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Premios

     
             


El objetivo del concurso es sensibilizar y plasmar a través de la fotografía las dificultades diarias de las personas con discapacidad y que conozcan los albergues REAJ como una buena opción de alojamiento para todos ellos. ¿CÓMO PARTICIPAR? Debes enviar una fotografía en la que se plasme la vida cotidiana de las personas con diversidad funcional de algún evento o momento especial…. Junto con el formulario de participación. *(Ambas cosas son obligatorias; y el formulario debe estar correctamente firmado). Tanto la fotografía como el formulario deben ser enviados por correo electrónico a marketing@reaj.com ¡OJO! -Cada entidad tendrá que identificarse con su CIF y sólo se podrá presentar una vez por cada CIF. – Cada foto debe llevar un título que la identifique (Nombre de la Asociación u otro título… lo que cada uno desee). – Las fotografías presentadas deberán ser originales y que no hayan sido premiadas en otros certámenes. – Las fotografías en las que aparezcan personas, deberán ser enviadas acompañadas de una autorización** por parte de la persona/s retratada/s aceptando que el retrato/foto participe en el concurso y en las publicaciones oportunas que se hagan (Web, redes sociales, etc.) – En caso de resultar ganadora, la asociación, organización, entidad… tendrá que acreditar estar inscrita en algún registro nacional, regional, provincial o local del sector. **En cualquier caso, el autor/entidad se responsabiliza de la aceptación de las personas que aparezcan en la fotografía a participar en el premio y publicaciones, siendo responsable ante quién corresponda de esa autorización y de la utilización de las imágenes contenidas en la fotografía.

Esta orden tiene por objeto convocar el procedimiento para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa», correspondiente al año 2024 y establecer las bases de la presente convocatoria, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa. Entidades y empresas candidatas. 1. Cualquier entidad o empresa, de capital público o privado, que ejerza su actividad en territorio español, podrá presentar su candidatura al Ministerio de Igualdad para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa». A estos efectos, los términos entidad o empresa deben entenderse de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Quedan excluidas de la posibilidad de presentar candidatura las administraciones públicas, entendiendo por tales las relacionadas en el artículo 3.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. 2. Las empresas o entidades candidatas se diferenciarán en dos grupos en función de la obligatoriedad de elaborar y aplicar un plan de igualdad: a) Empresas o entidades que tienen la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. b) Empresas o entidades que no tienen la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la LO 3/2007, de 22 de marzo.

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