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Otras convocatorias

     
             


El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la compatibilidad del ingreso mínimo vital (IMV) con los ingresos procedentes de rentas del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia con el fin de mejorar las oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias de la prestación. La Ley 19/2021 por la que se establece el IMV dispone que, para impulsar el tránsito desde una situación de exclusión a una de participación en la sociedad, el IMV contendrá en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión con el fin de evitar la llamada 'trampa de pobreza', es decir, que la existencia de la prestación inhiba a sus beneficiarios de buscar empleo por el temor a perder o ver reducidos sus ingresos. El incentivo al empleo entrará en vigor en enero de 2023 se orienta precisamente a que el beneficiario que se incorpore al mercado de trabajo o incremente el número de horas de empleo en el caso de que ya esté trabajando vea garantizada que su renta disponible sea superior a la que habría tenido sin incentivo, con un incremento que se va atenuando a medida que los rendimientos del trabajo aumentan. Así, cuando el perceptor del IMV registre un incremento de sus ingresos del trabajo por cuenta ajena o propia que alcance hasta el 60% de la Renta Garantizada para su tipo de hogar, el incentivo le proporcionará un aumento de su renta disponible de la misma cuantía. La renta disponible del beneficiario del IMV también aumentará cuando las subidas de sus ingresos procedentes del trabajo se sitúen entre el 60% y el 100% de su renta garantizada. En este caso el incentivo variará en función de tres parámetros: la presencia o no de menores (con un incentivo más alto para los hogares con niños), la composición del hogar (con un incentivo más alto para las familias monoparentales y para las personas con discapacidad) y la relación previa con el mercado de trabajo (se incentiva más a las personas que se incorporan a él que a las que ya estaban trabajando). El incentivo se mantendrá, aunque de forma más atenuada, incluso para los aumentos salariales que superen el umbral de la Renta Garantizada para el tipo de hogar al que pertenezca el titular. Este mecanismo especial y estratégico de la política de Inclusión que desarrolla este ministerio no es una prestación nueva e independiente del IMV; por tanto, los preceptores no tienen que solicitarla aparte, sino que se calcula de oficio. Se activa cuando se revisa el IMV, y sólo en el caso de que haya cambios en los ingresos del trabajo porque se haya encontrado un empleo o hayan mejorado las condiciones del mismo. Aunque el incentivo al empleo no se solicita, el potencial beneficiario podrá conocer las cuantías del mismo a través de un simulador desarrollado específicamente para este mecanismo, que se pondrá en marcha en las próximas semanas. Con la aprobación de este innovador mecanismo, el primer instrumento de estas características que se implementa en la Administración General del Estado, se cumple además con uno de los objetivos para apoyar la participación en el mercado laboral del componente 22 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), previsto para el último trimestre del año 2022. Ejemplo del incentivo en familia monoparental Familia monoparental con un menor que no ha tenido ingresos el año anterior Su Renta Garantizada es de 10.737 euros al año, que en este caso coincide con el IMV al no tener otros ingresos. Al año siguiente, la familia consigue ingresos del trabajo por valor de 1.000 euros. Al realizar la revisión del IMV, si no existiera incentivo al empleo, su IMV sería de 9.737 euros (Renta Garantizada de 10.737 - 1.000 euros de ingresos del trabajo). Pero el incentivo al empleo aporta en este caso 1.000 euros, así que el IMV+incentivo permitirá que la familia perciba 10.737 euros Así, su renta disponible sería de 11.737 euros, resultado de: (IMV+incentivo = 10.737 euros) + (Salario = 1.000 euros) Número de beneficiarios del IMV El Ingreso Mínimo Vital es una prestación de la Seguridad Social dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas u hogares que carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. En los 28 meses desde su aprobación, el IMV ha alcanzado a más de 500.000 hogares en los que viven 1,4 millones de personas de los que el 43% son menores. Más información BOE de 27 de Septiembre de 2022 https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15764

