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Ayudas

     
             


La convocatoria tiene por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el otorgamiento de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de actividades deportivas en el término municipal de Murcia en la temporada 2022/2023, que promueve la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Murcia. Podrán ser beneficiarios: los Clubes y Asociaciones Deportivas, Sociedades Anónimas Deportivas, Federaciones Deportivas y Deportistas Individuales, domiciliados en el término municipal de Murcia. Podrán obtener subvención económica las actividades deportivas encuadradas en los programas que seguidamente se indican, clasificadas según se detalla para su adecuado tratamiento y estudio, en las cuantías máximas fijadas a continuación: PROGRAMAS, DENOMINACIÓN Y CUANTÍA MÁXIMA: A Mantenimiento de equipos federados que participen en la máxima categoría de competición nacional de liga regular: 100.000 euros. B Mantenimiento de equipos federados que participen en el resto de categorías de competición de liga regular de ámbito nacional (que no se trate de máxima categoría), inter-autonómico, autonómico o local, según los siguientes subgrupos: B1.- Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano y Voleibol: 150.000 euros B2.- Resto de disciplinas de deportes de equipo, excepto natación: 50.299 euros C Natación: 100.000 euros D Programas de Iniciación Deportiva: 10.000 euros E Organización de Acontecimientos Deportivos en el Municipio de Murcia: 35.000 euros F Deportistas Individuales: 61.000 euros Convocatoria completa: https://bit.ly/3OmcOQZ Extracto de la convocatoria en el BORM: https://bit.ly/45pfEuX

Es objeto de esta convocatoria las ayudas dirigidas a apoyar las inversiones productivas y tecnológicas. Podrán ser beneficiarias todas las PYMES con forma societaria, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Se trata de subvenciones a fondo perdido con una intensidad máxima del 45% para pequeñas empresas y del 35% para medianas empresas sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 50.000€. Los costes elegibles son: - La adquisición de activos materiales nuevos (incluidos gastos de transporte y embalaje), realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas. - Quedan excluidos la compra de: Terrenos, edificaciones, obra civil (excepto la estrictamente necesaria para la puesta en funcionamiento del nuevo equipo), gastos de formación, gastos de dietas y desplazamiento para la puesta en marcha de los nuevos equipos. El proyecto deberá tener una inversión elegible mínima de 100.000€. Convocatoria completa: https://bit.ly/434X8WD Extracto de la convocatoria en el BORM: https://bit.ly/3pSfdsH

Las ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas tienen por objeto financiar proyectos digitales o tecnológicos que contribuyan a modernizar e innovar las industrias culturales y creativas que actúen en alguno de los siguientes sectores: arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, artes interactivas, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, nuevos medios de comunicación, patrimonio cultural, publicidad, radio y televisión y turismo cultural. Podrán ser beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las pequeñas empresas y las microempresas, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas, y otros entes públicos, las entidades sin ánimo de lucro, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.), las comunidades de bienes (C.B.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.). Los beneficiarios no podrán obtener ayuda en más de tres convocatorias consecutivas. Por tanto, las entidades que hayan sido beneficiarias en las tres últimas convocatorias no podrán presentarse a la presente convocatoria, quedando excluidas en el caso de hacerlo. Convocatoria completa: https://bit.ly/3LXd9Ix Extracto de la convocatoria en el BOE: https://bit.ly/413T07Q

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