Convocadas 78 plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos
Descripción:
Convocado proceso selectivo para cubrir un total de 78 plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305, por el sistema general de ingreso libre y 17 plazas del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, Código 0305, por el sistema general de promoción interna. Del total de plazas convocadas por el sistema general de ingreso libre, se reservarán 4 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%. Quienes opten a las plazas reservadas para personas con discapacidad deberán acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, mediante el correspondiente certificado y habrán de expresarlo en el modelo de solicitud de participación en el proceso selectivo.
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna. En ambos casos, las valoraciones, ejercicios y puntuaciones serán las especificadas en el Anexo I de la convocatoria. Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo.
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado: https://www.boe.es/boe/dias/2017/07/22/pdfs/BOE-A-2017-8652.pdf
Destinatarios:
Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
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