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Ayudas

     
             


Se convocan ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones y fundaciones no públicas sin ánimo de lucro debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales de la Región de Murcia cuyos fines y actividades estén íntimamente relacionadas con el teatro (sala y calle), circo, danza, música y folklore, y así deberá estar recogido en sus estatutos, para contribuir a los gastos de publicidad y difusión, alojamiento, desplazamiento y gastos inherentes al desarrollo de proyectos y/o eventos culturales que se celebren en los distintos municipios de la Región de Murcia, ya sean organizados o en los que participe directamente la asociación o fundación. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones y fundaciones no públicas, sin ánimo de lucro, debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales de la Región de Murcia cuyos fines y actividades estén íntimamente relacionadas con el teatro (sala y calle), circo, danza, música y folklore, y así esté recogido en sus estatutos, que desarrollen su actividad principal y tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia y que posean una antigüedad mínima de dos años con anterioridad a la fecha de publicación de la presente resolución que vayan a desempeñar actuaciones o actividades de teatro (sala y calle), circo, danza, música y folklore. La cuantía máxima de subvención a aportar por el ICA a cada proyecto no podrá exceder de 6.000,00 euros. El importe de la subvención concedida no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas recibidas para el mismo fin, sea cual sea su origen y naturaleza, supere el coste total de la actuación a desarrollar por el/la beneficiario/a. Se admitirá un único proyecto por entidad. La distribución del crédito se realizará según la puntuación obtenida atendiendo a los criterios de valoración establecidos. La cuantía individualizada de la subvención se calculará en función del número de puntos que finalmente obtenga cada entidad cultural. El crédito total consignado se dividirá entre el número total de puntos obtenidos por todas las entidades que hayan obtenido la puntuación mínima requerida, el resultado será un coeficiente que determina el valor económico de un punto. Este coeficiente multiplicado por el número total de puntos obtenidos por cada entidad determinará la subvención correspondiente a cada beneficiario hasta el agotamiento del crédito de la ayuda. La presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación exigida, se realizará a través del procedimiento '1397 Plan Asociarte' del 'Registro y Guía de Procedimientos y Servicios' desde el que también podrá acceder al indicado formulario de la solicitud y a los anexos correspondientes. Convocatoria completa: https://acortar.link/yGNmOa Extracto de la convocatoria en el BORM: https://acortar.link/oEVGdC

Se convocan en régimen de concurrencia competitiva: - Ocho ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS que podrán ser indistintamente para investigadores individuales y/o equipos de investigación. - Dos ayudas para la finalización de tesis doctorales en ciencia política o sociología, en materias de interés para el Organismo. Los solicitantes de las ayudas individuales deberán acreditar encontrarse en alguno de los siguientes casos: haber alcanzado la Suficiencia Investigadora, estar en posesión del Diploma de Estudios, estar en posesión del título oficial de Máster universitario, o equivalente, o encontrarse en alguno de los supuestos que establece el artículo 6, apartado 2, Requisitos del Acceso al Doctorado, del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Los investigadores principales de equipos de investigación solicitantes de las ayudas para la explotación de uno de los temas propuestos en el objeto de esta convocatoria deberán acreditar estar en posesión del título de doctor en alguna disciplina o área de las ciencias sociales. Los solicitantes de las ayudas para la finalización de tesis doctorales deberán acreditar encontrarse en alguno de los siguientes casos: haber alcanzado la Suficiencia Investigadora, estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados, estar en posesión del título oficial de Máster universitario, o equivalente, o encontrarse en alguno de los supuestos que establece el artículo 6, apartado 2, Requisitos del Acceso al Doctorado, del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Además, deberán justificar que se está en la fase de finalización de la tesis doctoral en Ciencia Política o Sociología. En las ayudas individuales para la explotación del Banco de Datos del CIS la cuantía de cada una será de 6.000 euros. En las ayudas a un equipo investigador para la explotación del Banco de Datos del CIS la cuantía de cada una será de 10.000 euros, cantidad que podrá distribuirse de forma heterogénea entre los integrantes de cada equipo de investigación en función del trabajo efectivamente realizado y las horas reales dedicadas al proyecto según declaración responsable de conformidad firmada por el Investigador Principal (IP). En las ayudas para la finalización de tesis doctorales la cuantía será de 5.000 euros cada una. Convocatoria completa: https://acortar.link/6MYmBG Publicación de la convocatoria en el BOE: https://acortar.link/yy3h0G

Las ayudas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas tienen por objeto impulsar el crecimiento del sector cultural español en el exterior, mediante el apoyo al acceso y la participación de sus empresas y profesionales en los mercados internacionales, fomentando proyectos que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades: a) Impulsar la expansión internacional y aumentar la visibilidad de las industrias culturales y creativas españolas en los principales mercados internacionales del sector, así como la promoción de los derechos de propiedad intelectual a nivel global; b) Atraer la inversión extranjera hacia las empresas españolas para estimular el desarrollo y comercialización de nuestros bienes y servicios culturales; c) Fomentar la movilidad internacionalidad de los agentes culturales, y contribuir al desarrollo de intercambios de experiencias y la cooperación cultural internacional; d) Favorecer el desarrollo de capacidades para la internacionalización de proyectos creativos y culturales; e) Potenciar la imagen de España como referente cultural en el ámbito internacional y contribuir al cumplimiento global de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Podrán ser beneficiarios las microempresas, pequeñas y medianas empresas, quedan excluidas las personas físicas, aunque estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Convocatoria completa: https://acortar.link/jMe9ik Anuncio de la convocatoria en el BOE: https://acortar.link/v9zygZ

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