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Objeción fiscal


OBJECION FISCAL


¿Qué es la Objeción Fiscal
?

La objeción fiscal es un acto que practican personas preocupadas por los inmensos recursos tanto económicos como naturales que se destinan a la industria y el consumo militar.
Es portanto, un acto de DESOBEDIENCIA CIVIL a una ley, aunque legal, pero injusta que prima, en primer lugar los intereses económicos de los fabricantes de armas y del los sectores militares a las necesidades de las poblaciones y de los seres humanos.

¿Quién puede hacer Objeción Fiscal?

La Objeción Fiscal la pueden practicar, normalmente, quienes cada año nos vemos obligados a presentar la declaración de la renta. Por tanto, la campaña de Objeción Fiscal se inicia cada año con la campaña de Hacienda. Desde el año 1982, se viene realizando campañas de O.F., que se extendió desde Andalucía hacia el resto del Estado, y en estos momentos se destina a nivel de todo el Estado.

¿Cómo se hace Objeción Fiscal?

En el impreso de la Declaración de la Renta y en el apartado A DEDUCIR, se introduce la cantidad correspondiente a la O.F., (bien siguiendo la fórmula porcentual o bien con la cuota fija). La cantidad correspondiente a la OF, se ingresa en la cuenta del proyecto elegido, y junto al impreso de la declaración de la renta se adjunta: Modelo de carta dirigida a Hacienda, declarando que se ha incluido la OF., adjuntando el recibo de haber realizado el ingreso.

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