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Ayudas

     
             


Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 240 ayudas (120 ayudas para grupos de alumnos/as de 6º de Educación Primaria y 120 ayudas para grupos de alumnos/as de 2.º de ESO) para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en lengua inglesa durante el curso 2022/2023, realizado en dos periodos diferenciados en otoño de 2022 y primavera de 2023. Beneficiarios: Grupos de alumnos/as matriculados en centros educativos públicos o concertados de 6º de Educación Primaria o 2º de ESO. La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente Resolución, se abonará directamente a las empresas que resulten adjudicatarias de la licitación pública convocada a tal efecto y serán financiadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional Dicho importe representa una cuantía individual por grupo de centro educativo participante de hasta 8.495 euros. Dichas ayudas cubrirán todos los gastos relacionados con la actividad desarrollada en el centro de inmersión sin incluir los gastos derivados del transporte, tanto de ida entre el centro educativo y las instalaciones donde se realizará la inmersión como de su regreso. No obstante, atendiendo a su propio ámbito de competencia, el Ministerio de Educación y Formación Profesional aportará una ayuda complementaria para los centros de Ceuta, Melilla y centros de titularidad del Estado español en el exterior, a razón de un máximo de 3.500 euros por centro. El plazo de presentación de solicitudes finalizará en un plazo de 25 días naturales contados a partir de la publicación de este extracto en el BOE. Una vez cumplimentada, la solicitud se presentará por registro electrónico por el procedimiento telemático establecido a través de la Sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional El Director/a del centro o Secretario/a en su representación, deberá acceder con el usuario y contraseña de centro en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https:/

Subvencionar en régimen de concurrencia competitiva las actuaciones de las Federaciones Deportivas Españolas dirigidas a garantizar el acceso de las personas con discapacidad a la práctica deportiva en igualdad de condiciones, con preferencia de un entorno inclusivo, de manera complementaria a las que hasta ahora se hayan venido desarrollando en los programas deportivos generales de las Federaciones, con alguna de las siguientes finalidades: 1.- Procesos de integración del deporte para personas con discapacidad en la federación. 2.- Ayudas para la formación. 3.- Organización de competiciones que favorezcan el proceso de inclusión e integración de personas con discapacidad. Se tendrá especial consideración a la organización de competiciones para personas con y sin discapacidad en la misma fecha y lugar. También se podrán solicitar ayudas para el traslado de materiales deportivos de competición específicos de deportistas con discapacidad (sillas de ruedas, handbikes, triciclos, etc.). 4.- Promoción y difusión del deporte para personas con discapacidad.5.- Fomento de la presencia de representantes con discapacidad en los órganos de gobierno de las federaciones españolas y en las federaciones internacionales, con especial consideración de las mujeres con discapacidad. 6.- Contratación de personal específico del deporte de personas con discapacidad. 7.- Captación, detección del talento y desarrollo deportivo de deportistas con discapacidad, con carácter previo a la tecnificación. Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, disponibles en: http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf

La Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste convoca 260 ayudas con el objeto de financiar el importe de la matrícula, así como en su caso, de los gastos de alojamiento y manutención en la XXIII edición de los cursos internacionales de verano-otoño de la Universidad de Extremadura que se celebrarán en el periodo de junio a octubre de 2022. Ayudas modalidad presencial: Curso 1. Curso diálogos ibéricos. José Saramago: un minuto, un siglo. Monasterio de San Jerónimo de Yuste. 27-29 junio (40 ayudas). Curso 2. Los mundos de Carlos V. Humanismo, educación y transmisión del conocimiento en Europa y América. Monasterio de San Jerónimo de Yuste. 6-8 julio (40 ayudas). Curso 3. Jóvenes y Europa: pasado, presente y futuro de la construcción de un continente en paz. Monasterio de San Jerónimo de Yuste. 13-15 julio (40 ayudas). Curso 4. El reto de trabajar juntos: las relaciones UE-Al&C ante los grandes desafíos globales. Monasterio de San Jerónimo de Yuste. 20-22 julio (40 ayudas). Curso 5. Elio Antonio de Nebrija: de Extremadura a América. Guadalupe. 27-29 julio (40 ayudas). Curso 6. Accesibilidad universal, inclusión social y palanca de cambio hacia la igualdad. Monasterio de San Jerónimo de Yuste. 21-23 septiembre (20 ayudas). Ayudas Modalidad virtual: Curso 1. Aula-Cavila: enseñar mediante vídeos. 27 junio–22 julio (20 ayudas). Curso 2. Aula-Cavila: patrimonio e identidad territorial. 14–16 septiembre (20 ayudas). Información de los cursos: https://www.fundacionyuste.org/becas/ Formulario de solicitud: https://form.jotform.com/221073589209358 Convocatoria de ayudas: http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2022/780o/22080487.pdf

