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Certificado de antecedentes penales


CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

Qué es

Es un certificado que permite acreditar la carencia de antecedentes penales o en su caso la existencia de los mismos.

Documentación y requisitos necesarios:

NOTA: La información que se describe en este apartado únicamente le afecta si va a realizar su solicitud de forma PRESENCIAL O POR CORREO POSTAL. Si cuenta con certificado electrónico de usuario, puede optar por la tramitación electrónica de su solicitud, para ello es preciso que acceda a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/certificado-antecedentes 

Solicitud Presencial

1.- SOLICITUD.- Se efectuará obligatoriamente a través del Modelo 790 que se puede descargar en esta página u obtener gratuitamente en los siguientes lugares:

    * Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia: http://bit.ly/nBWbw4 
    * En Madrid, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano.

2.- ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DE QUIEN LO SOLICITA

    * Original de su DNI en vigor si es español.
    * Original de su tarjeta de residencia en vigor, pasaporte, con el visado en vigor en su caso, o documento de identificación comunitario o equivalente si es extranjero.

3.- CUANDO EL CERTIFICADO NO SE SOLICITA PERSONALMENTE POR EL INTERESADO SINO POR OTRA PERSONA QUE LO REPRESENTA, ésta además de acreditar su identidad mediante la documentación del punto 2, deberá aportar:

    * Original o fotocopia compulsada del DNI en vigor del representado cuando sea español.
    * Original o fotocopia compulsada de la tarjeta de residencia en vigor, del pasaporte con el visado en vigor en su caso o documento de identificación comunitario o equivalente del representado si es extranjero.
    * Original o fotocopia compulsada del documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de la misma (documento público autorizado por notario, documento privado con firmas legitimadas por notario o documento privado, otorgado en comparecencia personal del interesado ante empleado público, que hará constar esta circunstancia mediante diligencia).

4.- ABONO DE LA TASA.- Justificación de haber pagado la tasa, que se podrá acreditar de cualquiera de las siguientes maneras:

    * Si el pago se realiza en España.
          - Ha de acudir con el impreso 790 cumplimentado a una entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria (prácticamente todas) para efectuar la liquidación. 

    * Si el pago se realiza desde el extranjero.
          - Ha de acudir con el impreso 790 suscrito a una entidad financiera española colaboradora con la Agencia Tributaria que tenga sucursal en el país desde donde se solicita el certificado. 

          - O bien puede ingresar el importe de la tasa mediante transferencia bancaria en la cuenta restringida del Ministerio de Justicia que se indica a continuación y remitir el original del justificante de haber realizado el pago, junto al “ejemplar para la Administración” del impreso 790.
            

   + ENTIDAD: BBVA
   + TITULAR DE LA CUENTA: Ministerio de Justicia - Cuenta Restringida   Recaudación  Tasas   Extranjero
   + NIF DEL TITULAR DE LA CUENTA: S-2813610-I
   + IBAN o Código Internacional de Cuenta Bancaria: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060
   + Código de Identificación Bancario (BIC) del BBVA: BBVAESMMXXX

 

Precio de la tasa.

Certificado antecedentes penales año 2016...... 3,78 euros.

Este importe se actualiza en el mes de enero de cada año.

IMPORTANTE: deberá ponerse especial cuidado en liquidar correctamente el importe de la tasa, porque si se hiciese por cuantía errónea la entidad financiera no puede devolver la misma y, en caso de solicitar su reintegro, el interesado deberá iniciar un expediente de devolución de ingresos indebidos.

Quién puede solicitarlo/presentarlo

Cualquier persona física mayor de edad. No se emiten certificados de personas jurídicas.
Información adicional

IMPORTANTE: CUANDO EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES HA DE SURTIR EFECTOS EN EL EXTRANJERO, NECESITA SER LEGALIZADO. NO SE OLVIDE DE ADVERTIRLO CUANDO LO SOLICITE DONDE SE LO EXPIDAN

En qué casos se expide

A.- Cuando se solicita por el interesado, directamente o a través de representante.

B.- Cuando se solicita a través del órgano competente, dentro de la tramitación de un procedimiento en el que legalmente se requiere. En estos casos el certificado se envía directamente al mismo.

Para la simplificación en la tramitación administrativa, el Ministerio de Justicia ha suscrito convenios para expedir directamente la certificación de antecedentes penales al órgano competente de los Ministerios siguientes:

    * Ministerio del Interior, en el ámbito de la Guardia Civil          
    * Ministerios del Interior, de Trabajo e Inmigración y de la Presidencia          
    * Ministerio de Defensa          
    * Ministerio del Interior, en el ámbito policial          
    * También se expide directamente la certificación de antecedentes penales al órgano competente en los procesos selectivos de personal para la Administración de Justicia.
    * En los procesos judiciales de incapacidad, tutela y curatela, en donde se envían directamente a los Juzgados o Tribunales que entiendan del procedimiento.

