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Ayudas

     
             


Se convocan las subvenciones para el año 2025 de fomento de las prácticas no laborales en empresas, para jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la Región de Murcia. Beneficiarios: empresas y personas trabajadoras autónomas, cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia. Las empresas y personas autónomas que deseen acogerse a estas ayudas, previamente deben haber firmado un convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación. Bases reguladoras: Orden de 14 de mayo de 2024 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia. (BORM n.º 128 de 04 de junio). Solicitudes: Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo único de instancia o formulario, de uso obligatorio, elaborado para cada modalidad de subvención disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia e irán dirigidas a la Directora General del SEF. - Código 1203. - Subvenciones para prácticas no laborales (Garantía juvenil), disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es. - La solicitud deberá ir acompañada de la documentación requerida en la convocatoria. Convocatoria completa Anuncio de la convocatoria en el BORM

Se convoca la concesión, mediante régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones destinadas a personas físicas, a fin de realizar prácticas no laborales en filiales o establecimientos en el extranjero facilitadas por empresas españolas en el seno del Proyecto ICEX Vives en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La finalidad última del Proyecto ICEX Vives es incrementar el número de profesionales con formación y capacitación en internacionalización contribuyendo así a la mejora de la competitividad y productividad de las empresas españolas internacionalizadas. Beneficiarios: 1. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y ser residentes en España. 2. Edad: 18-30 años en el momento de la solicitud de la ayuda. 3. Estar en posesión de una titulación universitaria de grado y/o de máster, o de formación profesional media o superior. 4. No incurrir en los supuestos de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 5. No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad del Proyecto ICEX Vives de cualquier Administración o ente público. Igualmente, no podrá haber disfrutado de otra ayuda previa ICEX Vives. (Ver el resto de requisitos en la convocatoria completa). Bases reguladoras: Orden ICT/771/2022, de 2 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del "Proyecto ICEX Vives" de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 8 de agosto de 2022. Las solicitudes podrán presentarse hasta agotar presupuesto. Convocatoria completa Anuncio de la convocatoria en el BOE

Se convocan las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. Beneficiarios: podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria los guías de turismo que ejerzan su actividad por cuenta propia y las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías de turismo por cuenta ajena, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Murcia, debiendo cumplir los siguientes requisitos: a) Los guías de turismo por cuenta propia, deben estar habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2 y 8 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre. b) Las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías turísticos, deben estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Asimismo, los guías que señalen para realizar las visitas deberán estar igualmente habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Bases reguladoras: Orden de 4 de diciembre de 2023 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. (BORM n.º 289 de 16/12/2023). Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico que estará disponible en https://sede.carm.es/ y solo se podrá presentar una solicitud por cada solicitante, considerándose únicamente como válida la última presentada. Convocatoria completa Anuncio de la convocatoria en el BORM

La Fundación Cajamurcia y CaixaBank ponen en marcha esta convocatoria Acción Social 2025 para alentar la igualdad de oportunidades y la plena inclusión social, así como el respeto a los valores y a los recursos medioambientales. El objetivo de la convocatoria es contribuir a la promoción de proyectos que tengan como finalidad: • Fomentar el empleo. • Fomentar el desarrollo local. • Mejorar la calidad de vida de personas en situación de desempleo, personas con discapacidad u otro colectivo en riesgo de exclusión social. SOLICITANTES: Pueden concurrir a esta convocatoria aquellas entidades privadas, de iniciativa social, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y que dispongan de sede o delegación inscrita en el registro correspondiente en la Región de Murcia. No podrán optar a esta convocatoria asociaciones juveniles, clubs deportivos, asociaciones de vecinos, centros educativos, fundaciones corporativas y otras entidades cuyo fin principal no sea la intervención social y/o medioambiental. Las entidades solicitantes deberán acreditar una antigüedad mínima de 2 años y disponer de estructura de gestión y de la cualificación profesional adecuada para garantizar la viabilidad del proyecto y la consecución de los objetivos en el ámbito geográfico donde se vaya a desarrollar el proyecto. Asimismo, deberán contar con recursos adicionales, bien propios o bien de entidades privadas (no vinculadas con Grupo CaixaBank) o entes públicos, ya que en ningún caso se podrá solicitar más del 70% del coste total del proyecto. La actividad objeto de convenio de colaboración deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2025 y haberse iniciado a lo largo del presente año. Más información y solicitudes

El Ayuntamiento de Murcia convoca , en régimen de concurrencia competitiva, concesión de subvenciones para la realización de programas, proyectos y/o actividades que impulsen la empleabilidad en el municipio de Murcia durante el 2025. El objetivo es la realización de proyectos, programas y actividades que impulsen y faciliten algunas de las actuaciones contenidas en los siguientes apartados, siempre y cuando todas ellas se realicen en el municipio de Murcia: Línea 1. Orientación. Comprende las actuaciones de información, orientación profesional, motivación, asesoramiento, diagnóstico y determinación del perfil profesional y de competencias, diseño y gestión de la trayectoria individual de aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación laboral y, actuaciones de apoyo a la inserción de personas beneficiarias. Línea 2. Formación. Actuaciones de formación en el trabajo, dirigidas al aprendizaje, formación, recualificación o reciclaje profesional y de formación en alternancia con la actividad laboral, incluidos los programas públicos de empleo y formación, que permitan al beneficiario adquirir competencias o mejorar su experiencia profesional, para mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral, teniendo en cuenta la brecha digital existente y garantizando la atención presencial a la población que la padece. Línea 3. Oportunidades de empleo. Incluye las actuaciones que tienen por objeto incentivar la contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo. También incluye las dirigidas a facilitar la movilidad geográfica o promover la contratación en sectores de actividad diferentes de aquellos en los que se hubiera trabajado habitualmente. Línea 4. Emprendimiento. Comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local. Cuantía económica: Se fija en 15.000 € el importe máximo que se podrá asignar a cada entidad solicitante. Solamente se podrá subvencionar un proyecto por entidad. En caso de que la entidad presente varios proyectos, será subvencionado, en su caso, el que alcance mayor puntuación. Se realizará el pago del 60% del importe de la subvención concedida con carácter anticipado a su justificación; el 40% restante se realizará previa justificación del importe total de la subvención aprobada. Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán según modelo disponible en el área de Educación, Formación y Empleo de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (https://sede.murcia.es), y deberán ir acompañadas de la documentación que acredita los requisitos de la convocatoria. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia (BORM_36_14/02/203).

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