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Otras convocatorias

     
             


- Contenido de las pruebas: Para la obtención del certificado de competencia profesional, los aspirantes deberán superar un examen escrito que versará sobre el contenido de las materias enumeradas en el anexo I, parte I, del Reglamento (CE) n.º 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de Octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera. Dicho examen se realizará de forma electrónica, utilizando la aplicación informática que el Ministerio ha dispuesto para ello. - Requisitos de los aspirantes: A. Presentar la solicitud y el abono de la tasa (T120) del examen en el periodo de inscripción. Será imprescindible para la inscripción a examen aportar en la solicitud a examen un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico del alumno, ya que todas las comunicaciones del proceso se realizarán vía correo electrónico. Conforme dispone el Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones especiales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tendrán unas bonificaciones los solicitantes que se encuentren en algunas de estas situaciones: (* Ver convocatoria) B. Únicamente podrán concurrir a examen las personas que acrediten hallarse previamente en posesión de alguno de los siguientes títulos de formación: • Título de Bachiller o equivalente. • Título de Técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado medio, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido. • Título de Técnico Superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido. • Cualquier título acreditativo de haber superado unas enseñanzas universitarias de grado o postgrado. C. Los aspirantes al reconocimiento de competencia profesional únicamente podrán concurrir a las pruebas a celebrar ante el Tribunal correspondiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, si: • Tiene su residencia habitual en la Región de Murcia. • Trabaja en la Región de Murcia. - Solicitudes: La solicitud y el impreso de autoliquidación de la tasa de examen están disponibles en la sede electrónica de la CARM, en el código de procedimiento 0559. 1.- Presentación de solicitudes: Las solicitudes se presentarán en la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es (código de tramitación 0559). La solicitud deberá ir acompañada de la documentación requerida por la correspondiente convocatoria que se aportará en formato electrónico. Los documentos requeridos deberán ser digitalizados en formato PDF, con firma electrónica. El tamaño máximo admitido, tanto de cada archivo como del total de los mismos será el previsto en la sede electrónica. 2.- Plazo de admisión de solicitudes y abono de tasas de las convocatorias: Durante el año 2025 se realizarán los exámenes para la obtención del título de competencia profesional con una periodicidad mínima bimensual. Conforme se vayan recibiendo las solicitudes de examen y se compruebe que éstas son correctas (solicitud y abono de la tasa conforme a lo dispuesto en las bases de la presente Resolución), se comunicará a los aspirantes la fecha, hora y lugar de realización del examen vía correo electrónico. Estos datos les serán comunicados a los aspirantes en un plazo no inferior a 5 días. Fuente: BORM

Requisitos para tomar parte en el curso: De conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 47 del citado Reglamento regulador de las Escuelas Particulares de Conductores, para tomar parte en el curso será necesario: a) Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria o de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio) o acreditar documentalmente que se poseen estudios equivalentes o superiores. b) Ser titular del permiso de conducción de la clase B, al menos, en vigor, que habilita para conducir vehículos con cambio de marchas manual, con una antigüedad mínima de dos años. c) Poseer las condiciones psicofísicas y psicotécnicas que actualmente se exigen al grupo 2 de conductores, según lo dispuesto en el artículo 45 del Reglamento General de Conductores. Por excepción, quienes, sin poseerlas, estén en posesión de un permiso de clase B o un permiso extraordinario de la clase B, sujeto a condiciones restrictivas con, al menos, una antigüedad mínima de dos años, obtenido al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, podrán obtener un Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a enseñanzas de carácter teórico. Los titulares de estos certificados de aptitud que acrediten posteriormente poseer las aptitudes psicofísicas exigidas al grupo 2 de conductores, podrán optar a la obtención de un título sin limitaciones acreditando la superación de la fase de presencia. Dichos requisitos deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y continuar vigentes durante todo el proceso formativo. Si, en algún momento, el Tribunal calificador tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, o de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso para la obtención del Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial en los términos establecidos en la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal calificador quien, previa audiencia del interesado, dictará resolución de exclusión, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar. Solicitudes y tasas: 1. Quienes deseen tomar parte en el curso, deberán presentar su solicitud de participación conforme al modelo de solicitud que figura en el formulario de la página web: Certificado de aptitud para ser profesor de autoescuela (dgt.gob.es). ¿Qué necesitas para inscribirte en el curso? y cumplimentarán su solicitud. 2. Para la presentación y firma correcta de dicho formulario será requisito indispensable que el interesado o, en su caso el representante autorizado, posea certificado electrónico como pueden ser (cl@ve PIN, cl@ve permanente, cl@ve móvil o DNI electrónico). 3. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Lugares de celebración: 1. Fase de enseñanza a distancia: Con carácter general, las evaluaciones de la fase de enseñanza a distancia tendrán lugar en la provincia designada por el interesado al realizar la solicitud electrónica. 2. Fase de presencia: Los turnos de la fase de presencia tendrán lugar en Las Palmas de Gran Canaria, León, Madrid, Murcia, Palma de Mallorca, Sevilla, Valencia y Zaragoza, en los locales que oportunamente se señalen al publicarse los listados de convocados de cada uno de los grupos y se ajustarán al horario y programación que fije el Tribunal calificador. Los aspirantes deberán indicar, en el modelo de solicitud electrónica de participación en la convocatoria, las dos localidades por orden de prelación en la que desean realizar la fase de presencia. En caso de no obtener plaza por criterios de puntuación o de no celebrarse al no haber suficientes aspirantes en la primera de ellas se le asignará la segunda. Si en alguno de los lugares no se alcanzase un número mínimo de 20 alumnos, la fase de formación presencial podría no celebrarse en dicha localidad. En todo caso, se celebrará en Madrid. Fuente: BOE

1. La presente Resolución tiene como objeto convocar la prueba de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de ciclo Inicial de grado medio en vela con aparejo Fijo y aparejo Libre, establecida en el Anexo VIII del Real Decreto 935/2010, de 23 de julio, que establece el título de Técnico Deportivo en Vela con Aparejo Fijo y Técnico Deportivo en Vela con Aparejo Libre. 2. La Gestión de esta prueba de acceso se realizará en el marco de la Resolución de 20 de marzo de 2014, de la Dirección General de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación Permanente, por la que se dictan instrucciones a los centros autorizados sobre la gestión de las pruebas de acceso de carácter específico. 3. El número mínimo de participantes para la celebración de la prueba será 10, de no alcanzar este número la prueba no se celebrará. 4. Los participantes deberán ir provistos del correspondiente documento de identificación, en el momento de la realización de la prueba de acceso. 5. En la fecha de celebración de la prueba, el tribunal podrá cancelar su realización por motivos meteorológicos o de otra índole. - Calendario: Plazo de inscripción para las pruebas de acceso: 30 diciembre - 14 enero Publicación de listas definitivas de admitidos y excluidos: 31 enero Celebración de las pruebas de acceso de carácter específico: 6 y 7 febrero Fuente: BORM

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