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Ayudas

     
             


18ª Convocatoria de Ayudas al Estudio para alumnado en etapa escolar en Comunitat Valenciana y Región de Murcia. El Programa de Ayudas al Estudio para próximo el curso 2022/2023 tiene como finalidad la atención de gastos educativos de las familias con hijos en edad escolar. Las solicitudes podrán presentarse hasta el próximo lunes 20 de junio de 2022. Los trámites de petición deben realizarse por medio de la plataforma de la Fundación y se requerirá como documentación la renta del ejercicio 2021 y las calificaciones escolares. Personas destinatarias: 1. Se convocan ayudas al estudio para alumnado que durante el curso académico 2022/2023 realice estudios en los niveles de educación Infantil, Primaria, Secundaria yBachillerato según lo definido por las leyes educativas vigentes. También pueden concurrir estudiantes de Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica y de Grado Medio. Serán consideradas como “personas beneficiarias” en el trámite de solicitud. 2. Se concederán ayudas para alumnado de infantil únicamente en caso de que hubiera fondos disponibles una vez atendidas las solicitudes del resto de niveles educativos. 3. Como límite general no podrán ser personas beneficiarias las mayores de 18 años. 4. De acuerdo con el ámbito de actuación de la Fundación podrá presentarse solicitud de ayuda para centros escolares situados en los territorios de Región de Murcia y Comunitat Valenciana. 5. Quedan excluidos estudios que no se realicen de manera efectiva en centros radicados en el ámbito territorial de la convocatoria (estancias en el extranjero, intercambios, etc.) MÁS INFORMACIÓN: https://iniciativasocial.es/18a-convocatoria-del-programa-de-ayuda-escolar/ BASES: https://iniciativasocial.es/wp-content/uploads/2022/05/BASES-2022-XVIII-PROGRAMA-DE-AYUDAS-AL-ESTUDIO-1.pdf

Se convocan ayudas al estudio para el alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza, escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el curso 2022-23. Beneficiarios: Estudiantes que cursen Educación Primaria (cursos primero y segundo) y Educación Secundaria Obligatoria (tercero y cuarto), en centros docentes sostenidos con fondos públicos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Para obtener estas ayudas será requisito esencial que los ingresos de la unidad familiar en el año 2021 no superen, en función del número de miembros computables, los importes máximos determinados en la convocatoria. Bases reguladoras: Orden de la Consejería de Educación y Cultura de 1 de febrero de 2021, publicada en el BORM n.º 28 de 4 de febrero de 2021. Cuantía: El importe máximo de la convocatoria será de 1.067.700,00 euros. Esta cantidad se podrá incrementar hasta 1.500.000 euros procedentes de fondos propios o como gasto elegible, para contribuir a la financiación de estas ayudas. Los importes máximos de cada ayuda que se conceda al amparo de esta convocatoria serán los siguientes: 110 euros para los alumnos de primero y segundo nivel de Educación Primaria. 150 euros para los alumnos de tercero y cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo ordinario de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Dicho plazo es de aplicación a todos los alumnos que se encuentren matriculados en centros educativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a la fecha de publicación de esta convocatoria. Se podrán admitir solicitudes del 1 al 15 de septiembre, plazo extraordinario, en el caso de alumnos que se incorporen a un centro escolar sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autón

La finalidad de este Programa Mixto de Empleo-Formación es la de facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas, conforme a lo dispuesto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, mediante su participación en proyectos de carácter temporal para la realización de obras o servicios de utilidad pública o social, en los que el aprendizaje y la cualificación se alternan con un trabajo productivo. Solicitudes: Las solicitudes de subvención se cumplimentarán en el modelo de solicitud electrónica establecido en la aplicación informática GEFE (Gestión de Expedientes de Formación para el Empleo) e irán dirigidas a la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación. Una vez cumplimentadas, se presentarán y registrarán telemáticamente desde la propia aplicación informática GEFE que, a su conclusión, expedirá el correspondiente documento acreditativo. El registro telemático de la solicitud requerirá, al menos, la identificación y autenticación del solicitante a través del uso de firma electrónica avanzada de entre las admitidas por la CARM y relacionadas en la página Web https://sede.carm.es en la pestaña “Información General”, admitiéndose, entre otras, los certificados de firmas electrónicas de la FNMT, Clase 2 CA y el DNI electrónico. Con independencia de que la solicitud se tramite de forma telemática a través de la aplicación informática GEFE, las entidades solicitantes deberán presentar, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, los documentos establecidos en el Anexo I de esta convocatoria, así como los Anexos III y IV. Esta documentación será remitida a través del registro electrónico único disponible en la sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), seleccionar el procedimiento 0428 – Programa Mixto de Empleo- Formación, en la opción escrito de aportación de documentos se debe anexar la documentación a la s

El Ministerio de Educación y Cultura establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para digitalización de contenidos editoriales y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2022 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Los proyectos presentados podrán destinarse a los siguientes fines: Digitalización de libros de los que las editoriales posean los derechos de explotación necesarios. Proyectos que impulsen nuevos formatos: como el audiolibro o la narrativa multimedia. Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas y a las medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. Cuantía: 1. El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 50% del coste total del proyecto. 2. Las ayudas reguladas en esta orden podrán ser compatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, teniendo en cuenta el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero que establece que no se financiará el mismo coste con distintas ayudas de la Unión y siempre que el importe conjunto de las mismas sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no supere el coste de la actividad financiada o no implique una disminución del importe de la financiación propia exigida al beneficiario, en su caso, para cubrir la actividad financiada. Bases reguladoras: Orden CUD/1532/2021, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases regu

El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E. aprueba la convocatoria para el año 2022 de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Subprograma Estatal Crecimiento Innovador del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación. Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.Esta convocatoria se enmarca en la inversión 5 denominada "Transferencia de Conocimiento" del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y contribuirá al objetivo 266 de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) asociado, cuya consecución está prevista para el segundo trimestre de 2024, de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional. Características de la ayuda: Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. Con carácter general, se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario. En las actuaciones que incluyan la cont

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