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IRPF

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  El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo de carácter personal y directo que grava, según los principios de igualdad, generalidad y progresividad, la renta de las personas físicas, de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares.

Objeto del Impuesto.
Constituye el objeto de este impuesto la renta del contribuyente, entendida como la
totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

El Impuesto gravará la capacidad económica del contribuyente, entendida ésta como su
renta disponible, que será el resultado de disminuir la renta en la cuantía del mínimo personal y familiar.

Configuración como Impuesto cedido parcialmente a las Comunidades Autónomas. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto cedido parcialmente,
en los términos establecidos en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y en las normas reguladoras de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónoma.

 
Más Información: 

https://sede.agenciatributaria.gob.es/   Web de la Agencia Tributaria

https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Paginas/Home.aspx  Web del Ministerio de Economía y Hacienda

https://bit.ly/3UqFfO4  Web del Ministerio de Economía y Hacienda (Normativa)

Legislación sobre el tema:

Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
Puedes acceder a través del siguiente enlace: http://ow.ly/HyBvU


Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.

El Real Decreto tiene como finalidad efectuar las modificaciones pertinentes en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, para que los obligados a efectuar pagos a cuenta puedan conocer con la suficiente antelación la nueva normativa que, en materia de pagos a cuenta, resulta aplicable a partir de 1 de enero de 2015, proporcionando así la seguridad e información necesarias para el correcto cumplimiento de sus obligaciones como retenedores, posponiéndose el resto de modificaciones del Reglamento del Impuesto derivadas de la aprobación de la ley a un
momento posterior.
Adicionalmente, la ley ha aprobado tres nuevas deducciones en la cuota diferencial, de operativa análoga a la actual deducción por maternidad, que serán aplicables cuando el trabajador por cuenta propia o ajena tenga ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, o forme parte de una familia numerosa, pudiendo solicitarse, igualmente, su percepción de forma anticipada.

Puedes acceder a la disposición a través de: http://www.boe.es/boe/dias/2014/12/06/pdfs/BOE-A-2014-12730.pdf

Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido
https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-20025 

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