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Premios

     
             


Constituye su objeto premiar la adopción de buenas prácticas (proyectos técnicos, organizativos, métodos, medidas, acciones de promoción y concienciación, talleres, simulacros, materiales de difusión, etc.) que promuevan y difundan el derecho fundamental a la protección de datos personales entre los alumnos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional; y contribuyan a concienciarlos sobre el valor de la privacidad, para que realicen una utilización responsable y segura de la información de carácter personal, tanto propia como de terceras personas en internet. El premio se convoca en dos modalidades: I. Modalidad A. A las buenas prácticas llevadas a cabo por los centros de enseñanza públicos, concertados y privados de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, entendiéndose por centros docentes los previstos en la base segunda. II. Modalidad B. Al compromiso de personas, instituciones, organismos, entidades, organizaciones y asociaciones, públicas y privadas, que se hayan distinguido de manera destacada por el impulso y difusión entre los menores de edad de buenas prácticas para un uso responsable y seguro de internet, relacionadas fundamentalmente con la información personal y con el valor de la privacidad.

El Excmo. Ayuntamiento de Murcia convoca el XXXI Concurso de Proyectos Empresariales con el objetivo de ayudar y motivar a emprendedores y emprendedoras murcianas que han iniciado un negocio o tengan la intención de iniciarlo. El XXXI CONCURSO DE PROYECTOS EMPRESARIALES responde a la necesidad de mantener y potenciar la convocatoria anual del Concurso de Proyectos Empresariales que realiza este Ayuntamiento desde el año 1992, con el objetivo de incentivar el autoempleo mediante ayudas económicas, formación y asesoramiento municipal. Los premios están enfocados a apoyar proyectos empresariales promovidos por emprendedores/as y microempresas de reciente creación, estimulando la inversión en el Municipio de Murcia y se encuadran en el marco de la Línea Estratégica 2 del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia 2021-2023, estando incluida en el mismo como línea específica. Los proyectos deberán reunir los requisitos siguientes: La fecha de inicio de la actividad no podrá ser anterior al 1 de enero de 2022. Los proyectos e ideas empresariales en desarrollo que se presenten a este concurso, deberán estar constituidas a fecha de 15 de mayo de 2023. Todos los Proyectos Empresariales participantes deberán ser desarrollados y ser dados de alta en el IAE y TGSS en el Municipio de Murcia. Podrán referirse a cualquier tipo de sector o actividad económica. Quedan excluidos los proyectos ya premiados en ediciones anteriores de este Concurso de Proyectos Empresariales convocado por el Ayuntamiento de Murcia. No tener deudas u obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Agencia Estatal Tributaria (AEAT), ni con el Ayuntamiento de Murcia (AMT) (Certificado no deudas con la Hacienda Local),

Constituye su objeto premiar el desarrollo de una actividad, producto o servicio que, procedente del ámbito público o privado, tenga como características la originalidad, creatividad, innovación y el impacto social en relación con la protección de datos y la garantía de los derechos y libertades de las personas frente a la violencia digital por razón de género. Preferentemente se considerarán de mayor interés aquellas actividades, productos o servicios destinados a la sensibilización y prevención de las distintas formas de violencia digital por razón de género. A modo de ejemplo de buenas prácticas, se valorarán especialmente las aplicaciones, guías, herramientas, procesos o materiales que las entidades públicas o privadas desarrollen para prevenir la violencia digital de género, tanto en el ámbito de menores de edad como de personas adultas. No se considerarán aquellos trabajos fuera del objeto del premio. La concesión de los premios se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, que rigen en la gestión de ayudas y subvenciones públicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 y siguientes de la LGS y en el RGS, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.

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