequible o social.


    Programas de actuación del Plan Estatal de Vivienda 2022-25

    Adicionalmente, son también objetivos del Plan seguir contribuyendo a la mejora de la accesibilidad de las viviendas, impulsar la regeneración y renovación urbana y rural de zonas degradadas y ámbitos en los que todavía impera el chabolismo y la infravivienda y atender al pago de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos, regulados en anteriores planes estatales de vivienda.

    Para la consecución de estos objetivos el Plan Estatal se estructura en los siguientes programas de actuación:

        Programa 1.- Programa de subsidiación de préstamos convenidos.

        Programa 2.- Programa de ayuda al alquiler de vivienda.

        Programa 3.- Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.

        Programa 4.- Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida.

        Programa 5.- Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.

        Programa 6.- Programa de incremento del parque público de vivienda.

        Programa 7.- Programa de fomento de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad.

        Programa 8.- Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos co-housing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares.

        Programa 9.- Programa de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su alquiler como vivienda social.

        Programa 10.- Programa de fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas libres para su alquiler como vivienda asequible o social.

        Programa 11.- Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.

        Programa 12.- Programa de ayuda a la erradicación de zonas degradadas, del chabolismo y la infravivienda.

        Programa 13.- Programa de ayuda para el pago del seguro de protección de la renta arrendaticia.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022 incluye una dotación presupuestaria de 345 millones de euros para el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025. El presupuesto para los ejercicios 2023, 2024 y 2025 habrá de ser aprobado por el Consejo de Ministros, si bien está previsto que en total se alcancen los 1.717 millones de euros.

Puedes  ampliar esta  información accediendo al Real Decreto 42/2022, de 18 de enero

 

Web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana  en donde se describe de manera pormenorizada cada uno de los planes  https://bit.ly/3Lvo2ji 

 

 

 

 

Organismos de Interés



Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Paseo de la Castellana, 67, .
28071 Madrid MADRID MADRID
ESPAÑA
Telefono: 915 977 000

https://www.mitma.gob.es


Arriba

Compartir en Facebook

Si deseas hacer un comentario, una crítica, sugerencia o propuesta sobre el contenido de esta página puedes utilizar el siguiente formulario.
Mediante este formulario NO se responde a PREGUNTAS y CONSULTAS .
Si quieres realizar una CONSULTA te rogamos que utilices los medios que se indican en la página de: >> CONTACTO <<
Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00