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Becas

     
             


Objeto: 1. La Universidad Internacional Menéndez Pelayo convoca, en régimen de concurrencia competitiva, becas dirigidas a estudiantes y titulados universitarios para la asistencia a las actividades académicas que se celebrarán en Santander durante el verano de 2025. El procedimiento de concesión de las referidas becas, recogido en la presente convocatoria, se regirá por los criterios de igualdad, mérito y capacidad. 2. La financiación de las ayudas previstas en esta convocatoria se imputará al concepto 28.101.323M.487 del presupuesto de gastos de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para el ejercicio 2023, prorrogados para los años 2024 y 2025. La cuantía total de estas ayudas asciende a doscientos setenta mil euros (270.000 euros). 3. Para el total de las actividades académicas enumeradas en el Anexo de esta resolución, se convocan becas hasta agotar la partida presupuestaria destinada al efecto. En sus distintas modalidades, cada beca concedida podrá cubrir: a) el precio de matrícula que el curso tenga asignada en el Anexo, hasta un máximo de 395 euros, en las cuantías establecidas en la Resolución de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de 24 de marzo de 2025, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos del organismo. b) el alojamiento: máximo de 45 euros/día hasta un máximo de 5 días, según la duración del curso especificada en el Anexo, de acuerdo con la Resolución de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de 24 de marzo de 2025, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos del organismo. c) la manutención, en régimen de pensión completa: máximo de 36,3 euros/día, de acuerdo con los precios unitarios máximos aprobados para el servicio de restauración en la Península de la Magdalena, hasta un máximo de 5 días, según la duración del curso especificada en el Anexo. Beneficiarios: Estas becas están dirigidas a estudiantes y titulados universitarios para la asistencia a las actividades académicas organizadas por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo que se celebrarán Santander durante el verano de 2025. Podrán beneficiarse de las becas quienes cumplan los siguientes requisitos: a) Nacionalidad: los solicitantes deberán ser nacionales españoles, nacionales de otro país miembro de la Unión Europea o extracomunitarios con residencia legal en España. b) Titulación académica: 1.º Tener matrícula formalizada en el curso académico 2024-2025 en estudios oficiales de grado (o en cualquier otro estudio que equivalga a ellos, según la normativa vigente) en una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea y haber superado, al tiempo de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, al menos 60 ECTS; o 2.º Haber finalizado los estudios oficiales de grado (o equivalentes) con posterioridad al 31 de diciembre de 2018 en una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea. c) Nota media en la titulación: deberán acreditar una nota media en su expediente académico de grado (o equivalente) igual o superior a 6,0 puntos sobre base 10. En el caso de estudiantes que no pertenezcan al sistema universitario español, será necesario presentar la "declaración de equivalencia de nota media", que puede obtenerse en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades: https://acortar.link/uiGQBu La nota media de quienes no hubieran finalizado sus estudios de grado (o estudios considerados equivalentes) vendrá referida a las calificaciones obtenidas en las asignaturas que se hubieran superado al tiempo de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El solicitante que se encuentre en esta situación deberá acreditar que ha superado al menos 60 ECTS. Bases reguladoras: Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, publicada en el BOE de 12 de mayo de2005. Modalidades de las ayudas: 1. Las becas adoptarán las siguientes modalidades: a) Beca completa, que incluye matrícula en el curso solicitado (según las tarifas especifica-das en el Anexo) y alojamiento en habitación compartida y manutención en régimen de pensión completa. b) Beca de matrícula: en los casos en los que el solicitante considere que no precisa de las prestaciones de alojamiento y manutención. 2. La concesión de las becas no se realiza mediante abonos directos a los estudiantes, sino que consiste, según la modalidad de beca, en una ayuda en especie, a la que se refiere la Disposición adicional quinta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 3. Mediante la ayuda en especie a la que se refiere el apartado anterior, quedarán cubiertos los correspondientes precios por los servicios académicos aprobados por la UIMP y, en su caso, el alojamiento y la manutención durante el desarrollo del curso de verano para el que se ha obtenido la ayuda. 4. La concesión de las becas no exime de la obligación de abonar los gastos de secretaría por la formalización de su expediente, cuya cuantía, establecida en la Resolución de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de 24 de marzo de 2025, por la que se establecen las cuantías de los precios públicos del organismo, será de 22,5 euros. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de las solicitudes de beca para las actividades académicas organizadas en Santander en el verano de 2025 será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Fuente: BOE 2 abril 2025

