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Ayudas

     
             


Ayudas destinadas a la inversión para la construcción, adaptación y mantenimiento de las infraestructuras necesarias para la participación en la competición de la máxima categoría femenina de fútbol, con alguna de las siguientes finalidades: 1. Gastos de mantenimiento de campos de hierba. 2. Gastos de obras: a) Instalación y adecuación de campos de hierba, así como sustitución de hierba artificial por hierba natural, tanto en campos de entrenamiento como de competición. b) Ampliación y mejora de gradas y aparcamientos. c) Adecuación de instalaciones y vestuarios. d) Instalaciones anexas de entrenamiento y/o formación de deportistas, tales como gimnasios, salas de readaptación y enfermería, así como residencias y salas destinadas a la formación. e) Adecuación y mejoras en instalaciones destinadas a medios de comunicación. f) U televisiva. g) Accesibilidad. h) Megafonía y marcadores. i) Mejoras en la eficiencia energética del sistema de iluminación. j) Construcción, ampliación, adaptación y mejoras de los campos y estadios, siempre que el resultado implique una mejora en la calidad de la competición y coadyuve en la consecución de los objetivos de transición ecológica, digitalización, igualdad e inclusión y accesibilidad. k) Otras infraestructuras de análoga naturaleza. l) Elaboración del diseño y/o proyecto de obra de las actuaciones recogidas en el presente apartado. Cuantía: La cuantía total máxima de la convocatoria es de 16.000.000,00 euros. Su distribución entre los créditos que financian esta convocatoria es la siguiente, expresados los importes en euros: Para gastos de mantenimiento: Programa 33ZC. Concepto 479: 562.500 €. Programa 33ZC. Concepto 484: 437.500 €. Para gastos de obras: Programa 33ZC. Concepto 779: 8.437.500 €. Programa 33ZC. Concepto 789: 6.562.500 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Treinta días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el B.O.E. B.O.E. de 1

La Dirección General de Tráfico publica la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a proyectos a desarrollar por entidades u organizaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto primordial sea la atención, defensa o representación de las víctimas de accidentes de tráfico. Estas subvenciones se destinarán a financiar la realización de proyectos dirigidos a la población general o a colectivos de riesgo específico, cuyo objetivo sea la prevención de accidentes de tráfico o la reducción de sus consecuencias, primándose aquellos que se alineen con los ámbitos prioritarios de actuación que, a tal fin, se fijen por la Dirección General de Tráfico en cada convocatoria. Se financiarán, también, proyectos de atención directa a las víctimas de accidentes de tráfico que incluyan acciones orientadas a minimizar el impacto de los accidentes tanto en el ámbito de la salud física y mental, como en los ámbitos de la orientación jurídica y la reinserción socio-laboral. Cuantía: El total de la cuantía destinada a estas ayudas es de 550.000€. La cuantía individual asignada a cada beneficiario se establecerá en relación directa con el coste estimado y la puntuación que la comisión de valoración otorgue a los proyectos presentados. A la solicitud de subvención deberá acompañarse una memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante, una memoria con la descripción y estimación económica de cada uno de los proyectos para las que se solicita ayuda, así como la documentación adicional que se relaciona en la disposición 5ª, apartado cuarto, de la resolución de convocatoria. Como máximo podrán presentarse cinco proyectos por solicitante, con un límite de 50.000€ de previsión de gastos para cada uno de ellos, siendo la cuantía máxima a otorgar por proyecto de 30.000€. Bases reguladoras: Las bases reguladoras de esta convocatoria se recogen en la Orden INT/202/2018, de 28 de febrero, (B.O.E. de 2 de marzo). Texto en la Base de Datos Nacional

Objeto de la convocatoria: .1.La concesión de subvenciones parainiciar y/o consolidar el crecimiento internacional de pequeñas y medianas empresas españolas que cuenten con un proyecto competitivo a través de su participación en el programa ICEX Next y/o facilitar la revisión de la estrategia internacional a empresas afectadas por cambios en las condiciones de sus mercados habituales. .2. El programa ICEX Next tiene como finalidad introducir y consolidar la cultura exportadora en la pyme española para que ésta pase a formar parte de su estrategia empresarial. Para ello, ofrece a la empresa asesoramiento especializado a través de consultores expertos para el desarrollo de su estrategia exterior y mejora de su competitividad internacional y subvenciona determinados gastos que se deriven del diseño e implementación de la estrategia internacional. Bases reguladoras: Orden ICT/1063/2019, de 17 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del «Programa de Iniciación y Consolidación de la Exportación» de ICEX España Exportación e Inversiones,E.P.E., publicada en el Boletín Oficial del Estado con fecha 29 de octubre de 2019 Importe: La subvención máxima por empresa beneficiaria es de 24.000€s correspondiente al 60% de cofinanciación de ICEX de los gastos detallados en el apartado Cuarto de esta convocatoria. Por tanto, la empresa podrá presentar hastaun máximo de 40.000 euros de gasto realizado al que se aplicará el 60% paradeterminar la subvención de ICEX. La cuantía máxima imputable a la totalidad del programa será de hasta 10.800.000€. El importe máximo a otorgar en cada uno de los cuatro procedimientos de selección de esta convocatoria es el siguiente: a) Procedimiento 1: 3.000.000€ b) Procedimiento 2: 2.400.000€ c) Procedimiento 3: 2.400.000€ d) Procedimiento 4: 3.000.000€ Plazo de presentación de solicitudes: Dentro de esta convocatoria se realizarán cuatro procedimientos de selección sucesivos según el siguiente cal

El 31 de diciembre de 2021 se publicó en el BORM el Extracto de la Resolución del Director General del Instituto de las Industrias Culturales y las Artes de la Región de Murcia, por la que se convocan ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar proyectos de modernización y gestión sostenible de las infraestructuras escénicas y musicales de la Región de Murcia con cargo al Plan de Transformación, Recuperación y Resiliencia, 2021. Esta resolución no recoge expresamente todos los requisitos establecidos por la normativa y ha sido modificada por la publicada en el BORMayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar proyectos de modernización y gestión sostenible de las infraestructuras escénicas y musicales de la Región de Murcia el 21 de enero de 2022. El objeto de la convocatoria es reforzar la competitividad de las industrias culturales de la Región de Murcia y mejorar la oferta de producción cultural mediante la financiación de proyectos de inversión para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales. Entre las acciones elegibles para la obtención de ayudas figurarán como mínimo las siguientes: a) Modernización de sistemas digitales de audio y comunicaciones en red. b) Modernización de los sistemas de iluminación digital. c) Modernización de los sistemas de vídeo digital. d) Modernización de los sistemas de gestión digital de maquinaria escénica. e) Modernización de las herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos, incluyendo la gestión y administración de salas, locales, personal artístico, técnico y administrativo. f) Modernización de las instalaciones de la sala o de espacios necesarios para su funcionamiento para mejorar la eficiencia y ahorro energético. Las ayudas a infraestructuras deberán circunscribirse a teatros, auditorios, carpas de circo, salas de música en directo, salas de ensayo, e

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