Ayudas a la producción de cortometrajes para 2024 en la Región de Murcia
Descripción:
Se convocan ayudas a la producción de obras de cortometraje de ficción, animación o documentales, cuyo objetivo último sea su difusión pública. Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en un formato cinematográfico (máster DCP 2K en disco duro), con una duración máxima de treinta minutos.
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria el desarrollo de las siguientes obras: -Las producidas directamente por operadores de televisión u otros prestadores de servicios de comunicación audiovisual. -Las que tengan un contenido esencialmente publicitario, las de propaganda política y los noticiarios cinematográficos. -Las que por contenido puedan ser calificadas de «película X». -Las que vulneren o no respeten la normativa sobre cesión de derechos de la propiedad intelectual. -Las que por sentencia firme fuesen declaradas en algún extremo constitutivas de delito.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas, privadas e independientes, que ejerzan una actividad mercantil, entendiéndose por independiente aquella persona física o jurídica que no sea objeto de influencia dominante por parte de un prestador de servicios de comunicación/difusión audiovisual, ni de un titular de canal televisivo privado, ni, por su parte, ejerza una influencia dominante, ya sea, en cualesquiera de los supuestos, por razones de propiedad, participación financiera o por tener la facultad de condicionar, de algún modo, la toma de decisiones de los órganos de administración o gestión respectivos.
La concesión de las presentes ayudas pretende subvencionar un máximo de 6 proyectos con un mínimo de 20.000 euros de presupuesto, mediante una cuantía fija que se articulará del siguiente modo: a) La ayuda no podrá superar el 50% del presupuesto de producción. b) El importe fijo de la ayuda que se otorgará por proyecto beneficiario es de 10.000 euros. c) Importe de la financiación propia exigida al beneficiario se cifra en un mínimo de un 20%, para cubrir la actividad financiada. d) Compatibilidad con otras ayudas siempre que junto con el importe de la presente ayuda no superen el 80% de la totalidad del proyecto ni suponga minoración en el 20% de financiación mínima exigible del beneficiario.
Todos los contenidos tienen carácter divulgativo y en ningún caso sustituyen a las notmativas y legislaciones correspondientes a cada tema incluido en este sitio web. El centro Informajoven no se responsabiliza de los contenidos de las páginas Web de otras organizaciones, hacia las que se establecen enlaces desde nuestros documentos, igualmente, no asume la responsabilidad del estado de visualización, ni de los cambios y modificaciones que puedan sufrir dichas páginas y que no hayan sido comunicados a nuestro Centro por sus autores para su corrección oportuna.