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Ayudas

     
             


Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión, en régimen de concurrencia previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de apoyos financieros mediante préstamos a las pymes de la Región de Murcia para financiar proyectos de crecimiento con inversiones en activos tangibles e intangibles, en concreto: 1. Proyectos tendentes a mejorar y optimizar las capacidades productivas mediante la modernización y renovación de activos fijos en la empresa, adquisición de nuevos activos, maquinaria avanzada, digitalización, automatización y mejora de procesos. 2. Proyectos de inversión relacionadas con la creación de un nuevo establecimiento empresarial, ampliación de la capacidad productiva de uno existente. 3. Inversiones relacionadas con el desarrollo de nuevos productos o mejora de existentes y servicios. Podrán ser beneficiarios o destinatarios finales de los préstamos previstos en esta convocatoria las personas jurídicas, que puedan ser consideradas como pequeñas, medianas o microempresas conforme a la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio), de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Condiciones generales de los préstamos: a) El importe de los préstamos estará comprendido entre un mínimo de 25.000 euros y hasta un máximo de 250.000 euros, no superando el 75% de la inversión financiable. b) Tipo de interés ordinario fijo del 1% anual. c) No se establecen limitaciones especiales de tamaño o sectoriales a los beneficiarios previstos en el artículo 2 de las Bases Reguladoras. Solicitudes en : http://www.institutofomentomurcia.es/infodirecto Fin de plazo: hasta el 14 de julio o hasta agotar presupuesto. Convocatoria completa: https://acortar.link/ausUAR Extracto de la convocatoria en el BORM: https://acortar.link/vXXz3n

Las ayudas para la acción y la promoción cultural tienen por objeto la modernización y profesionalización del sector cultural y creativo a través de actividades y proyectos específicos que contribuyan a la consecución de las siguientes finalidades: a) Fomentar el uso de las nuevas tecnologías en la creación y difusión de contenidos, productos y servicios culturales. b) Incrementar la profesionalización de las industrias culturales y creativas y su capacidad para generar empleo potenciando la formación, así como mejorar la igualdad de género en las Industrias Creativas y Culturales. c) Fomentar la internacionalización de la cultura española y su inclusión en redes europeas de oferta cultural, potenciando a España como destino turístico cultural. d) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales, fomentar el mecenazgo cultural, la integración, la vertebración, las asociaciones sectoriales y las redes dentro del sector cultural. e) Favorecer los vínculos y la cooperación y comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas; o contribuir al equilibrio territorial de la oferta cultural en España, especialmente a través de proyectos en el medio rural. f) Favorecer la diversidad cultural, así como impulsar la proyección social de la cultura y la sostenibilidad medioambiental, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas: 1. Las personas jurídicas de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2. Quedan excluidas las personas físicas, las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, las entidades con ánimo de lucro, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.) y las

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