Inicio > Convocatorias > Premios

Premios

     
             


La presente Orden tiene por objeto aprobar y establecer las bases específicas por las que se regulan las distinciones a las mujeres rurales, así como la convocatoria de la edición del año 2022. Las distinciones van dirigidas a aquellas mujeres y entidades que hayan realizado actuaciones que favorezcan la puesta en valor y el reconocimiento de las mujeres en el ámbito rural . Modalidades. 1. Las “Distinciones a las mujeres rurales” tendrán las siguientes categorías: a) Una distinción a aquella mujer que haya destacado como mujer joven en el ámbito rural, de la actividad pesquera o acuícola en la Región de Murcia. b) Una distinción a aquellas mujeres, que hayan destacado por su carácter emprendedor en el ámbito rural, de la actividad pesquera o acuícola en la Región de Murcia. c) Una distinción a aquellas mujeres que hayan destacado por su carácter innovador en el ámbito rural, de la actividad pesquera o acuícola en la Región de Murcia. d) Una distinción a aquella o aquellas asociaciones de mujeres o entidades en cuya dirección participe una mujer, que hayan destacado en cualquier ámbito por su importancia y compromiso en el desarrollo rural, de la actividad pesquera o acuícola en la Región de Murcia. e) Una distinción a aquella mujer que haya destacado por su trayectoria profesional en el ámbito rural, de la actividad pesquera o acuícola en la Región de Murcia. 2. Los méritos de las candidatas en las modalidades a), b), c) y d) vendrán referidos al año anterior a su concesión, mientras que en la modalidad e) vendrán referidos a toda su trayectoria. 3. Se entenderá por mujer joven aquella que en el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud tenga menos de 41 años. 4. En ningún caso se podrá otorgar estas distinciones a aquellas personas o entidades que hayan sido premiadas en ediciones anteriores.

La finalidad de estos premios es la de estimular y reconocer la trayectoria, dedicación y contribución de personas físicas y jurídicas en materia de inclusión, plena ciudadanía y goce efectivo de los derechos humanos de las personas con discapacidad, con atención especial a las mujeres y niñas con discapacidad madres y cuidadoras de personas con discapacidad y a la ruralidad; a través de la investigación, la innovación social, el empleo, la cultura, la salud, la habilitación y rehabilitación, el deporte, el ocio, la educación, el acceso a la justicia, la accesibilidad universal, la vida independiente y aquellas cuestiones que respondan a los mandatos recogidos en el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad y de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Las categorías de premios que se convocan son los siguientes: 1. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de investigación e innovación. Tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada y prolongada en el tiempo, en un periodo no inferior a tres años, de investigación o innovación en la prevención de situaciones que generen discapacidad, así como el estudio sobre la inclusión, autonomía, vida independiente y empoderamiento de las personas con discapacidad. 2. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de accesibilidad y diseño universal en municipios. Tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a tres años por Ayuntamientos, en el campo de la accesibilidad y el diseño universal tanto en entornos como en servicios y productos que aborden de forma trasversal todas las esferas de la vida en comunidad, con especial atención a los servicios públicos. En esta categoría, hay que entender la accesibilidad, conforme a lo estipulado en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, y ratificada por España con fecha 23 de noviembre de 2007. 3. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de inclusión laboral. Tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a tres años, por persona, empresas, instituciones o entidades que hayan implantado políticas innovadoras de inclusión laboral de las personas con discapacidad, que hayan producido resultados apreciables. En esta categoría, hay que entender la inclusión laboral más allá de acceso a un empleo, sino como una política integral que asegure el derecho al trabajo de las personas con discapacidad en toda su extensión conforme a estándares recogido en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, alineada con la Agenda de Desarrollo Sostenible, así como al Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. 4. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de cultura inclusiva. Tiene como finalidad el reconocimiento de una creación o interpretación artística puesta de manifiesto a través de una obra o una actuación hecha o representada, que exprese o encarne artísticamente los valores de la diversidad humana que supone la discapacidad o la realización de un proyecto cultural, entendiendo como tal, una iniciativa de índole cultural o con incidencia cultural, que haya destacado de forma especial en la promoción, fomento y extensión de la cultura inclusiva. Esta categoría persigue reconocer las iniciativas que aseguren el derecho a la cultura a las personas con discapacidad, conforme se entiende en el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 5. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de deporte inclusivo. Tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a tres años, en la promoción, fomento y extensión del deporte inclusivo, o el reconocimiento de una trayectoria personal o de equipo en la práctica del deporte base y el de alta competición, especialmente el paralímpico, que garantice el derecho a la práctica deportiva de las personas con discapacidad y contribuya a realzar el talento que presentan las personas con discapacidad. Esta categoría pretende contribuir a los mandatos recogidos en el artículo 30, Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte de la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad. 6. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de derechos humanos. Tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a tres años, de personas físicas u organizaciones por la que puedan acreditarse logros extraordinarios en el conocimiento, la difusión, la toma de conciencia, el despliegue y la aplicación efectiva de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, alineada con la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible. 7. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de educación inclusiva. Tiene como finalidad reconocer las iniciativas, experiencias y buenas prácticas educativas continuadas durante un periodo inferior no inferior a tres años, desarrolladas por persona y centros integrados en el sistema educativo español, que den consecución a los mandatos del artículo 24 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 8. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia para la igualdad de género y la erradicación de las violencias contra las mujeres y niñas con discapacidad. Se dirige a reconocer la labor continuada durante un periodo no inferior a tres años, en la aceleración de la igualdad de género, el empoderamiento y autodeterminación de las mujeres y niñas con discapacidad y las medidas de carácter legislativo, administrativo, social, educativo y de otra índole pertinentes para prevenir, proteger y erradicar cualquier tipo de violencia contra las mujeres y niñas con discapacidad, tanto en el seno del hogar como fuera de él, siguiendo el mandato de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que supervisa la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de diciembre de 1979, alineadas con la Agenda de Desarrollo Sostenible.

Compartir en Facebook

Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00