Convocatoria de las pruebas para la obtención de los Certificados de superación de competencias clave, para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y nivel 3, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Las pruebas de competencias clave que se convocan son las siguientes: - Competencia matemática, nivel 2. - Competencia en comunicación en lengua castellana, nivel 2. - Competencia en comunicación en lengua extranjera (Inglés), nivel 2. - Competencia matemática, nivel 3. - Competencia en comunicación en lengua castellana, nivel 3. - Competencia en comunicación en lengua extranjera (Inglés), nivel 3 Para concurrir a las pruebas para la obtención del Certificado de superación de las competencias clave de nivel 2, los aspirantes deberán tener 17 años cumplidos a 31 de diciembre de 2022. Además, no deberá concurrir en ellos ninguna de las circunstancias que permiten el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2, que se relacionan a continuación: (Ver BORM) Para concurrir a las pruebas para la obtención del Certificado de superación de las competencias clave de nivel 3, los aspirantes deberán tener 18 años cumplidos a 31 de diciembre de 2022. Además, no deberá concurrir en ellos ninguna de las circunstancias que permiten el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 3, que se relacionan a continuación: (Ver BORM) Los aspirantes que deseen participar en las pruebas convocadas deberán presentar su solicitud debidamente cumplimentada, conforme a los modelos normalizados que figuran como anexo II, para las pruebas de nivel 2, y como anexo III, para las de nivel 3. Dichos modelos también estarán disponibles en la página Web del Servicio Regional de Empleo y Formación (www.sefcarm.es), también en la página Web del Centro de Referencia Nacional de Química de Cartagena (https://crnquimica.carm.es), así como en las Oficinas de Empleo del SEF y en el Centro de Referencia Nacional de Química de Cartagena. Las personas interesadas deberán presentar una única solicitud para cada convocatoria, en las que señalarán las pruebas de competencias clave en las que desean participar. Los aspirantes presentarán la solicitud en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, preferentemente, a través de los registros de la CARM, en el del Centro de Referencia Nacional de Química de Cartagena, o en las Oficinas de Empleo de la Región de Murcia. El plazo de presentación de solicitudes será en su segunda convocatoria: del 6 de septiembre de 2022 al 5 de octubre de 2022, ambos inclusive MÁS INFORMACIÓN: B.O.R.M. de 27 de enero de 2022: https://crnquimica.carm.es/wp-content/uploads/Resolucion-convocatoria-2022.pdf

La Fundación Fad Juventud lanza una campaña digital dirigida a adolescentes y jóvenes entre 15 y 29 años cuyo objetivo es prevenir la violencia de género tratando de hacerles conscientes de que la violencia de género es una realidad presente en nuestros días, una problemática grave que afecta a muchas adolescentes y jóvenes y ante la que no cabe la indiferencia. Y que, por supuesto, es un problema que está por encima de ideologías u opiniones. La campaña se ha realizado gracias al apoyo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, dentro de la convocatoria de ayudas para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales en su convocatoria de 2021. A través de las diferentes piezas creativas de la campaña y, sobre todo, de la página web www.fad.es se quiere visibilizar las distintas formas de violencia de género que existen para que puedan identificarlas de forma clara; promover el rechazo ante cualquier manifestación de violencia de género en su entorno; facilitar el acceso de los y las jóvenes a información veraz y recursos útiles contra la violencia de género en los entornos digitales; y detectar y combatir la desinformación relacionada con el negacionismo de la violencia de género, difundiendo desmentidos de bulos en los canales que más usa la población adolescente, para lo que se cuenta con la colaboración de Maldita.es La campaña muestra imágenes de una diversidad de jóvenes que tapan sus ojos con sus manos o sus brazos en los que se pueden leer frases o palabras que aluden a diferentes actitudes, comportamientos y situaciones de violencia de género: “Humilla”, “Le controla el móvil”, “Cree que le pertenece”, entre otras muchas. El mensaje es contundente, “si ves menos, el problema es más

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