Inicio > Convocatorias > Ayudas

Ayudas

     
             


Se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de libros en lengua castellana, en las otras lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas, en lenguas de signos españolas, en sistema Braille "Grado 1" o audiolibros, que, con independencia de la nacionalidad del autor/a, contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español. Serán beneficiarios las empresas (personas jurídicas y autónomos) que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la edición de libros. Las entidades, legalmente constituidas en el momento de solicitar la ayuda, deberán tener residencia fiscal en España a fin de garantizar que la obra subvencionada tiene una distribución efectiva entre los lectores de la lengua de edición y que, de esta manera, se cumplen con los objetivos de la convocatoria. Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones públicos o privados para la misma actividad siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el 100% del coste de la edición o producción de la obra. Sin perjuicio de lo anterior, con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más de un 50% del coste total de la publicación del proyecto, entendiéndose por tal la suma de los costes que suponga para la entidad la edición o producción, distribución y comercialización del libro. El 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas. Bases reguladoras: fueron establecidas a través de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, publicadas en el BOE número 275, con fecha de 13 de noviembre de 2010. Convocatoria completa: https://acortar.link/FD1s6b Extracto de la convocatoria en el BOE: https://acortar.link/sNHGTU

El Banco Santander y el Santander Financial Institute (SANFI) convocan, un año más, la edición de las ayudas para jóvenes investigadores. En esta ocasión, tendrá lugar la XV y habrá una dotación económica de hasta 12.000 euros para cada uno de los dos proyectos seleccionados. El objetivo de esta iniciativa es “colaborar en la realización de proyectos de investigación que posibiliten el avance en el conocimiento, metodologías y técnicas aplicables en el ejercicio de la actividad financiera, en particular la que llevan a cabo las entidades bancarias, para mejorar el crecimiento económico, el desarrollo de los países y el bienestar de los ciudadanos”. Los proyectos de investigación presentados pueden llevarse a cabo de manera individual o en equipo. Eso sí, el periodo de desarrollo del mismo no puede superar el año de duración. Además, los requisitos para optar a una de las dos ayudas posibles son los siguientes: personas menores de 35 años el 29 de diciembre de 2023 (fecha límite para presentar la solicitud); y que desempeñen actividades docentes y/o investigadoras en universidades o instituciones de educación superior o de investigación. Requisitos - Personas que no hayan cumplido los 35 años en la fecha límite de la presentación de la solicitud - Periodo de desarrollo del proyecto de investigación: un año máximo Dotación Una dotación económica de hasta 12.000 euros para cada uno de los dos proyectos seleccionados. Más Información: https://acortar.link/ctc9xf Inscripciones: https://acortar.link/O7AZwK Correo electrónico: secretaria@fundacion-uceif.org FUENTE: INJUVE

Las subvenciones que se concedan tendrán como finalidad la concesión de ayudas del proyecto 'Financiación de formación (microcréditos)' para la formación de personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, mediante la realización de acciones de formación que, de acuerdo con su perfil, se destinen a impulsar o mejorar su carrera profesional o su empleabilidad, o permitan adquirir nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva. Podrán ser beneficiarios: - Las personas trabajadoras ocupadas, tanto por cuenta ajena como personas trabajadoras pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las personas socias trabajadoras de entidades de la Economía Social, y personas desempleadas, que realicen formación en los términos establecidos en la convocatoria desde 1 de enero de 2023 hasta el momento de presentación de la solicitud. - Las entidades impartidoras de la formación, constituidas con anterioridad a 1 de enero de 2023, que justifiquen la disponibilidad de instalaciones y recursos que destinarán a la impartición de la formación y el cumplimiento de los requisitos, condiciones y especificaciones de los programas formativos correspondientes. La financiación de esta convocatoria asciende a 22.996.000 euros. De ellos, 2.000.000 euros para el ejercicio 2023 y 20.996.000 euros para 2024. Esta convocatoria es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU). Extracto de la convocatoria en el BOE: https://acortar.link/Nfx66B

El proceso para la concesión de subvenciones para la promoción de actividades de prevención de los riesgos laborales se establece en relación a la promoción de la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las pequeñas empresas, a través de los siguientes ejes de acción: - Eje 1: Difusión e información. Persigue la difusión entre trabajadores y empresarios de los principios de acción preventiva de los riesgos laborales o de las normas concretas de aplicación de tales principios - Eje 2: Asistencia técnica. Está dirigidas al estudio y resolución de problemas, derivados de la aplicación práctica y material de las actuaciones preventivas. - Eje 3: Formación. Consistirá en el diseño de los métodos y de los contenidos de programas que pudieran ser impartidos en sectores y subsectores de la actividad productiva, en especial en aquellos cuya estructura esté constituida fundamentalmente por pequeñas empresas. - Eje 4: Promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Destinadas a fomentar el conocimiento y la aplicación por empresarios y trabajadores de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales en materia de prevención de riesgos laborales en especial a través de mecanismos e instrumentos desarrollados en los ámbitos sectoriales y territoriales de la actividad productiva. Son beneficiarios de estas ayudas las entidades intersectoriales y sectoriales recogidas en el artículo 12 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales con domicilio fiscal en la Región de Murcia, que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro de la Región de Murcia correspondiente. Las entidades intersectoriales podrán presentar una única solicitud comprensiva de la actividad intersectorial propuesta, por una cuantía máxima de 235.000,00 euros. Las entidades sectoriales podrán presentar una única solicitud comprensiva de la actividad sectorial propuesta, por una cuantía máxima

Compartir en Facebook

Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.

© Ayuntamiento de Murcia, 2019. Glorieta de España, s/n - 30004 Murcia - España. Tel.: 968 35 86 00