La Fundación Internacional IESE ha abierto la convocatoria de becas 2025/2026 por medio de los siguientes programas: Becas para la formación de jóvenes con excelente nivel académico en programas MiM (Master in Management) de un año de duración en las mejores escuelas de dirección de empresas españolas. Becas para la formación de jóvenes con excelente nivel académico en programas MBA de dos años de duración en las mejores escuelas de dirección de empresas españolas. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 5 de mayo de 2025 para el MBA y el 1 de agosto de 2025 para el MiM. Las bases y formularios pueden consultarse en la web de la institución. La Fundación promueve la formación de profesionales de dirección de empresas. Concede becas a alumnos con un alto potencial y prioriza especialmente a aquellos que provienen de países susceptibles de recibir ayuda al desarrollo. Las becas que se conceden constituyen ayudas al estudio: se destinan exclusivamente a financiar las tasas académicas, y normalmente son parciales. Se convocan en concurso público para cada curso académico y un comité de expertos analiza las candidaturas. En los programas de Master in Management (MIM) de un año de duración se tiene muy en cuenta el expediente académico, ya que los alumnos que lo cursan no tienen experiencia profesional. En los programas de Master in Business Administration (MBA) se tienen en cuenta también otros factores de tipo social y familiar. Los alumnos becados el primer año que han obtenido altas calificaciones pueden volver a presentar su candidatura para renovar la beca en segundo. La concesión de becas se realiza en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva. Fuente: BOE 26 marzo 2025

Beneficiarios: Titulados de nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, o extranjeros residentes en España en el momento de solicitar la beca que se encuentren en posesión del título oficial de formación profesional de grado superior, o del título universitario oficial de graduado o graduada, o equivalentes, siempre que hayan terminado sus estudios, y obtenido el título correspondiente, o la acreditación del abono de los derechos para su expedición, en los cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en esta convocatoria. Finalidad: Contribuir a la formación teórico-práctica y el perfeccionamiento tecnológico de recién titulados en las materias y proyectos propios del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y facilitar su incorporación al mundo laboral. Bases reguladoras: Orden DEF/868/2019, de 26 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 189 el 8 de agosto de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas». Cuantía y duración de las becas: El importe máximo imputable a esta convocatoria es de 734.731 euros. La cuantía individual de la beca será de 15.120 euros anuales para las becas dirigidas a graduados o graduadas, y de 11.340 euros para las becas dirigidas a titulados en formación profesional de grado superior. Los importes se abonarán por mensualidades vencidas, a razón de 1.260 euros y de 945 euros brutos mensuales respectivamente. La duración de las becas será de dos años, pudiendo ser prorrogadas, por un año más, siempre que el plan formativo lo contemple y exista disponibilidad presupuestaria. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado. Otros datos: La cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará, preferentemente, a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa en la dirección: https://acortar.link/JLr3Ih "Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial-Becas y Ayudas" (Se recomienda utilizar CL@VE). La solicitud estará cumplimentada, correctamente, una vez que el ciudadano haya firmado la solicitud y obtenga un justificante en pdf. con el sello del registro electrónico del Ministerio de Defensa. También podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Fuente: BOE 26 marzo 2025

