Descripción:
- Objeto: Este real decreto tiene por objeto determinar los siguientes parámetros cuantitativos por los que se regirán las convocatorias de becas y ayudas al estudio correspondientes al curso académico 2024-2025, financiadas con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes: a) La cuantía de las diferentes modalidades de las becas y ayudas al estudio reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. b) Los umbrales de renta y patrimonio familiar que operan como límite para la obtención de las becas y ayudas al estudio al curso académico 2024-2025, financiadas con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes: a) La cuantía de las diferentes modalidades de las becas y ayudas al estudio reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. b) Los umbrales de renta y patrimonio familiar que operan como límite para la obtención de las becas y ayudas al estudio.
- Ámbito de aplicación:
Para el curso académico 2024-2025 y, con cargo a los créditos correspondientes de los Presupuestos Generales del Estado, se realizarán las siguientes convocatorias de becas y ayudas al estudio, sin número determinado de personas beneficiarias: 1. Convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general, dirigidas a las siguientes enseñanzas del sistema educativo español: a) Bachillerato. b) Ciclos de Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior, incluidos los estudios de Formación Profesional realizados en los centros docentes militares. c) Enseñanzas Artísticas Profesionales. d) Enseñanzas Deportivas. e) Enseñanzas Artísticas superiores. f) Estudios Religiosos superiores. g) Enseñanzas de idiomas realizadas en escuelas oficiales de titularidad de las Administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia. h) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio y de Grado Superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional. i) Ciclos formativos de Grado Básico. j) Enseñanzas universitarias conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster, incluidos los estudios de Grado y Máster cursados en los centros universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil, así como los cursados en el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. k) Curso de preparación para el acceso a la universidad de mayores de veinticinco años impartido por universidades públicas. l) Créditos complementarios o complementos de formación necesarios para el acceso u obtención del Máster y del Grado.
Más información: BOE 28 febrero 2024 https://www.boe.es/boe/dias/2024/02/28/pdfs/BOE-A-2024-3787.pdf
Fuente: BOE
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