NOTA: Si no precisa la expedición de un certificado sino que únicamente desea conocer los datos relativos a su persona contenidos en el Registro Central de Penados, los interesados, acreditando su identidad y sin abono de tasa, tendrán derecho a solicitar el acceso, mediante exhibición de los mismos.

Formas de recoger el certificado
Por la vía que se solicitó, salvo que expresamente se indique otra vía de recepción de las disponibles.

Cuanto tiempo tarda en expedirse
Cuando la solicitud se realiza de forma presencial, el certificado se emite normalmente en el momento. No obstante es necesario prever que en determinados casos puede ser necesario un periodo mayor, en general no superior a 3 días hábiles. El plazo que la Administración tiene para dicha expedición es de 10 días hábiles desde su presentación.

Solicitud por correo

Dónde enviarla
Se puede solicitar el certificado de antecedentes penales por correo con idénticos requisitos de presentación de documentos, sustituyendo los documentos de identificación originales por fotocopias cotejadas a la siguiente dirección:

Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia
Plaza de Jacinto Benavente, 3 - 28071- Madrid.

Formas de recoger el certificado

Los certificados solicitados por correo se remitirán gratuitamente a la dirección indicada en el modelo 790, en el apartado "Identificación".

Cuánto tiempo tarda en expedirse

Cuando la solicitud se realiza por correo, por lo general el certificado se emite en un plazo no superior a 3 días hábiles desde la fecha de recepción de la solicitud, si bien hay que prever que en algún momento se precise un tiempo mayor que no debería superar en todo caso los 10 días hábiles desde su recepción, que es el plazo legal que la Administración tiene para dicha expedición.

Certificados de Antecedentes penales solicitados por CORREO desde el EXTRANJERO

Las solicitudes de los certificados de antecedentes penales hechas por correo desde el extranjero se dirigirán a la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Ministerio de Justicia. Plaza de Jacinto Benavente nº 3. 28012, Madrid, junto con:

    * La documentación relacionada en el apartado “Documentación y requisitos necesarios”, sustituyendo los documentos de identificación originales por fotocopias cotejadas.
    * El documento que justifique el abono de la tasa. Si el pago se realiza desde el extranjero.
          - Ha de acudir con el impreso 790 suscrito a una entidad financiera española colaboradora con la Agencia Tributaria que tenga sucursal en el país desde donde se solicita el certificado. El pago se acreditará con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera en la copia "ejemplar para la Administración" del impreso 790 que habrá de remitir.
          - O bien puede ingresar el importe de la tasa mediante transferencia bancaria en la cuenta restringida del Ministerio de Justicia que se indica a continuación y remitir el original del justificante de haber realizado el pago junto al "ejemplar para la Administración" del impreso 790.
                + ENTIDAD: BBVA
                + NUMERO CUENTA: 0182-2370-42-0208000060
                + TITULAR DE LA CUENTA: Ministerio de Justicia - Cuenta Restringida Recaudación Tasas Extranjero
                + NIF DEL TITULAR DE LA CUENTA: S-2813610-I
                + IBAN o Código Internacional de Cuenta Bancaria: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060
                + Código de Identificación Bancario (BIC) del BBVA: BBVAESMMXXX

 


Obtención en Murcia:
Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia

C/ Santa Catalina, 4 -1º 30004 - MURCIA
Tlfs: 968.22.53.55 // 968.22.53.00

Registro Civil Exclusivo. Partido Judicial de Murcia
Avda. Teniente Montesinos (Espinardo) Murcia.
Tlf: 968859241/ 968859688/8153
Fax: 968308894
E-mail: registrocivil.murcia@justicia.es





  
 
 

 

 

 

Organismos de Interés



Registro Civil nº 1 de Murcia
Avenida de la Justicia, s/n, planta baja
30071 - MURCIA MURCIA
ESPAÑA
Telefonos: 968839901/02/03/04, .
Fax: 968308894
Los Juzgados de Familia 1 y 2 y la Fiscalía de Familia, los Juzgados de Primera Instancia 12, 13 y 14, y los Juzgados y Fiscalía de Menores. Juzgados de Primera Instancia 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 8; de los de lo Penal 1 a 6 y Juzgados de Violencia sobre la Mujer 1 y 2 y Fiscalía de Violencia, Juzgados de Instrucción 1 a 9; de la Sala Contencioso-Administrativa; del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y de lo Mercantil 1 y 2. y el de Guardia
https://www.certificadodelregistrocivil.es/certificados-registro-civil-murcia?gclid=CLjv57W82L8CFbDKtAod7iYAjQ
email: registrocivil.murcia@justicia.es


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