Objeto: La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria para la concesión de las Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX a personas físicas, con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, a fin de realizar un Máster universitario en Gestión Internacional de la Empresa (MBA in International Management) (Fase 0), prácticas en la red de Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior (Fase I), así como prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales de los que España es miembro (Fase II). La finalidad última será la de la inserción laboral de los becarios y becarias ofreciéndoles oportunidades profesionales y ayudándoles a conseguir empleos estables, cualificados y de calidad. Beneficiarios: Podrán acceder a la condición de beneficiario o beneficiaria de las becas convocadas por esta resolución, las personas físicas que, además de no incurrir en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, reúnan los siguientes requisitos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes: 1. Nacionalidad. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. 2. Edad. Haber nacido a partir de 1 de enero de 1997. 3. Titulación. Estar en posesión de una titulación universitaria superior de grado que permita el acceso a los estudios oficiales de Máster Universitario de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: - La posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster. - De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster. No obstante, lo señalado en el primer párrafo de este punto, la titulación se puede obtener y acreditar hasta la finalización del procedimiento de selección y con anterioridad a la resolución definitiva de concesión. 4. Idiomas. Acreditar poseer conocimiento avanzado de inglés. El nivel mínimo exigido, es el B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL)). En el Anexo I se recogen los certificados/títulos de nivel admitidos. Se aceptarán los títulos que hayan sido emitidos a partir del 1 de enero de 2020. Con carácter excepcional, y solo en aquellos casos en que, en la titulación universitaria exigida en esta convocatoria, se hayan cursado un mínimo de 180 ECTS en inglés, se admitirá como acreditación de este requisito la certificación académica personal en la que deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y carga lectiva de cada una de ellas. La puntuación asignada será la correspondiente al nivel C1. En caso de solicitar que se reconozca una puntuación superior al nivel C1, se deberá aportar, además, certificación de su universidad en la que conste que el nivel de idioma inglés adquirido al finalizar sus estudios universitarios, es el equivalente al nivel C2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL). 5. No haber sido beneficiario o beneficiaria de estas becas en ediciones anteriores salvo que haya renunciado a la beca con anterioridad al inicio efectivo del Máster. 6. No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad del Programa de Becas de cualquier Administración o ente público o privado, nacional de la Unión Europea o de Organismos Internacionales en los últimos tres años. 7. No padecer enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con la realización de las actividades que constituyen el objeto de la subvención. 8. No tener antecedentes penales, ni estar incurso o incursa en causa penal con medidas cautelares que pudieran impedir el normal desarrollo de la beca, en tanto se emite sentencia firme, hecho del que se habrá de informar al Departamento de Becas de ICEX en el momento en que se produzca. De no ser ésta absolutoria, conllevará la perdida de la subvención y devolución de los importes percibidos, en el caso de resultar beneficiario o beneficiaria de la beca tras el proceso de selección. Bases reguladoras: Orden ICT/100/2020, de 31 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de Becas de Internacionalización Empresarial de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 34, de 8 de febrero de 2020 y su posterior modificación mediante Orden ECM/208/2025, de 20 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 55 de 5 de marzo de 2025. Cuantía total máxima de ayudas correspondiente a esta convocatoria: La cuantía total máxima de ayudas correspondientes a esta convocatoria asciende a 15.500.500 euros con cargo al presupuesto de ICEX y estando en todo caso sujeta a disponibilidades presupuestarias del mismo. La cuantía total máxima fijada en la presente convocatoria podrá ser ampliada dentro de los créditos disponibles hasta 2.499.500 euros adicionales, sin necesidad de una nueva convocatoria. De conformidad con lo que establece la Orden ICT 100/2020 de 31 de enero, la cuantía máxima de ayuda en concepto de dotación que recibirá cada becario o becaria, en cada fase será la siguiente: 1. Fase 0: Máster ICEX asumirá los costes del Máster oficial, excepto el precio público que se regirá por lo aprobado y publicado mediante resolución de la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Universidades en el «Boletín Oficial del Estado», y se abonará directamente por el alumno o alumna. ICEX concederá una dotación de 500 euros por beneficiario o beneficiaria para afrontar los gastos de alojamiento, transportes y manutención durante el periodo del Máster oficial. La ayuda podrá elevarse a 2.000 euros en los casos de empadronamiento distinto a la Comunidad de Madrid desde, al menos, 3 años antes de la fecha de publicación de esta convocatoria. 2. Fase I: Prácticas en Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior. Las dotaciones brutas individuales anuales de referencia de las becas para la realización de prácticas en las Oficinas Económicas y Comerciales dependerán de la Oficina de destino, abarcando desde 22.700 euros hasta 48.500 euros. 3. Fase II: Prácticas en empresas, entidades u organismos internacionales. Para el cálculo de las cuantías individualizadas se utilizará el mismo procedimiento establecido para la Fase I. La cuantía máxima total de las subvenciones en la presente convocatoria es de 15.500.500 euros. La cuantía total máxima fijada en la presente convocatoria podrá ser ampliada dentro de los créditos disponibles hasta 2.499.500 euros adicionales, sin necesidad de una nueva convocatoria. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será del 18 de marzo al 2 de abril de 2025, a las 14:00 horas (en Madrid, España). Fuente: BOE 18 marzo 2025

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