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Empleo

     
             


El presente Boletín es una publicación de periodicidad semanal editada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Su objetivo es facilitar el acceso por parte de la ciudadanía española a información relevante sobre distintas convocatorias de empleo y prácticas publicadas por el conjunto de instituciones, organismos y agencias de la Unión Europea. La difusión del Boletín se lleva a cabo en estrecha colaboración con la Secretaría de Estado para la Unión Europea de este Ministerio, a través del portal Hablamos de Europa. - Se relacionan únicamente aquellas ofertas con plazo de presentación de solicitudes abierto a las que ha tenido acceso el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. - No se puede considerar un listado completo ni exhaustivo. Se aconseja consultar además otras fuentes. - Sólo la página web de cada institución, organismo o agencia recoge de forma completa y vinculante la información sobre el correspondiente proceso selectivo. - Las ofertas se ordenan según la proximidad de la fecha de finalización del plazo de solicitud, el organismo ofertante y la localización del puesto de trabajo. El Boletín se estructura en varios apartados según tipología de ofertas: Convocatorias de oposiciones Empleo como agente temporal o contractual Empleo para personal directivo Empleo para personal académico Empleo en centros de investigación Prácticas para graduados universitarios

1. Medicina: 9.276 plazas de las especialidades relacionadas en los apartados 1 y 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, conforme sigue: a) 8.998 plazas de titularidad pública y 280 pertenecientes a centros de titularidad privada, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I. b) Se establece un cupo territorial por la Comunidad Autónoma de Galicia aplicado a las especialidades de Endocrinología y Nutrición y de Medicina de Urgencias y Emergencias. De esta manera se amplía la capacidad de elección de las personas aspirantes a todas las plazas acreditadas de estas especialidades en la Comunidad Autónoma en el catálogo, sin que esto suponga que puedan adjudicarse un número de plazas superior al establecido en los apartados correspondientes del cuadro número 1. c) 928 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. d) 928 plazas, podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización de residencia en España, en los términos establecidos en el dispongo segundo, apartado 1.d) de esta orden. 2. Farmacia: 362 plazas de las especialidades relacionadas en los apartados 2 y 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, conforme sigue: a) 347 plazas de titularidad pública y 15 pertenecientes a centros de titularidad privada, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I. b) 36 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. c) 4 plazas podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización de residencia en España, en los términos establecidos en el dispongo segundo, apartado 1.d) de esta orden. 3. Enfermería: 2.279 plazas para las especialidades relacionadas en el apartado 4 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, conforme sigue: a) 2.199 plazas de titularidad pública y 80 pertenecientes a centros de titularidad privada, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I. b) 228 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. c) 23 plazas podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización de residencia en España, en los términos establecidos en el dispongo segundo, apartado 1.d) de esta orden. 4. Ámbito de la Psicología: 280 plazas para la especialidad de Psicología Clínica a la que se refiere el apartado 3 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, conforme sigue: a) 259 plazas de titularidad pública y 21 pertenecientes a centros de titularidad privada, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I. b) 28 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. 5. Ámbito de la Química: 29 plazas de las especialidades citadas en el apartado 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, conforme sigue: a) Todas las plazas dependen de centros de titularidad pública distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I. b) 3 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. 6. Ámbito de la Biología: 83 plazas de las especialidades citadas en el apartado 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, conforme sigue: a) 80 plazas de titularidad pública y 3 pertenecientes a centros de titularidad privada, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I. b) 8 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. 7. Ámbito de la Física: 57 plazas para la especialidad de Radiofísica Hospitalaria a la que se refiere el apartado 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, conforme sigue: a) 55 plazas de titularidad pública y 2 pertenecientes a centros de titularidad privada, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I. b) 6 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre. El número de plazas que pueden ser cubiertas con personas con discapacidad de las distintas titulaciones según se ha indicado en los apartados anteriores, se corresponde con el diez por ciento de la totalidad de las ofertadas en esta convocatoria, en virtud de la habilitación concedida por el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, desarrollado por el artículo 20 del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud. Fuente: BOE

Constitución de bolsas de trabajo de carácter temporal de los puestos de Maestros de Educación Infantil, Técnicos Superiores de Educación Infantil, Auxiliares de Jardín de Infancia, Personal de Limpieza y Técnico Auxiliar de Mantenimiento Se ha aprobado la convocatoria por el sistema de concurso de méritos del proceso selectivo, así como sus bases reguladoras (junto a sus dos Anexos), para la constitución de bolsas de trabajo de carácter temporal de los puestos de trabajo de maestros de educación infantil, técnicos superiores de educación infantil, auxiliares de jardín de infancia, personal de limpieza y técnico auxiliar de mantenimiento para la Sociedad Mercantil Municipal “Peque-Cultura S.L.U.” El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Para tomar parte en la convocatoria los aspirantes deberán manifestar en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda (referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes) y que se comprometen a acreditarlos documentalmente cuando sean requeridos para ello. La solicitud, que obligatoriamente se formalizará conforme al Anexo I, deberá ir acompañada por la siguiente documentación: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, Documento identificativo válido en España (conforme a lo previsto en el artículo 57 del TREBEP): exigible para todas las categorías laborales. Fotocopia de la titulación de acceso: exigible para todas las categorías laborales. Fotocopia del permiso de conducir clase B: exigible sólo para las categorías de Personal de Limpieza y de Técnico Auxiliar de Mantenimiento. Certificado Negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y Trata de Seres Humanos a la fecha de presentación de las instancias: exigible para todas las categorías laborales. Relación enumerada de los méritos y Autobaremación (conforme Anexo II), acompañada de los documentos acreditativos de los mismos conforme se especifica en la Base Sexta respecto a la forma de acreditación documental de los mismos, siendo imprescindible que se presente Vida laboral actualizada a la fecha de presentación de las instancias: exigible para todas las categorías laborales. * Las Bases de la presente convocatoria y sucesivos trámites y actuaciones del Tribunal se publicarán en el Tablón de Anuncios (físico y electrónico) https://www.puertolumbreras.es/ayuntamiento/tablon-de-anuncios/

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