Descripción:
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, ayudas con el fin de impulsar el sector audiovisual en la Región de Murcia y el empleo en el mismo mediante la promoción y comercialización de obras audiovisuales calificadas, de productoras con residencia fiscal en la Región o de aquellas obras en las que participen de manera mayoritaria mediante la coproducción, en los términos establecidos en la convocatoria.
Las actividades susceptibles de percibir la presente ayuda corresponderán a actuaciones destinadas a la promoción de una única obra audiovisual en los términos, requisitos y con los condicionantes exigidos en la presente convocatoria de ayudas.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas privadas que tengan residencia fiscal en la Región de Murcia, que hayan producido una obra audiovisual de las recogidas en el punto segundo y que cumpliendo los requisitos y condicionantes establecidos en la presente Resolución, pretendan realizar actuaciones de promoción y comercialización con el fin de difundir, promocionar o comercializar la misma.
Serán susceptibles de quedar comprendidos en la finalidad de estas ayudas las siguientes obras audiovisuales:
- Películas cinematográficas (cortometrajes o largometrajes): obra audiovisual ya sea en formato ficción o documental destinada, en primer término, a su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica o en plataformas de Video Bajo Demanda (VOD).
- Serie televisiva: obra audiovisual ya sea en formato ficción o documental formada por un conjunto de episodios con título genérico común, destinada a su comunicación pública o de pago por prestadoras de servicios de comunicación audiovisual de forma sucesiva y continuada, pudiendo cada episodio corresponder a una unidad narrativa o tener continuación en el episodio siguiente, siempre que posea de una duración igual o superior a sesenta minutos.
- Obra audiovisual de animación (cortometrajes o largometrajes): aquella con desarrollo argumental en la que, mediante cualquier técnica, ya sea tradicional o digital, se da movimiento al estatismo de una imagen fija e individual, elaborada mediante dibujos, materiales diversos, objetos u otros elementos que, al proyectarse imagen a imagen consecutivamente y a gran velocidad, construyen el movimiento que es inexistente en la realidad. Cuando una obra contenga imagen real mezclada con imágenes de animación, se considerará de animación cuando un número significativo de personajes principales de la misma sean animados y siempre que el tiempo en el que se utiliza esta técnica sea mayoritaria en la duración total de la obra.
Bases legales: la concesión de las ayudas económicas se regirá por lo previsto en la presente Resolución, por la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El primer plazo de presentación de solicitudes se inicia el lunes 16 de diciembre de 2024 y finaliza el 15 de enero de 2025.
El segundo plazo de solicitudes corresponderá al periodo entre el 1 de junio de 2025 al 1 de julio de 2025.
Convocatoria completa
Extracto de la convocatoria en el BORM
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