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Ayudas

     
             


Objeto 1. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, Universidades y otras instituciones de enseñanza o investigación, para la realización en la Región de Murcia, de proyectos de educación y actividades de sensibilización para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial. 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se entiende por: a) Educación para el desarrollo, el proceso encaminado a lograr en las personas, mediante el análisis crítico, la incorporación de valores propios de este ámbito de actuación y un cambio de actitudes y comportamiento, que les lleve a la participación y al compromiso activo con la cooperación para el desarrollo y la transformación social necesaria para lograr un mundo más justo y solidario. b) Sensibilización para el desarrollo, el conjunto de actividades cuyo objetivo es informar, favorecer un mejor conocimiento y comprensión y concienciar a la población sobre la realidad de los países empobrecidos, los problemas que les afectan, la pobreza y sus causas, la justicia social basada en los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y todos los temas objeto de la cooperación para el desarrollo. Bases reguladoras. Procedimiento El procedimiento de concesión de estas subvenciones se rige por la Orden de 8 de julio 2021, de la entonces Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública de aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, Universidades y otras instituciones de enseñanza o investigación para la realización de proyectos de educación y actividades de sensibilización para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial (BORM n.º 161, 15 de julio de 2021). El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/769290)

El Ayuntamiento de Murcia abre el plazo para solicitar subvenciones para creación y fomento del empleo y autoempleo en el Municipio de Murcia. Las ayudas por la creación de cada puesto de trabajo serán las siguientes: - Contratos de trabajo indefinidos a jornada parcial, 3.500 euros. - Contratos de trabajo indefinidos a jornada completa, 8.000 euros. - Contratos de trabajo temporales a jornada completa de trabajadores en situación de exclusión social, realizados por empresas de inserción, 3.500 euros. - Alta en RETA, 3.500 euros. Los límites que se establecen para la concesión de las presentes ayudas, son los siguientes: a) Para la modalidad de empleo: 1.º Las ayudas quedan limitadas a un máximo de una contratación por empresa. 2.º No se concederá más de una subvención por la contratación de la misma persona aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas. b) Para la modalidad de autoempleo las ayudas quedan limitadas a una por persona física. Será subvencionable la formalización de contratos y altas en RETA que, cumpliendo con los requisitos de la convocatoria, tengan una duración mínima de 12 meses y hayan sido realizados en el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2023 al 30 de junio de 2024, ambos incluidos. Las solicitudes se formalizarán según modelo normalizado disponible en el Área de Empleo de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia (https://sede.murcia.es) y deberán ir acompañadas de la documentación requerida para acreditar los requisitos establecidos en la convocatoria.

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