Oposición ingreso en la Escala Básica, Escuela Nacional de Policía, categoría de Policía, de la Policía Nacional
Descripción:
Se convocan 2.607 plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional. Del total de 2.607 plazas autorizadas para ingreso por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional, se reservan 521 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, en su redacción dada por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. Las 2.086 plazas restantes serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería que no sean cubiertas se acumularán a las 2.086.
El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas de la fase de oposición, un número de opositores/as superior al de plazas convocadas.
Para la calificación final de la fase de oposición se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 23 de la Orden INT 632/2024, de 20 de junio:
1. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la prueba de conocimientos y en la prueba de aptitud física.
2. El personal aspirante se ordenará de mayor a menor en función de la calificación final obtenida. En caso de que exista un empate, el orden de los aspirantes se establecerá teniendo en cuenta el siguiente orden de prelación: a) Prueba de conocimientos. b) Prueba de aptitud física. c) Primer ejercicio de la prueba de aptitud física y, en caso, de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo y tercero de esta misma prueba hasta deshacer el empate. d) Prueba test psicotécnicos.
3. En el supuesto de que el número de personas opositoras que superen todas las pruebas de la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, serán seleccionadas y declaradas aptas las personas opositoras conforme al orden establecido en el apartado anterior en número igual al de plazas convocadas, quedando el resto excluidas del proceso selectivo perdiendo toda expectativa que pudiera derivarse en la superación de la fase de oposición.
Destinatarios:
Tener nacionalidad española Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B sin restricción alguna sobre el vehículo a conducir. Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente. En relación con tales equivalencias, habrá de estarse a lo dispuesto en la normativa vigente y de acuerdo con lo previsto por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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