Inicio > Convocatorias > Empleo

Empleo

     
             


Se autoriza la convocatoria de 2.520 plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil. Reserva de plazas en la Escala de Cabos y Guardias. Del total de plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, autorizadas en el artículo anterior, se reservan 1.008 a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios efectivos como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, y 185 plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes. Las plazas reservadas a militares profesionales de Tropa y Marinería y a los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en el párrafo anterior, que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres. Promoción profesional en el Cuerpo de la Guardia Civil. De acuerdo con lo establecido en los artículos 36 y 37 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, se autoriza la convocatoria, para ingreso por promoción profesional en los centros docentes de formación de la Guardia Civil, de: a) 85 plazas para el acceso a la Escala de Oficiales mediante la modalidad de promoción interna. b) 20 plazas para el acceso a la Escala de Oficiales mediante la modalidad de cambio de escala, para personal de la Escala de Suboficiales y de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. c) 250 plazas para el acceso a la Escala de Suboficiales, mediante la modalidad de promoción interna. Las plazas reservadas para el acceso a la Escala de Oficiales mediante la modalidad de cambio de escala que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas para el acceso a la Escala de Oficiales mediante la modalidad de promoción interna, o viceversa.

– En el ámbito de los sistemas y las tecnologías de la información: • Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado: 200 plazas. • Cuerpo Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado: 100 plazas. • Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado: 300 plazas. – En el ámbito del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social: • Cuerpo Administrativo de Administración de la Seguridad Social: 2500 plazas. – En el ámbito de los siguientes entes públicos: • Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia: 18 plazas. • Comisión Nacional del Mercado de Valores: 58 plazas. • Museo del Prado: 28 plazas. • Puertos del Estado y Autoridades Portuarias: 170 plazas. Todas estas plazas se encuentran incluidas en el montante total previsto en el anexo I de este real decreto. Disposición adicional quinta. Cumplimiento del objetivo previsto para la reducción de la temporalidad en el empleo público. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20. Dos.4, letra f), de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, se prevén las siguientes plazas: – Seguridad Social: 1025 plazas. • Cuerpo Gestión de la Administración Civil del Estado: 200 plazas. • Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado: 825 plazas. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, las plazas que se encuentren ocupadas por personal temporal al amparo del programa de gestión del Ingreso Mínimo Vital, podrán mantener su situación hasta la resolución de los procesos selectivos para su cobertura definitiva, en los términos previstos en dicho artículo. – Escala de Funcionarios con Habilitación de carácter nacional: 500 plazas. Todas estas plazas se encuentran incluidas en el montante total previsto en el anexo I de este real decreto. Disposición adicional sexta. Plazo de ejecución de los procesos selectivos. Las convocatorias de los procesos selectivos previstos en el presente real decreto deberán publicarse antes del 31 de diciembre de 2023, salvo causa justificada que acredite su imposibilidad. La excepcionalidad de la causa será justificada por el órgano convocante ante la Secretaría de Estado de Función Pública. En el caso de que el estado de ejecución de la fase de oposición de convocatorias derivadas de ofertas de empleo anteriores al presente real decreto, confluyera con la fecha de 31 de diciembre de 2023, la Secretaría de Estado de Función Pública autorizará la acumulación de las plazas pendientes de convocatoria, junto con las que, en su caso, se oferten en el ejercicio inmediato siguiente. En cualquier caso, todos los procesos selectivos deberán estar finalizados antes de que transcurran dos años, ampliables a tres por causa justificada, computados desde la aprobación de este real decreto

Compartir en Facebook

Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00