Los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española. No se admitirán solicitudes de beneficiarios de doble nacionalidad con Estados Unidos.
b) Estar en posesión de título de Doctor, Licenciado, Máster, Grado, Ingeniero o Arquitecto expedido por una universidad española. En el caso de los títulos otorgados por centros universitarios extranjeros o españoles privados, deberán estar homologados, por el departamento competente en materia de homologaciones, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Poseer un conocimiento del idioma inglés -hablado y escrito- adecuado para cumplir los objetivos del proyecto, acreditado de la forma prevista en la presente orden, en el momento de formalizar la solicitud.
d) Estar prestando servicios efectivos en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo o en sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, como funcionario de carrera del subgrupo A1 o del subgrupo A2, con un mínimo de un año de antigüedad en la Administración General del Estado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Además, se deberá acreditar un claro interés, por razón de la actividad desempeñada, y justificar la aplicabilidad y utilidad de la formación para las actividades ordinarias del Ministerio.
Objeto, número, duración:
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva y en colaboración con la Comisión Fullbright, dos becas de formación o de investigación para el curso 2024/2025 en los ámbitos de competencia del Ministerio con una duración mínima de un curso académico y máxima de veinticuatro meses, no prorrogable, que, en ningún caso, podrá superar la fecha límite de final de diciembre de 2026. Plazo de presentación de la solicitud.as solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta orden de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Plazo de presentación de la solicitud: Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta orden de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
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