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								 Descripción: 
								Beneficiarios 
Empresas (personas jurídicas y autónomos) e instituciones sin fines de lucro que tengan como actividad, única o entre otras, la edición de revistas culturales. 
Las entidades deberán tener residencia fiscal en España. Las instituciones sin fines de lucro podrán tener un ámbito estatutario nacional o internacional, siendo excluidas aquellas que tengan un ámbito exclusivamente autonómico o local. 
Quedan excluidas las comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, así como otras entidades sin personalidad jurídica. 
Son publicaciones pertenecientes al ámbito de la cultura aquellas dedicadas a alguna de las siguientes materias: 
-        Literatura y lingüística. 
-        Artes  plásticas, artes escénicas, música. 
-        Diseño, fotografía, creación audiovisual, cinematografía. 
-        Historia, geografía, arquitectura. 
-        Filosofía, ciencias sociales, jurídicas y políticas y crítica de la cultura. 
No se podrá financiar más del 50% del coste de publicación de la revista. 
								
  
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