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Ayudas

     
             


Convocatoria para el año 2023 de las ayudas previstas en la Orden de 4 de diciembre de 2023 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a guías de turismo y empresas con actividad turística de guías de turismo, para la reactivación y dinamización de su actividad, en su labor de difusión y promoción de los destinos turísticos locales. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente convocatoria los guías de turismo que ejerzan su actividad por cuenta propia y las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías de turismo por cuenta ajena, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Murcia, debiendo cumplir los siguientes requisitos: a) Los guías de turismo por cuenta propia, deben estar habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2 y 8 del Decreto 178/1995 de 20 de diciembre. b) Las empresas con actividad turística que contraten habitualmente a guías turísticos, deben estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. Asimismo, los guías que señalen para realizar las visitas deberán estar igualmente habilitados y figurar en la Sección de Guías de Turismo de la Región de Murcia dependiente del Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia. La cuantía de la subvención asciende a la cuantía de ciento catorce euros (114,00 euros), IVA excluido, por cada visita realizada. El IVA no será subvencionado por ser susceptible de recuperación por parte del beneficiario de la ayuda. Para poder ser objeto de ayuda, las visitas deben cumplir los siguientes requisitos: desarrollarse en el territorio de la Región de Murcia hasta el 11 de diciembre de 2024, realizarse a gru

Las ayudas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas tienen por objeto impulsar el crecimiento del sector cultural español en el exterior, mediante el apoyo al acceso y la participación de sus empresas y profesionales en los mercados internacionales, fomentando proyectos que contribuyan a alguna de las siguientes finalidades: a) Impulsar la expansión internacional y aumentar la visibilidad de las industrias culturales y creativas españolas en los principales mercados internacionales del sector, así como la promoción de los derechos de propiedad intelectual a nivel global; b) Atraer la inversión extranjera hacia las empresas españolas para estimular el desarrollo y comercialización de nuestros bienes y servicios culturales; c) Fomentar la movilidad internacionalidad de los agentes culturales, y contribuir al desarrollo de intercambios de experiencias y la cooperación cultural internacional; d) Favorecer el desarrollo de capacidades para la internacionalización de proyectos creativos y culturales; e) Potenciar la imagen de España como referente cultural en el ámbito internacional y contribuir al cumplimiento global de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Será objeto de ayuda la organización de plataformas, foros, eventos, jornadas, ferias, festivales, congresos o encuentros de carácter profesional e impacto internacional relativas a las industrias culturales y creativas, tanto en territorio español como en el extranjero. Todas las actividades propuestas deberán contar con impacto internacional y un alto interés cultural y profesional. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de soli

El objeto de este procedimiento de concesión, que se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, es financiar los gastos derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes y de egresados en el ámbito universitario. Los beneficiarios de las presentes subvenciones serán asociaciones juveniles y federaciones y confederaciones de estudiantes y de egresados de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el sistema universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una comunidad autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución, en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en la Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria. La solicitud deberá presentarse acompañada de la relación y la memoria de explicativa de las actividades objeto de la subvención, desarrolladas o a desarrollar durante el curso 2023-24. Los gastos derivados de dichas actividades deberán realizarse entre el 1 de septiembre de 2023 y el 30 de junio de 2024. Además, los estatutos debidamente legalizados de la entidad y el documento acreditativo de su inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, entre otra documentación. Convocatoria completa: https://acortar.link/HHgTWB Anuncio de la convocatoria en el BOE: https://acortar.link/GQfaES

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