Descripción:
El Consejo de Ministros ha adoptado un paquete de medidas dirigidas a las familias más afectadas por la subida del Euribor -el tipo de interés de referencia de las hipotecas a tipo variable- que ha provocado la guerra en Ucrania. Más de un millón de hogares podrá beneficiarse de esta protección, aproximadamente un tercio de los que tienen hipotecas a tipo variable.
Las iniciativas adoptadas actúan en tres vías: mejoran el tratamiento de las familias vulnerables; crean un nuevo marco de actuación para los hogares de clase media en riesgo de vulnerabilidad, y establecen medidas generales aplicables a todas las hipotecas.
Deudores más vulnerables En primer lugar, se refuerza el actual Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios vulnerables, aquellas familias con rentas inferiores a los 25.200 euros al año y un incremento del esfuerzo del 50%, con viviendas de hasta 300.000 euros. En concreto, se reduce el tipo de interés aplicable durante los 5 años de carencia en el pago del principal de la hipoteca, pasando del Euribor más 0,25% al Euribor menos 0,10%. Además, se introduce la posibilidad de que las familias soliciten la reestructuración de la deuda en más de una ocasión; se duplica hasta los 24 meses el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda habitual, y se amplía de 6 a 12 meses el plazo para solicitar el alquiler social en la propia vivienda a la entidad financiera, por un importe máximo del 3% de su valor, por parte de las personas en situación de vulnerabilidad que estén sometidas a una situación de desahucio de su vivienda habitual. Como ejemplo del impacto de estas medidas, una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual -tras la revisión de los tipos de interés- de 524 euros verá reducida su cuota durante el periodo de carencia de 5 años en más de un 50%, hasta los 246 euros. Se amplía, además, el ámbito del Código para que se aplique a más de 300.000 familias. Así, los hogares vulnerables que no hayan experimentado un aumento del 50% de la carga hipotecaria podrán acogerse también al Código, en este caso con una carencia en el pago del principal de 2 años, un tipo de interés menor durante ese periodo y la posibilidad de alargar el plazo de la hipoteca hasta 7 años.
Familias con rentas inferiores a 29.400 euros La protección se extiende a las familias de clase media que se encuentren en riesgo de vulnerabilidad como consecuencia del aumento rápido de la carga hipotecaria: el nuevo Código de Buenas Prácticas será aplicable a los hogares con renta inferior a 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) -unos 29.400 euros anuales- que tengan que hacer frente a una cuota hipotecaria superior al 30% de su renta y que hayan experimentado un incremento de esta carga hipotecaria de al menos el 20%. Para estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelar la cuota durante 12 meses, una reducción del tipo de interés aplicable al principal que se aplace y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.
Medidas adicionales Entre las iniciativas aprobadas, se incluyen otras dirigidas a reducir aún más todos los costes de conversión de las hipotecas de tipo variable a tipo fijo y a eliminar las comisiones por amortización anticipada y por conversión durante 2023. Además, el Banco de España elaborará una guía para deudores hipotecarios en dificultades, y se reforzará el seguimiento de la aplicación de ambos códigos.
Protección del cliente financiero Reforzar la protección de los ciudadanos en el ámbito financiero es también el objetivo del proyecto de Ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero. Esta nueva autoridad administrativa, que estará financiada por las entidades financieras, se encargará de resolver los conflictos que se produzcan entre las entidades financieras y los clientes cuando estos no queden satisfechos por la respuesta que se dé en las ventanillas de quejas y reclamaciones de las propias entidades.
El procedimiento de presentación de reclamaciones será gratuito y con atención personalizada y que se establece un plazo máximo general de 90 días para la resolución de la reclamación, salvo circunstancias excepcionales. El texto amplía el ámbito de protección a los clientes en el ámbito de los 'criptoactivos' o los servicios 'fintech'.
BOE de 23 de noviembre de 2022 https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-19403
Fuente: Web oficial del presidente del Gobierno y el Consejo de Ministros (https://www.lamoncloa.gob.es)
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