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publica el Extracto de la Orden de 5 de abril, por la que se modifican los anexos IIy IV del Real Decreto 425/2021, de 15 de junio; por el que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones destinadas al programa CULTIVA y se convocan las correspondientes a 2022. Estas subvenciones se covocan en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2022, destinadas a la organización del programa CULTIVA relativo a estancias formativas de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería en explotaciones modelo y la selección de los jóvenes asistentes a dichas estancias formativas, previsto en el Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a organizar el Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas en explotaciones modelo (BOE número 157, de 2 de julio). Estas subvenciones serán compatibles con la percepción de cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados locales, regionales, nacionales, supranacionales o internacionales , salvo para las subvenciones cofinanciadas con fondos europeos. En todo caso, el montante total en caso de que concurrieran varias ayudas o subvenciones no podrá superar el coste de la actividad subvencionada. Requisitos de los jóvenes que soliciten ser destinatarios de las estancias formativas: 1. Las estancias formativas irán dirigidas a jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería que se hayan instalado por primera vez como responsables de una explotación agraria o agroalimentaria en territorio nacional el año en curso de la respectiva convocatoria anual o en los 5 años naturales inmediatamente anteriores y que tuvieran una edad menor de 41 años en la fecha de la primera instalación, independientemente d

El Servicio Regional de Empleo y Formación convoca el Programa de Subvenciones de Fomento del Autoempleo -Cuota Cero-, para personas jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, el objeto de esta subvención es la realización de una actividad económica en la Región de Murcia por cuenta propia desarrollada a tiempo completo, que conlleve la obligación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), cuando concurran los requisitos para ser beneficiario establecidos más adelante, y además, en el caso de la subvención del subprograma 2, la acreditación del pago de las cuotas del RETA correspondientes. La cuantía de las subvenciones a conceder se determinará de la forma siguiente: a) Subprograma 1, “Subvención al establecimiento por cuenta propia”. Se trata de incentivar el inicio de la actividad, consistente en la concesión de una cantidad a tanto alzado, por las siguientes cuantías máximas, según disponibilidad presupuestaria: - Con carácter general, hasta 2.000 euros. - Si la persona beneficiaria es mujer, hasta 2.500 euros. - Si la persona beneficiaria tiene una discapacidad, se encuentra en riesgo de exclusión social o es víctima de violencia de género o de terrorismo, hasta 3.500 euros. b) Subprograma 2, “Subvención al mantenimiento de la actividad, mediante financiación del pago de cuotas a la Seguridad Social del Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (Cuota Cero)”: Mediante esta Subvención se prevé subvencionar las cuotas abonadas a la Seguridad Social. El periodo máximo a subvencionar será de dos años contados desde de la fecha del alta en el RETA. El importe de esta subvención se obtendrá de la Cuota abonada por el autónomo a la Seguridad Social por todos los conceptos de carácter obligatorio, de la base mínima de cotización. La subvención se calculará sobre la base mínima de cotización que corresponda de todos aquellos conceptos que tenga el carácter de obligat

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