DEDUCCIONES DE IMPUESTOS POR COMPRA DE VIVIENDA
Si vas a adquirir una vivienda de segunda mano, tu edad es igual o inferior a 40 años y va a ser tu primera vivienda, aquí te informamos de las deducciones de impuestos y ventajas de las que te puedes beneficiar.
Los requisitos que tienes que cumplir para las deducciones de impuestos son los siguientes:
- Que el inmueble adquirido vaya a tener la condición de vivienda habitual (esto debe de quedar reflejado en la escritura junto que te acoges a esta deducción de vivienda, además de que se demuestre mediante el empadronamiento, domicialiación de recibos... desde el momento de la compra).
- Respecto a tu renta, que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente de la declaración, sea inferior a 24.107,20 euros, siempre que la base imponible del ahorro, no supere la cantidad de 1.800 euros.
Esa deducción se te aplicará en los siguientes impuestos de obligada liquidación en la compra de una vivienda:
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: tributarás solo el 3% en lugar del 8%.
- Actos Jurídicos Documentados (en este caso, escritura del préstamo hipotecario): tributarás el 0,1 % en lugar del 1 o 1,5%.
También podrás aumentar tu porcentaje de deducción de compra de vivienda en tu declaración de la renta. Ese porcentaje varía cada año, pero por si te sirve de guía en la declaración del año 2021 estuvo en el 5 % en el tramo autonómico de IRPF.
Para más información llama al teléfono gratuito de atención de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia: 900 878 830
Para ampliar esto puedes consultar la ley:
AVAL JOVEN PARA COMPRA DE LA PRIMERA VIVIENDA DEL ICREF
Esta línea de avales cubre hasta el 20% del valor de tasación de la vivienda para que la entidad bancaria pueda financiar el 100% del importe de la misma. Este aval está cubierto por el Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia (ICREF).
A tener en cuenta para esta línea de avales:
La solicitud se realiza directamente en las entidades bancarias colaboradoras:
El plazo se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
Puedes solicitar más información en los teléfonos: 968 37 53 25 - 968 37 53 23
Procedimiento de expresión de interés en Sede Electrónica de la CARM
Información en la web de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la CARM
AVALES DEL ICO PARA ADQUISICIÓN DE PRIMERA VIVIENDA DE JÓVENES Y FAMILIAS CON MENORES A CARGO
La finalidad de esta Línea es facilitar el acceso a su primera vivienda a los jóvenes y a las familias con menores a su cargo que, contando con solvencia financiera, aún no han generado capacidad de ahorro suficiente para su compra.
La Línea de avales del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU) facilitará que el importe del préstamo hipotecario, concedido por la entidad de crédito a estos colectivos, pueda llegar a igualar el valor de tasación o el precio de adquisición de la vivienda, el de menor importe.
El aval contribuye a que la financiación pueda representar el 100% del menor entre el valor de tasación o de compraventa, cubriendo el importe de financiación concedido por la entidad financiera que exceda del 80% del valor de tasación o compraventa. Cuando se alcance este 100%, el aval será del 20% del préstamo (o del 25% en el caso de viviendas con certificación energética A-D).
¿Quién puede solicitar estos préstamos avalados?
Los jóvenes que no superen los 35 años (ninguno de los compradores puede haber cumplido 36 años en el momento de la firma del préstamo) y familias con menores a su cargo (en este caso no hay límite de edad) que adquieran su primera vivienda habitual y permanente en España y que cumpla los requisitos establecidos en esta Línea.
Los adquirentes de la vivienda no podrán ser más de dos personas y en caso de haber dos adquirientes ambos deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Deben ser personas físicas mayores de edad con residencia legal en España durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo, de manera continua e ininterrumpida.
2. Deberán adquirir su primera vivienda dentro del territorio nacional, que será destinada a vivienda habitual y permanente.
3. No se podrá hacer uso de la vivienda para el ejercicio de una actividad económica en el momento de la formalización del préstamo avalado.
4. No podrán ser propietarios de otra vivienda con anterioridad.
5. No podrán tener CIRBE en situación de morosidad en la fecha de formalización del Préstamo Hipotecario.
6. No podrán tener un patrimonio neto superior a 100.000 euros. En el caso de que se trate de dos Adquirientes, este límite patrimonial se entenderá para cada uno de ellos.
7. El precio de compra de la vivienda no puede superar el máximo establecido para cada Comunidad Autónoma. En el caso de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia este límite es de 250.000 euros.
8. Deberán cumplir en el momento de la formalización del préstamo avalado los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En el programa de jóvenes, deberán cumplir adicionalmente a los establecidos en el punto anterior, los siguientes requisitos:
En el caso del programa de familias con menores a cargo, deberán cumplirse adicionalmente, los siguientes requisitos:
¿Dónde solicitar el préstamo?
En cualquiera de las entidades de crédito adheridas a la Línea de Avales para la adquisición de primera vivienda de Jóvenes y Familias con menores a su cargo. La entidad de crédito decidirá sobre la concesión de la financiación solicitada de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.
Consultar el listado de entidades.
El plazo para formalizar los préstamos hipotecarios con la entidad de crédito finalizará el 31 de diciembre de 2027.
Información completa sobre la Línea de Avales para adquisición de primera vivienda de jóvenes y familias con menores a cargo: https://www.ico.es/en/linea-avales-hipoteca-primera-vivienda
AYUDAS PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA:
Entre el 13 de abril y el 30 de junio de 2025 se puede solicitar la 2ª convocatoria del Bono Alquiler Joven
El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, regula el Bono Alquiler Joven que es una ayuda de 250€ mensuales para jóvenes de entre 18 y 35 años destinada al pago de los gastos de la vivienda o habitación de alquiler con el fin de facilitar su emancipación. Esta ayuda ya no está disponible. Consulta aquí las condiciones del Bono Alquiler Joven.
Información sobre el (IPREM, )Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples:
OTRAS AYUDAS:
La Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia convoca ayudas destinadas a mejora de la eficiencia energética en viviendas. El plazo de presentación de solicitudes será el 31 de julio de 2025, para las entidades sin fines de lucro y las personas físicas. Toda la información sobre las ayudas aquí:
Ayudas para rehabilitación de edificios y mejora de la eficiencia energética en viviendas.
Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia:
https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/15/pdfs/BOE-A-2022-9838.pdf
Contacto de interés
Dirección General de Vivienda de la CARM:
Teléfono 968 36 59 61
Servicio de Vivienda de la CARM:
Teléfono 968 36 24 56
Servicio de Vivienda Social de la CARM (gestiona y controla el parque de viviendas sociales de la Administración Regional):
Teléfono 968 36 58 20
Las consultas a la CARM hay que realizarlas a través del teléfono 968 362 000 o en Peticiones de información (con DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve)
Toda la información sobre hacer una consulta la tienes en Servicio de Consultas de la CARM
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