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Ayudas

     
             


Se convocan para el curso 2024-2025 las siguientes ayudas individualizadas: a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales. También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas. b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior. c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales. d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje. También podrá ser beneficiario de este subsidio el alumnado con TEA no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas y el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales. Podrán ser beneficiarios:pueden solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de

El objeto de estas ayudas es favorecer el trabajo de jóvenes creadoras/es, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, facilitar su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2025 en el ámbito de las artes escénicas, visuales, cómic e ilustración, diseño, así como literatura y música, con proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación: a) Investigación. b) Producción de obra. c) Movilidad de obra producida y/o creadoras/es. d) Comisariado de la Sala Amadís del Instituto de la Juventud. e) Emprendimiento para la creación emergente. Podrán ser beneficiarios las personas físicas y jurídicas, mayores de edad, de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España, que no superen los 30 años de edad, en los supuestos de Investigación, Producción de obra, Movilidad y Comisariado para la Sala Amadís, o los 35 años en el supuesto de Emprendimiento para la Creación Emergente, en la fecha límite de presentación de solicitudes, y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de las ayudas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En los casos de proyectos en los que participe más de una persona es obligatorio que el requisito de edad lo cumplan tanto las personas beneficiarias como todas las colaboradoras en el mismo (únicamente podrá exceptuarse este requisito cuando por exigencia del texto teatral se requiera). Las personas beneficiarias de Ayudas Injuve para la Creación Joven en anteriores convocatorias no podrán solicitar ayuda para proyectos que se encuadren dentro de la misma línea de actuación por la que han sido beneficiarias. Las subvenciones se concederán en régimen de pagos anticipados. La solicitud deberá ajustarse al modelo de instancia y acompañada de la siguiente documentación técni

Se convocan las subvenciones para las estancias formativas ubicadas en territorio nacional, destinadas a mejorar la competencia matemática, tecnológica y científica del alumnado matriculado en 3.º de Educación Secundaria Obligatoria en el curso académico 2023-2024, en centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el alumnado matriculado en 3º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso 2023-2024 en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Se ofertan 391 plazas, sin perjuicio de que como resultado del proceso de contratación se servicios de la estancia formativa se permita la ampliación de su número. El objetivo de estas ayudas es contribuir a que el alumno mejore la competencia matemática, tecnológica y científica con el objetivo de favorecer la enseñanza de las Ciencias, destacando que, la formación científica debe entenderse como una formación continua durante toda la vida, debiendo de ser la educación científica interdisciplinar (STEM debe ser extensible a todas las materias y disciplinas), puesto que es necesario impulsar la educación científica como medio de adquisición de las competencias clave, con el objetivo de facilitar la transición de la “educación para la empleabilidad”. Asimismo, es necesario promover la investigación y la innovación y la comprensión pública de la ciencia, debiendo de estar conectadas la innovación y la educación científica tanto a nivel local, como regional, nacional, europeo e internacional. Los alumnos que deseen participar en la estancia formativa deberán cumplimentar la Solicitud de participación, que comprende el Anexo I, VIII y IX, indicados en los apartados siguientes: - Anexo I: Solicitud estancia formativa en campamentos STEM en la Región de Murcia para alumnos de 3º de Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2023/2024. - Anexo VIII: Encuesta Fondo Social Europeo Plus (FSE +) 2021-2027. For

Se convocan las subvenciones para las estancias formativas ubicadas en territorio nacional, destinadas a mejorar la competencia en inglés del alumnado matriculado en 2º de Educación Secundaria Obligatoria, en el curso académico 2023-2024, en centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el alumnado matriculado en 2º de Educación Secundaria Obligatoria durante el curso 2023-2024 en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Se ofertan 418 plazas, sin perjuicio de que como resultado del proceso de contratación de servicios de la estancia formativa, se permita la ampliación de su número. El objetivo de estas ayudas es contribuir a que el alumno mejore la práctica oral del inglés en entornos comunicativos más amplios que los que permite el entorno escolar y contextualizar la enseñanza de la lengua inglesa en temáticas de interés cultural, social, histórico, artístico y medioambiental. Con ello, se contribuye, además de promover objetivos estrictamente lingüísticos, al fomento de valores de carácter humanístico, así como al contacto y conocimiento de diferentes espacios naturales. Los alumnos que deseen participar en la estancia formativa deberán cumplimentar la Solicitud de participación, que comprende el Anexo I, VIII y IX, indicados en los apartados siguientes: -Anexo I: Solicitud estancia formativa en campamentos inmersión lingüística de la Región de Murcia para alumnos de 2.º de Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2023/2024. -Anexo VIII: Encuesta Fondo Social Europeo Plus (FSE +) 2021-2027. Formulario para la recogida, tratamiento y verificación de datos de los participantes. -Anexo IX: Asunción por parte del solicitante del compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, adoptado por Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de diciembre de 2021, apro

Se convocan para el año 2024, subvenciones dirigidas a entidades juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud y consejos locales de juventud, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos enmarcados en algunas de las Metas de la Juventud Europea, recogidas en la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027. La finalidad de estas subvenciones es apoyar el asociacionismo y estimular la participación de la juventud para que les ayude a ser artífices de su propia vida y contribuir a lograr un cambio positivo en la sociedad. Podrán ser beneficiarios de las ayudas: -Las siguientes entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud: Las asociaciones juveniles sin ánimo de lucro constituidas conforme a lo previsto en la legislación vigente aplicable, en particular en el Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones juveniles, y que no estén sometidas a ningún régimen específico. Las secciones juveniles de entidades de adultos debidamente constituidas, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio, para los asuntos específicamente juveniles. Las federaciones de asociaciones juveniles constituidas conforme a la legislación vigente aplicable. Entidades prestadoras de servicios a la juventud constituidas conforme a la legislación vigente, que carezcan de interés lucrativo y que estatutariamente prevean la atención al colectivo juvenil entre sus fines o la programación de actividades para la juventud. -Los Consejos Locales de Juventud: Los consejos de la juventud de ámbito local debidamente constituidos. Para ser beneficiarios de las subvenciones a que se refiere la presente Orden, los solicitantes deberán estar inscritos del Censo de Entidades Juveniles y de Entidades Prestadoras de servicios a la Juventud de la Región de Murcia y tener los datos actualizados antes de que finalice el plazo de pre

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